Disposiciones generales. . (2021/81-2)
Orden de 22 de abril de 2021, por la que se da publicidad al incremento de crédito disponible en la convocatoria de 2020, para las ayudas previstas en la Orden de 4 de febrero de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota con puerto base en Andalucía, previstas en el Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020, que faena en el Caladero Nacional del Mediterráneo en la modalidad de arrastre de fondo y en la modalidad de cerco.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Viernes, 30 de abril de 2021
página 15

de 138.700,00 €. No obstante lo anterior, se constata que muchas de las solicitudes que
han resultado desfavorable pueden convertirse en favorables en la resolución definitiva
que se dicte, una vez que los solicitantes presenten sus correspondientes alegaciones y
documentación pertinente.
En el punto 2 de la citada orden de convocatoria se recoge que, además del crédito
máximo disponible para esta convocatoria, excepcionalmente se podrá contar con una
cuantía adicional, cuya aplicación a la concesión no requerirá una nueva convocatoria,
que podrá incorporarse a la cuantía máxima indicada, con anterioridad a que se dicte la
resolución de concesión, como consecuencia de un aumento de crédito disponible, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.d) del Reglamento de Procedimientos de
Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por
Decreto 282/2010, de 4 de mayo.
Una vez publicada la Orden de convocatoria se ha comprobado que existe saldo
suficiente para poder aumentar el crédito disponible para las siguientes partidas
presupuestarias, en la cuantía que se señalan:
PARTIDA PRESUPUESTARIA

INCREMENTO

1300120000/G/71P/77300/00/G2311145G6/2016000828

92.000,00 €

1300120000/G/71P/77300/00/G2311145G6/2016000824

100.000,00 €

1300120000/G/71P/78300/00/G2311145G6/2016000825

30.000,00 €

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 19 de julio de 2020,
y en el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
R ES U ELVO
Dar publicidad, con carácter previo a la resolución de concesión de las ayudas y en
los mismos medios que la convocatoria, al incremento de crédito disponible, con cargo a
las partidas presupuestarias que a continuación se detallan:
PARTIDA PRESUPUESTARIA

INCREMENTO

1300120000/G/71P/77300/00/G2311145G6/2016000828

92.000,00 €

1300120000/G/71P/77300/00/G2311145G6/2016000824

100.000,00 €

1300120000/G/71P/78300/00/G2311145G6/2016000825

30.000,00 €

Asimismo, dar publicidad a la cuantía total máxima que se especifica para cada una de las
modalidades de pesca y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:
Paralización temporal de actividades
pesqueras (artículo 33.1.c) del Reglamento
Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.
Flota con puerto base en Andalucía de la
modalidad de arrastre de fondo que faena
en el caladero nacional del mediterráneo
Paralización temporal de actividades
pesqueras (artículo 33.1.c) del Reglamento
Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.
Flota con puerto base en Andalucía de
la modalidad de cerco que faena en el
caladero nacional del mediterráneo

Armadores: 300.000,00 euros

1300120000/G/71P/77300/00/
G2311145G6/2016000824

Tripulantes: 230.000,00 euros

1300120000/G/71P/78300/00/
G2311145G6/2016000825

Armadores: 302.000,00 euros

1300120000/G/71P/77300/00/
G2311145G6/2016000828

Tripulantes: 228.000,00 euros

1300120000/G/71P/78300/00/
G2311145G6/2016000829

CARMEN CRESPO DÍAZ

Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca
y Desarrollo Sostenible

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00191022

Sevilla, 22 de abril de 2021