5. Anuncios5. Otros anuncios oficiales. . (2021/81-34)
Edicto de 16 de abril de 2021, del Ayuntamiento de Cabra, sobre bases de la convocatoria para la provisión, por el sistema de oposición libre, de dos plazas de Policía Local pertenecientes a la plantilla de personal funcionario. (PP. 1226/2021).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Viernes, 30 de abril de 2021
página 314
9. Relación de aprobados de la fase de oposición.
Una vez terminada la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de
aprobados por orden de puntuación, en el tablón de anuncios de la Corporación o lugar
de celebración de las pruebas, elevando al órgano correspondiente del Ayuntamiento
propuesta de los aspirantes que deberán realizar el correspondiente curso selectivo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00190492
A) Valoración de aptitudes.
Se realizará una valoración del nivel intelectual y de otras aptitudes específicas,
exigiéndose en todos los casos rendimientos iguales o superiores a los normales en la
población general, según la baremación oficial de cada una de las pruebas utilizadas, en
función del nivel académico exigible para la categoría a la que se aspira.
Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: inteligencia general,
comprensión y fluidez verbal, comprensión de órdenes, razonamiento cognitivo, atención
discriminativa y resistencia a la fatiga intelectual.
B) Valoración de actitudes y personalidad.
Las pruebas de personalidad se orientarán a evaluar los rasgos de la personalidad
más significativos y relevantes para el desempeño de la función policial, así como el
grado de adaptación personal y social de los aspirantes. Asimismo, deberá descartarse la
existencia de síntomas o trastornos psicopatológicos y/o de la personalidad.
Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: estabilidad emocional,
autoconfianza, capacidad empática e interés por los demás, habilidades interpersonales,
control adecuado de la impulsividad, ajuste personal y social, capacidad de adaptación a
normas, capacidad de afrontamiento al estrés y motivación por el trabajo policial.
Los resultados obtenidos en las pruebas deberán ser objeto de constatación o refutación
mediante la realización de una entrevista personal en la que, además de lo anterior, se
valorará también el estado psicológico actual de los candidatos. De este modo, aparte
de las características de personalidad señaladas anteriormente, se explorarán también
los siguientes aspectos: existencia de niveles disfuncionales de estrés o de trastornos del
estado de ánimo; problemas de salud; consumo excesivo o de riesgo de alcohol u otros
tóxicos y grado de medicación; expectativas respecto de la función policial, u otros.
8.1.3. Tercera prueba: conocimientos.
Consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de preguntas con
respuestas alternativas, propuestos por el Tribunal para cada materia de las que figuren
en el temario que se determina en el Anexo III a esta convocatoria, y la resolución de
un caso práctico cuyo contenido estará relacionado con el temario. Se calificará de
0 a 10 puntos, siendo necesario, para aprobar, obtener como mínimo 5 puntos en las
contestaciones y otros 5 en la resolución práctica. La calificación final, será la suma de
ambos dividida por 2. Para su realización se dispondrá de 3 horas, como mínimo.
8.1.4. Segunda fase: examen médico.
Con sujeción al cuadro de exclusiones médicas que garantice la idoneidad, conforme
a las prescripciones contenidas en la Orden de 30 de noviembre de 2020, ya citada, que
figura en el Anexo II de la presente convocatoria.
Se calificará de apto o no apto.
Las pruebas de la primera fase, tendrán carácter eliminatorio.
8.2. Tercera fase: curso de ingreso.
Superar con aprovechamiento el curso de ingreso en el Instituto de Emergencias
y Seguridad Pública de Andalucía (IESPA). Estarán exentos de realizar el curso de
ingreso quienes ya hubieran superado el correspondiente a la misma categoría a la
que aspiran en el Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía (IESPA)
o Escuelas Concertadas; en el caso de las Escuelas Municipales de Policía Local, los
cursos necesitarán la homologación del Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de
Andalucía (IESPA). Esta exención tendrá una duración de cinco años a contar desde la
superación del curso realizado, hasta la fecha de terminación de la fase de oposición.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Viernes, 30 de abril de 2021
página 314
9. Relación de aprobados de la fase de oposición.
Una vez terminada la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de
aprobados por orden de puntuación, en el tablón de anuncios de la Corporación o lugar
de celebración de las pruebas, elevando al órgano correspondiente del Ayuntamiento
propuesta de los aspirantes que deberán realizar el correspondiente curso selectivo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00190492
A) Valoración de aptitudes.
Se realizará una valoración del nivel intelectual y de otras aptitudes específicas,
exigiéndose en todos los casos rendimientos iguales o superiores a los normales en la
población general, según la baremación oficial de cada una de las pruebas utilizadas, en
función del nivel académico exigible para la categoría a la que se aspira.
Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: inteligencia general,
comprensión y fluidez verbal, comprensión de órdenes, razonamiento cognitivo, atención
discriminativa y resistencia a la fatiga intelectual.
B) Valoración de actitudes y personalidad.
Las pruebas de personalidad se orientarán a evaluar los rasgos de la personalidad
más significativos y relevantes para el desempeño de la función policial, así como el
grado de adaptación personal y social de los aspirantes. Asimismo, deberá descartarse la
existencia de síntomas o trastornos psicopatológicos y/o de la personalidad.
Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: estabilidad emocional,
autoconfianza, capacidad empática e interés por los demás, habilidades interpersonales,
control adecuado de la impulsividad, ajuste personal y social, capacidad de adaptación a
normas, capacidad de afrontamiento al estrés y motivación por el trabajo policial.
Los resultados obtenidos en las pruebas deberán ser objeto de constatación o refutación
mediante la realización de una entrevista personal en la que, además de lo anterior, se
valorará también el estado psicológico actual de los candidatos. De este modo, aparte
de las características de personalidad señaladas anteriormente, se explorarán también
los siguientes aspectos: existencia de niveles disfuncionales de estrés o de trastornos del
estado de ánimo; problemas de salud; consumo excesivo o de riesgo de alcohol u otros
tóxicos y grado de medicación; expectativas respecto de la función policial, u otros.
8.1.3. Tercera prueba: conocimientos.
Consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de preguntas con
respuestas alternativas, propuestos por el Tribunal para cada materia de las que figuren
en el temario que se determina en el Anexo III a esta convocatoria, y la resolución de
un caso práctico cuyo contenido estará relacionado con el temario. Se calificará de
0 a 10 puntos, siendo necesario, para aprobar, obtener como mínimo 5 puntos en las
contestaciones y otros 5 en la resolución práctica. La calificación final, será la suma de
ambos dividida por 2. Para su realización se dispondrá de 3 horas, como mínimo.
8.1.4. Segunda fase: examen médico.
Con sujeción al cuadro de exclusiones médicas que garantice la idoneidad, conforme
a las prescripciones contenidas en la Orden de 30 de noviembre de 2020, ya citada, que
figura en el Anexo II de la presente convocatoria.
Se calificará de apto o no apto.
Las pruebas de la primera fase, tendrán carácter eliminatorio.
8.2. Tercera fase: curso de ingreso.
Superar con aprovechamiento el curso de ingreso en el Instituto de Emergencias
y Seguridad Pública de Andalucía (IESPA). Estarán exentos de realizar el curso de
ingreso quienes ya hubieran superado el correspondiente a la misma categoría a la
que aspiran en el Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía (IESPA)
o Escuelas Concertadas; en el caso de las Escuelas Municipales de Policía Local, los
cursos necesitarán la homologación del Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de
Andalucía (IESPA). Esta exención tendrá una duración de cinco años a contar desde la
superación del curso realizado, hasta la fecha de terminación de la fase de oposición.