Disposiciones generales. . (2021/77-2)
Orden de 20 de abril de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos e infraestructuras, destinadas al arraigo, la inserción y promoción social de personas inmigrantes y sus familias, la gestión de la diversidad cultural y el fomento de la cohesión social, dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro y Ayuntamientos andaluces, en el ámbito de las competencias de la Dirección General competente en materia de coordinación de Políticas Migratorias.
44 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 77 - Lunes, 26 de abril de 2021
página 40
(Página 8 de 12)
Sí.
21. c) Posibilidad de m odificar la resolución de concesión por decisiones digiridas al cum plim iento de los objetivos de estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera
No .
Sí. Siem pre que la Ley del Presupuesto de la Com unidad Autónom a de Andalucía lo prevea , el órgano com petente para conceder la subvención
podrá m odificar la resolución de concesión en orden al cum plim iento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera ,
ajustándose a las siguientes determ inaciones :
La m odificación de la resolución de concesión podrá consistir en :
La m odificación de la resolución de concesión tendrá lugar entre las personas beneficiarias aplicando los siguientes criterios de distribución :
La m odificación de la resolución de concesión podrá acordarse hasta :
La m odificación de la resolución de concesión supondrá la reducción de las obligaciones de las personas beneficiarias con el siguiente alcance :
Otras determ inaciones :
La modificación de la resolución de concesión se efectuará siguiendo las directrices dictadas por
el órgano competente en materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
22.- Exigencia de estados contables y registros específicos (Artículo 24):
No .
Sí. Estados contables y/o registros específicos exigidos :
23. Medidas de información y publicidad, y otras condiciones y obligaciones específicas que deben cumplir y/o adoptar las
personas o entidades beneficiarias (Artículo 24).
23. a ) Medidas de inform ación y publicidad .
23. a ).1º Medidas de inform ación y publicidad que deben adoptar las personas o entidades beneficiarias :
No se establecen .
Se establecen las siguientes m edidas :
Los Ayuntamientos beneficiarios deberán hacer constar en toda información o publicidad que se
efectúe del proyecto, que está subvencionado por la Consejería competente en materia de
Coordinación de Políticas Migratorias.
Los Ayuntamientos beneficiarios garantizarán un uso inclusivo y no sexista del lenguaje y de la
imagen en la totalidad de documentos y soportes que produzca, evitando cualquier imagen
discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentando una imagen con valores de
igualdad que potencien la pluralidad de roles y de identidad de género.
Los Ayuntamientos beneficiarios incluirán la variable sexo en toda la información referida a
personas que elaboren y/o proporcionen, teniendo igualmente en cuenta la perspectiva de género en
todos los documentos, estudios e investigaciones que se deriven de los proyectos subvencionados.
23. a ). 2º Térm inos y condiciones de publicidad específica en m ateria de transparencia :
No se establecen
23. b ) Obligaciones :
23. b ).1º Obligaciones de transparencia y sum inistro de inform ación y térm inos y condiciones en los que se ha de cum plir:
Los Ayuntamientos beneficiarios deberán cumplir con las obligaciones de publicidad y de suministro
de información establecidas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la
Información y Buen Gobierno y en la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de
Andalucía.
23. b ).2º Plazo durante el que se deben conservar los docum entos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos y se está
obligado a com unicar al órgano concedente el cam bio de dom icilio , de dispositivo electrónico o de dirección de correo electrónico :
Cuatro años a contar desde la finalización del plazo de justificación.
23. b ).3º Otras obligaciones y condiciones específicas :
No se establecen .
Se establecen las siguientes :
1º ENTIDAD.
2º DENOMINACIÓN DEL PROYECTO.
3º MEDIOS UTILIZADOS.
4º ACTIVIDADES REALIZADAS.
5º BENEFICIARIOS DIRECTOS FINALES DE LAS ACTIVIDADES REALIZADAS (con desglose por sexo, edad y
nacionalidad).
