Disposiciones generales. . (2021/77-2)
Orden de 20 de abril de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos e infraestructuras, destinadas al arraigo, la inserción y promoción social de personas inmigrantes y sus familias, la gestión de la diversidad cultural y el fomento de la cohesión social, dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro y Ayuntamientos andaluces, en el ámbito de las competencias de la Dirección General competente en materia de coordinación de Políticas Migratorias.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 77 - Lunes, 26 de abril de 2021
página 24

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- Las personas o entidades que , conform e al apartado 4. e ) de este Cuadro Resum en , estén obligadas a relacionarse a través de m edios
electrónicos , podrán , adem ás de en el registro electrónico arriba señalado , presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes registros
electrónicos :
En la Oficina Virtual señalada en el apartado 10.a)

- Las personas o entidades que , conform e al apartado 4. e ) de este Cuadro Resum en , no estén obligadas a relacionarse a través de m edios
electrónicos , podrán , adem ás de en el registro electrónico arriba señalado , presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes lugares y
registros :

10. d ) Adem ás de los señalados en el artículo 11.2 del Texto Articulado , se podrán utilizar los siguientes sistem as de firm a electrónica :
10. e ) Registro en el que la fecha de entrada de las solicitudes a las que se alude en el artículo 8.8 del Texto Articulado y de los escritos a
los que se alude en el artículo 23.4, en el m ism o , determ ina el inicio del plazo para dictar la resolución o acuerdo y notificarlo :
11.- Convocatoria y plazo para la presentación de solicitudes (Artículo 5 y 12).
11. a ) Adem ás de lo establecido en el artículo 12.1 del Texto Articulado , la convocatoria y su extracto se publicarán en :
Convocatoria :
Oficina Virtual de la Consejería que ostente las competencias
Políticas Migratorias, cuya dirección electrónica se indicará
El extracto de la convocatoria :
Oficina Virtual de la Consejería que ostente las competencias
Políticas Migratorias, cuya dirección electrónica se indicará

11. b ) Plazo para la presentación de solicitudes :

en materia de Coordinación de de
en las sucesivas convocatorias.
en materia de Coordinación de de
en las sucesivas convocatorias.

El plazo de presentación es :
El plazo de presentación de solicitudes se establecerá en la convocatoria .

11. c) La resolución prevista en el artículo 5.6 del Texto Articulado será publicada en :

Oficina Virtual de la Consejería que ostente las competencias en materia de Coordinación de de
Políticas Migratorias, cuya dirección electrónica se indicará en las sucesivas convocatorias.

12.- Criterios de valoración (Artículo 14):
12. a ) Criterios de valoración por orden decreciente de im portancia , y su ponderación :

La valoración de las solicitudes, se realizará con arreglo a los siguientes criterios y con una
puntuación máxima de 100:
a) Proyectos que estén enfocados en su mayor parte a la realización de actuaciones o a colectivos
preferentes, determinados por la convocatoria anual de subvenciones. Se valorará hasta un máximo del
20% de la puntuación total.
b) Calidad, pertinencia, carácter innovador y coherencia interna del proyecto: diagnóstico de la
realidad, necesidad de llevarlo a cabo y descripción clara y precisa del proyecto, perspectiva de
género,visión comunitaria y objetivos. Se valorará hasta un máximo del 20% de la puntuación total.
c) Características técnicas del proyecto: actividades, presupuesto detallado, calendario previsto,
destinatarios,indicadores, resultados esperados, seguimiento y evaluación. Se valorará hasta un máximo
del 10% de la puntuación total.
d) Experiencia de la entidad en materia de inmigración. Se valorará hasta un máximo del 10% de la
puntuación total.
e) Previsión del impacto de género en las actividades del proyecto. Se valorará hasta un máximo del 5%
de la puntuación total.
f) Participación e implicación de otros agentes o grupos de interés en la formulación y/o ejecución del
proyecto. Se valorará hasta un máximo del 10% de la puntuación total. En el caso de proyectos en red se
valorará hasta un máximo de 15% de la puntuación total.
g) Participación de personas de origen inmigrante en los órganos de dirección y en los servicios y
actividades que desarrolla la entidad. Se valorará hasta un máximo del 5% de la puntuación total.
h) Contratación de hombres de origen inmigrante para la ejecución del proyecto. Se valorará hasta un
máximo del 5% de la puntuación total. En el caso de contratación de mujeres se valorará hasta un máximo
del 10% de la puntuación total.
i) Participación activa y directa de voluntariado en el desarrollo del proyecto. Se valorará hasta un
máximo del 5% de la puntuación total.
En función de
comisiones de
umbral mínimo
beneficiarias

la disponibilidad presupuestaria existente y de las solicitudes presentadas, las
valoración que se indican en el apartado 13 de este cuadro resumen, determinarán el
de puntuación exigido a las entidades interesadas para tener la consideración de
provisionales, que en ningún caso será inferior a 50 puntos.

13.- Órganos competentes (Artículo 15):
Órgano/s instructor/es:

- Proyectos de ámbito regional: Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias o aquella que

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00190697

12. b ) Priorización en caso de em pate :