4. Administración de justicia. . (2021/79-22)
Edicto de 8 de abril de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Cádiz, dimanante de autos núm. 1330/2018.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 79 - Miércoles, 28 de abril de 2021
página 209

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma
pueden interponer recurso de apelación, en el plazo de veinte días desde la notificación,
cuyo conocimiento corresponde a la Audiencia Provincial de Cádiz.
Para la admisión del recurso, la parte interesada deberá acreditar haber constituido
el depósito de la cantidad correspondiente: 50 euros para apelación y 25 euros para
reposición y revisión, ingresando dicha suma, para la tramitación del recurso de que se
trate, en la cuenta del procedimiento de este Juzgado abierta en la entidad B. Santander,
todo ello de conformidad con la L.O. 1/09, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley
de Reforma Procesal para la implantación de la oficina judicial, por la que se modifica la
L.O. 6/1985, del Poder Judicial.
Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos,
la pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Howard Cáceres
Argüelles, extiendo y firmo la presente en Cádiz, a ocho de abril de dos mil veintiuno.- La
Letrada de la Administración de Justicia.

00190727

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo
podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con
pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de
tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios
a las leyes.»

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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