4. Administración de justicia. . (2021/80-25)
Edicto de 8 de marzo de 2021, de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Almería, dimanante de autos núm. 103/2010. (PP. 927/2021).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 80 - Jueves, 29 de abril de 2021
página 691
4. Administración de Justicia
Audiencias Provinciales
Edicto de 8 de marzo de 2021, de la Sección Primera de la Audiencia Provincial
de Almería, dimanante de autos núm. 103/2010. (PP. 927/2021).
NIG: 0405342C20100000267.
Núm. procedimiento: Recurso de apelación civil 397/2017. Negociado: C7.
Autos de: Procedimiento Ordinario 103/2010.
Juzgado de origen: Juzgado Mixto núm. Tres de Huércal-Overa.
Apelante: Renato Ramírez Nogueira.
Procurador: Isabel María Maldonado López.
Abogado: José Pascual Pozo Gómez.
Apelado: José Miguel Jiménez González, Comunidad de Copropietarios Residencial
Pinomar y Miguel Segovia Expósito.
Procurador: Isabel María Maldonado López, José Miguel Gómez Fuentes.
Abogado: Jorge Perals Guirado, Juan López Lidueña.
EDICTO
En RAC 397/2017 de la Sección 1.ª de la Audiencia Provincial de Almería, dimanante de
Procedimiento Ordinario 103/2010 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm.
Tres de Huércal-Overa, se ha dictado sentencia en la que figura como parte apelante
Renato Ramírez Nogueira como apelada Comunidad de Propietarios residencia Pinomar,
Miguel Segovia Expósito y José Miguel Jiménez González y como demandado en
situación de rebeldía Miguel Ánguel Mata Cruz, dictándose el presente para su notificación
en legal forma a este último. Dicha sentencia está a su disposición en la secretaría de
esta sección, contra la que cabe interponer recurso de casación y/o extraordinario por
infracción procesal, en el plazo de 20 días, desde su notificación.
Y para que sirva de notificación en forma extiendo y firmo el presente.
En Almería, a ocho de marzo de dos mil veintiuno.- El/La Letrado/a de la Administración
de Justicia.
00188973
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo
podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con
pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de
tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios
a las leyes.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 80 - Jueves, 29 de abril de 2021
página 691
4. Administración de Justicia
Audiencias Provinciales
Edicto de 8 de marzo de 2021, de la Sección Primera de la Audiencia Provincial
de Almería, dimanante de autos núm. 103/2010. (PP. 927/2021).
NIG: 0405342C20100000267.
Núm. procedimiento: Recurso de apelación civil 397/2017. Negociado: C7.
Autos de: Procedimiento Ordinario 103/2010.
Juzgado de origen: Juzgado Mixto núm. Tres de Huércal-Overa.
Apelante: Renato Ramírez Nogueira.
Procurador: Isabel María Maldonado López.
Abogado: José Pascual Pozo Gómez.
Apelado: José Miguel Jiménez González, Comunidad de Copropietarios Residencial
Pinomar y Miguel Segovia Expósito.
Procurador: Isabel María Maldonado López, José Miguel Gómez Fuentes.
Abogado: Jorge Perals Guirado, Juan López Lidueña.
EDICTO
En RAC 397/2017 de la Sección 1.ª de la Audiencia Provincial de Almería, dimanante de
Procedimiento Ordinario 103/2010 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm.
Tres de Huércal-Overa, se ha dictado sentencia en la que figura como parte apelante
Renato Ramírez Nogueira como apelada Comunidad de Propietarios residencia Pinomar,
Miguel Segovia Expósito y José Miguel Jiménez González y como demandado en
situación de rebeldía Miguel Ánguel Mata Cruz, dictándose el presente para su notificación
en legal forma a este último. Dicha sentencia está a su disposición en la secretaría de
esta sección, contra la que cabe interponer recurso de casación y/o extraordinario por
infracción procesal, en el plazo de 20 días, desde su notificación.
Y para que sirva de notificación en forma extiendo y firmo el presente.
En Almería, a ocho de marzo de dos mil veintiuno.- El/La Letrado/a de la Administración
de Justicia.
00188973
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo
podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con
pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de
tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios
a las leyes.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja