Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/77-11)
Resolución de 9 de abril de 2021, de la Universidad de Córdoba, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, por acceso libre, de plazas de Técnico Auxiliar de Laboratorio, Grupo IV, por el sistema de concurso-oposición.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 77 - Lunes, 26 de abril de 2021
página 79

8. Presentación de documentos.
8.1. Las personas que superen las presentes pruebas selectivas presentarán en el
Servicio de Gestión de Recursos Humanos –Sección de Gestión del PAS–, dentro de los
veinte días hábiles siguientes a aquel en que se publique por el Tribunal la propuesta de
adjudicación de las plazas, los siguientes documentos:
a) Original y fotocopia para su compulsa del Documento Nacional de Identidad,
Número de Identificación de Extranjero o Pasaporte. En el supuesto de descendientes
de españoles o de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea y de
su cónyuge, contemplados en la base 2.1.a), deberán acreditar, además, el vínculo de
parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo de español o
nacional de la Unión Europea con el que tengan dicho vínculo.
b) Original y fotocopia para su compulsa del Título Académico Oficial exigido en
la base 2.1.e) o de la justificación acreditativa de haber abonado los correspondientes
derechos de expedición del mismo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero,
se deberá aportar la documentación que acredite su homologación o reconocimiento.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos
Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado
para el desempeño de las funciones públicas mediante sentencia penal firme.
Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea que no
ostenten la nacionalidad española habrán de acreditar, mediante documento suficiente,
debidamente traducido al castellano, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena
legal que impida en su Estado el acceso al empleo público.
d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que
imposibiliten para el servicio. Este certificado deberá ser expedido por el facultativo de
medicina general de la Seguridad Social que corresponda al interesado, y, en el caso
de que este no esté acogido a ningún régimen de la Seguridad Social, se expedirá
por los Servicios Provinciales del Ministerio de Sanidad y Consumo u Organismos
correspondientes de las Comunidades Autónomas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00190703

7.4. Finalizado el plazo anterior, el Tribunal resolverá las reclamaciones, si las hubiera,
haciéndose pública, en el medio anteriormente citado, la valoración definitiva de la fase
de concurso.
7.5. Asimismo, el Tribunal publicará en la página web de la Universidad de Córdoba la
relación definitiva de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, con indicación
del Documento Nacional de Identidad, NIE o Pasaporte, codificados, en la que constarán
las calificaciones obtenidas en la fase de oposición, las puntuaciones de la fase de
concurso y la puntuación final, constituida por la puntuación total de ambas fases.
En caso de empate, se dirimirá este a favor del aspirante que haya obtenido mayor
calificación en la fase de oposición, y, de persistir el empate, se atenderá a la puntuación
obtenida en la fase de concurso, primeramente, por experiencia profesional en un puesto
de la misma área en la Universidad de Córdoba, y, seguidamente, por antigüedad en la
Universidad de Córdoba, según lo recogido en los apartados 2.a) y b) del baremo de la
presente convocatoria.
El número de personas aspirantes definitivamente aprobadas no podrá superar el
número de plazas convocadas.
7.6. La Presidencia del Tribunal enviará copia certificada de la mencionada relación
definitiva de personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo al Rector de la
Universidad, especificando el número de aprobados y puntuación obtenida en la fase de
oposición, la puntuación de la fase de concurso y la suma total de ambas puntuaciones.