6º PLAZO DE EJECUCIÓN (fecha de inicio y finalización).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00190697
- Los Ayuntamientos beneficiarios deberán aportar al finalizar la ejecución del proyecto, una
memoria firmada por el representante legal del desarrollo del mismo, que deberá contemplar como
contenido mínimo los siguientes extremos:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 77 - Lunes, 26 de abril de 2021
página 40
(Página 8 de 12)
Sí.
21. c) Posibilidad de m odificar la resolución de concesión por decisiones digiridas al cum plim iento de los objetivos de estabilidad
presupuestaria y sostenibilidad financiera
No .
Sí. Siem pre que la Ley del Presupuesto de la Com unidad Autónom a de Andalucía lo prevea , el órgano com petente para conceder la subvención
podrá m odificar la resolución de concesión en orden al cum plim iento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera ,
ajustándose a las siguientes determ inaciones :
La m odificación de la resolución de concesión podrá consistir en :
La m odificación de la resolución de concesión tendrá lugar entre las personas beneficiarias aplicando los siguientes criterios de distribución :
La m odificación de la resolución de concesión podrá acordarse hasta :
La m odificación de la resolución de concesión supondrá la reducción de las obligaciones de las personas beneficiarias con el siguiente alcance :
Otras determ inaciones :
La modificación de la resolución de concesión se efectuará siguiendo las directrices dictadas por
el órgano competente en materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
22.- Exigencia de estados contables y registros específicos (Artículo 24):
No .
Sí. Estados contables y/o registros específicos exigidos :
23. Medidas de información y publicidad, y otras condiciones y obligaciones específicas que deben cumplir y/o adoptar las
personas o entidades beneficiarias (Artículo 24).
23. a ) Medidas de inform ación y publicidad .
23. a ).1º Medidas de inform ación y publicidad que deben adoptar las personas o entidades beneficiarias :
No se establecen .
Se establecen las siguientes m edidas :
Los Ayuntamientos beneficiarios deberán hacer constar en toda información o publicidad que se
efectúe del proyecto, que está subvencionado por la Consejería competente en materia de
Coordinación de Políticas Migratorias.
Los Ayuntamientos beneficiarios garantizarán un uso inclusivo y no sexista del lenguaje y de la
imagen en la totalidad de documentos y soportes que produzca, evitando cualquier imagen
discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentando una imagen con valores de
igualdad que potencien la pluralidad de roles y de identidad de género.
Los Ayuntamientos beneficiarios incluirán la variable sexo en toda la información referida a
personas que elaboren y/o proporcionen, teniendo igualmente en cuenta la perspectiva de género en
todos los documentos, estudios e investigaciones que se deriven de los proyectos subvencionados.
23. a ). 2º Térm inos y condiciones de publicidad específica en m ateria de transparencia :
No se establecen
23. b ) Obligaciones :
23. b ).1º Obligaciones de transparencia y sum inistro de inform ación y térm inos y condiciones en los que se ha de cum plir:
Los Ayuntamientos beneficiarios deberán cumplir con las obligaciones de publicidad y de suministro
de información establecidas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la
Información y Buen Gobierno y en la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de
Andalucía.
23. b ).2º Plazo durante el que se deben conservar los docum entos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos y se está
obligado a com unicar al órgano concedente el cam bio de dom icilio , de dispositivo electrónico o de dirección de correo electrónico :
Cuatro años a contar desde la finalización del plazo de justificación.
23. b ).3º Otras obligaciones y condiciones específicas :
No se establecen .
Se establecen las siguientes :
1º ENTIDAD.
2º DENOMINACIÓN DEL PROYECTO.
3º MEDIOS UTILIZADOS.
4º ACTIVIDADES REALIZADAS.
5º BENEFICIARIOS DIRECTOS FINALES DE LAS ACTIVIDADES REALIZADAS (con desglose por sexo, edad y
nacionalidad).
6º PLAZO DE EJECUCIÓN (fecha de inicio y finalización).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00190697
- Los Ayuntamientos beneficiarios deberán aportar al finalizar la ejecución del proyecto, una
memoria firmada por el representante legal del desarrollo del mismo, que deberá contemplar como
contenido mínimo los siguientes extremos: