3. Otras disposiciones. . (2021/537-2)
Acuerdo de 27 de abril de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se convoca concurso público para la adjudicación, en régimen de concurrencia, de licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual televisivo privado de carácter comercial y ámbito local en Andalucía, así como se aprueba el pliego de bases que rige el mismo.
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BOJA
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 37 - Martes, 27 de abril de 2021
página 35

Se otorgarán 10 puntos adicionales, por cada compromiso, a aquellos proyectos que se comprometan a: mantener en plantilla durante, al menos, 12 meses, a mujeres; a personas mayores de
45 años; a jóvenes en situación de paro menores de 30 años con graves déficits formativos y escasa experiencia laboral; o a alguno de los otros colectivos contemplados en la Guía para la inclusión de cláusulas sociales y medioambientales en la contratación de la Junta de Andalucía
publicada por la Consejería de Hacienda y Administración Pública en octubre de 2016, que puede
consultarse en: https://juntadeandalucia.es/temas/contratacion-publica/gestion/guia.html.

3.
Procedimiento de asignación proporcional a la puntuación, con limitación de valores anormalmente altos.
El procedimiento se aplicará para aquellos subcriterios del apartado anterior de la presente base donde
se indique expresamente.
Con el valor presentado por cada persona licitadora de la demarcación en el subcriterio o concepto en
cuestión, se realizará el procedimiento indicado en este apartado para asignar puntuaciones:

1. Se calcula el valor promedio ofertado (Media), de entre los valores ofertados por todas las personas licitadoras.

2. Se calcula la desviación estándar o típica del conjunto de valores ofertados por las personas licitadoras (Desv_estandar), es decir, en promedio cuál es la desviación de los valores ofertados
respecto a la media.

3. Para todos aquellos valores iguales o superiores al valor V indicado a continuación, se otorgará
la puntuación máxima del subcriterio correspondiente.

V = Media + (0.5 x Desv_estandar)

4. Para el resto de valores ofertados, comprendidos entre 0 y V, la puntuación se asignará de ma-

nera proporcional, correspondiendo cero puntos si se oferta un valor cero y la puntuación máxima si se oferta un valor V.

4.

La puntuación total de cada proyecto audiovisual será la suma de las obtenidas en cada uno de
los criterios. Los proyectos audiovisuales presentados cuya valoración no supere la puntuación de corte
de 225 puntos, no continuarán el proceso selectivo de adjudicación.

5.

Cuando una persona licitadora haya presentado más de una oferta a una misma demarcación,
la puntuación final de las ofertas distintas de la preferente que hayan superado la puntuación de corte
establecida en el apartado 4 de la presente base, será el 60% de la puntuación total, en aras a garantizar
el pluralismo y la libre competencia en el sector, prevenir situaciones de concentración de medios y
abuso de posición dominante.
Con la puntuación final, las ofertas se ordenarán de mayor a menor puntuación total obtenida.

7.
En caso de empate a puntos entre dos o más ofertas, se utilizarán como sucesivos criterios de
desempate las mayores puntuaciones obtenidas en los siguientes criterios, aplicados en el orden que se
indica, mientras persista el empate: criterio 2, criterio 3, criterio 1, criterio 4 y criterio 5. Si tras la aplicación de los anteriores criterios de desempate, persiste el empate, se deshará dicho empate mediante
sorteo realizado en acto público.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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6.