4. Administración de justicia. . (2021/78-18)
Edicto de 19 de abril de 2021, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, dimanante de autos núm. 714/2020.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 78 - Martes, 27 de abril de 2021
página 229
4. Administración de Justicia
Juzgados de lo Social
Edicto de 19 de abril de 2021, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga,
dimanante de autos núm. 714/2020.
NIG: 2906744420200009206.
Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 714/2020. Negociado: 01.
De: Don Joan Domínguez Guerra.
Abogado: Juan Martínez Gallardo.
Contra: Casa Patri SC, don Salvador Ruiz Lara y doña Patricia Ruiz Casado.
EDICTO
El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga.
Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento núm. 714/2020, sobre
Despidos/Ceses en general, a instancia de Joan Domínguez Guerra contra Casa Patri
SC, Salvador Ruiz Lara y Patricia Ruiz Casado, en la que con fecha 11.2.2020 se ha
dictado sentencia que sustancialmente dice lo siguiente:
SENTENCIA NÚM. 57/2021
En Málaga, a once de febrero de dos mil veinte.
Vistos por doña Victoria Gallego Funes, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social
número Seis de Málaga, los precedentes autos número 714/2020, seguidos a instancia
de don Joan Domínguez Guerra (XXXX), representado por Letrado Sr. Martínez Gallardo,
frente a la entidad Casa Patri, S.C (J93642825) que no comparece, doña Patricia Ruiz
Casado (XXXX) y don Salvador Ruiz Lara (XXXX), asistidos por Graduado Sr. Fernández
Lara, sobre despido.
1.º Que estimando la demanda interpuesta por don Joan Domínguez Guerra frente
a la entidad Casa Patri, S.C (J93642825) sobre despido, debo declarar y declaro la
improcedencia del cese operado el día 4.7.2020, condenando a los citados demandados
a estar y pasar por tal declaración, y condenando igualmente a que, a su opción,
readmita al demandante en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían
con anterioridad al despido, con abono de salarios de tramitación que equivaldrán a una
cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido
hasta la notificación de la sentencia que declarase la improcedencia o hasta que hubiera
encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase
por el empresario lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación, o
bien le indemnice la sociedad condenada con la suma de 4.852,07 euros, de la que el
codemandado don Salvador Ruiz Lara responde de forma subsidiaria, debiendo advertir
a la empresa demandada que la opción señalada habrá de efectuarse ante este Juzgado
de lo Social en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la Sentencia,
entendiéndose que de no hacerlo así se opta por la readmisión.
2.º Procede absolver a doña Patricia Ruiz Casado de las acciones formuladas en su
contra.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00190830
FALLO
BOJA
Número 78 - Martes, 27 de abril de 2021
página 229
4. Administración de Justicia
Juzgados de lo Social
Edicto de 19 de abril de 2021, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga,
dimanante de autos núm. 714/2020.
NIG: 2906744420200009206.
Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 714/2020. Negociado: 01.
De: Don Joan Domínguez Guerra.
Abogado: Juan Martínez Gallardo.
Contra: Casa Patri SC, don Salvador Ruiz Lara y doña Patricia Ruiz Casado.
EDICTO
El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga.
Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento núm. 714/2020, sobre
Despidos/Ceses en general, a instancia de Joan Domínguez Guerra contra Casa Patri
SC, Salvador Ruiz Lara y Patricia Ruiz Casado, en la que con fecha 11.2.2020 se ha
dictado sentencia que sustancialmente dice lo siguiente:
SENTENCIA NÚM. 57/2021
En Málaga, a once de febrero de dos mil veinte.
Vistos por doña Victoria Gallego Funes, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social
número Seis de Málaga, los precedentes autos número 714/2020, seguidos a instancia
de don Joan Domínguez Guerra (XXXX), representado por Letrado Sr. Martínez Gallardo,
frente a la entidad Casa Patri, S.C (J93642825) que no comparece, doña Patricia Ruiz
Casado (XXXX) y don Salvador Ruiz Lara (XXXX), asistidos por Graduado Sr. Fernández
Lara, sobre despido.
1.º Que estimando la demanda interpuesta por don Joan Domínguez Guerra frente
a la entidad Casa Patri, S.C (J93642825) sobre despido, debo declarar y declaro la
improcedencia del cese operado el día 4.7.2020, condenando a los citados demandados
a estar y pasar por tal declaración, y condenando igualmente a que, a su opción,
readmita al demandante en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían
con anterioridad al despido, con abono de salarios de tramitación que equivaldrán a una
cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido
hasta la notificación de la sentencia que declarase la improcedencia o hasta que hubiera
encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase
por el empresario lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación, o
bien le indemnice la sociedad condenada con la suma de 4.852,07 euros, de la que el
codemandado don Salvador Ruiz Lara responde de forma subsidiaria, debiendo advertir
a la empresa demandada que la opción señalada habrá de efectuarse ante este Juzgado
de lo Social en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la Sentencia,
entendiéndose que de no hacerlo así se opta por la readmisión.
2.º Procede absolver a doña Patricia Ruiz Casado de las acciones formuladas en su
contra.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00190830
FALLO