Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/76-5)
Resolución de 16 de abril de 2021, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de plazas de Profesor Contratado Doctor.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Viernes, 23 de abril de 2021
página 72
Código de la plaza: 022CTD21.
Categoría: Profesor/a Contratado/a Doctor/a.
Área de conocimiento: Psicología Básica.
Departamento: Psicología Básica.
Comisión Titular.
Presidente: Don José Miguel Rodríguez Santos. CU. Universidad de Málaga.
Vocal 1: Doña Marina Calleja Reina. TU. Universidad de Málaga.
Vocal 2: Don José León Carrión. CU. Universidad de Sevilla.
Vocal 3: Don Javier García Orza. TU. Universidad de Málaga.
Vocal 4: Doña María Sotillo Méndez. TU. Universidad Autónoma de Madrid.
Comisión Suplente.
Presidente: Don Pablo Fernández Berrocal. CU. Universidad de Málaga.
Vocal 1: Doña Susana Segura Vera. TU. Universidad de Málaga.
Vocal 2: Don Mauricio Iza Miqueleiz. TU. Universidad de Málaga.
Vocal 3: Don José Luis Zaccagnini Sancho. TU. Universidad de Málaga.
Vocal 4: Doña Ruth Campos García. Prof. Contratado Dr. Universidad Autónoma de
Madrid.
ANEXO VII
A. Criterios generales.
1. Todos los méritos de los candidatos se valorarán de acuerdo con el baremo
correspondiente a la figura de profesor contratado a la que concursa.
2. Como se dispone en el artículo 48 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre,
de Universidades, se considerará mérito preferente estar habilitado para participar en los
concursos a los que se refiere el artículo 63 de la referida ley.
3. La valoración de los méritos alegados por los candidatos en cada una de las
dimensiones contempladas en el baremo se realizará de acuerdo con la coherencia y
correspondencia de dichos méritos con el área de conocimiento de la plaza a la que
concursa. En consecuencia, y una vez valorado el mérito, éste se multiplicará por un
coeficiente corrector en función de su adecuación al área de la plaza de acuerdo con los
siguientes criterios:
- Pertinencia alta (área de la plaza): 1.
- Pertinencia media (área afín a la plaza): 0,50.
- Pertinencia baja (área poco afín a la plaza): 0,25.
- Pertinencia muy baja (área no afín a la plaza): 0,10.
La pertinencia aplicable a la Memoria de Licenciatura y Grado de Doctor, incluidos los
cursos de doctorado, será la misma que se aplique al expediente académico.
4. Cuando un aspirante supere la puntuación máxima en alguno de los apartados I
a IV del baremo, a éste se le concederá el nivel máximo, en tanto que la valoración de
los demás concursantes se hará de forma proporcional. Por ello, tanto la puntuación
conseguida en cada uno de estos apartados, como la puntuación total alcanzada
en el concurso ha de considerarse única y exclusivamente como una medida relativa
establecida con respecto al resto de los candidatos del mismo concurso. Por el mismo
motivo, en ningún caso dicha puntuación puede ser extrapolable o comparable con la
obtenida en otro u otros concursos a los que pudiera presentarse cada candidato.
5. Aquellas puntuaciones referidas a duración o dedicación de un mérito se valorarán
según lo establecido en cada apartado o, en su defecto, de forma proporcional.
6. Cuando una única actividad lleve aparejado más de un mérito, se valorará
exclusivamente el mérito mejor puntuado en el baremo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00190594
BAREMO PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL DE PROFESORES CONTRATADOS
DOCTORES DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Viernes, 23 de abril de 2021
página 72
Código de la plaza: 022CTD21.
Categoría: Profesor/a Contratado/a Doctor/a.
Área de conocimiento: Psicología Básica.
Departamento: Psicología Básica.
Comisión Titular.
Presidente: Don José Miguel Rodríguez Santos. CU. Universidad de Málaga.
Vocal 1: Doña Marina Calleja Reina. TU. Universidad de Málaga.
Vocal 2: Don José León Carrión. CU. Universidad de Sevilla.
Vocal 3: Don Javier García Orza. TU. Universidad de Málaga.
Vocal 4: Doña María Sotillo Méndez. TU. Universidad Autónoma de Madrid.
Comisión Suplente.
Presidente: Don Pablo Fernández Berrocal. CU. Universidad de Málaga.
Vocal 1: Doña Susana Segura Vera. TU. Universidad de Málaga.
Vocal 2: Don Mauricio Iza Miqueleiz. TU. Universidad de Málaga.
Vocal 3: Don José Luis Zaccagnini Sancho. TU. Universidad de Málaga.
Vocal 4: Doña Ruth Campos García. Prof. Contratado Dr. Universidad Autónoma de
Madrid.
ANEXO VII
A. Criterios generales.
1. Todos los méritos de los candidatos se valorarán de acuerdo con el baremo
correspondiente a la figura de profesor contratado a la que concursa.
2. Como se dispone en el artículo 48 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre,
de Universidades, se considerará mérito preferente estar habilitado para participar en los
concursos a los que se refiere el artículo 63 de la referida ley.
3. La valoración de los méritos alegados por los candidatos en cada una de las
dimensiones contempladas en el baremo se realizará de acuerdo con la coherencia y
correspondencia de dichos méritos con el área de conocimiento de la plaza a la que
concursa. En consecuencia, y una vez valorado el mérito, éste se multiplicará por un
coeficiente corrector en función de su adecuación al área de la plaza de acuerdo con los
siguientes criterios:
- Pertinencia alta (área de la plaza): 1.
- Pertinencia media (área afín a la plaza): 0,50.
- Pertinencia baja (área poco afín a la plaza): 0,25.
- Pertinencia muy baja (área no afín a la plaza): 0,10.
La pertinencia aplicable a la Memoria de Licenciatura y Grado de Doctor, incluidos los
cursos de doctorado, será la misma que se aplique al expediente académico.
4. Cuando un aspirante supere la puntuación máxima en alguno de los apartados I
a IV del baremo, a éste se le concederá el nivel máximo, en tanto que la valoración de
los demás concursantes se hará de forma proporcional. Por ello, tanto la puntuación
conseguida en cada uno de estos apartados, como la puntuación total alcanzada
en el concurso ha de considerarse única y exclusivamente como una medida relativa
establecida con respecto al resto de los candidatos del mismo concurso. Por el mismo
motivo, en ningún caso dicha puntuación puede ser extrapolable o comparable con la
obtenida en otro u otros concursos a los que pudiera presentarse cada candidato.
5. Aquellas puntuaciones referidas a duración o dedicación de un mérito se valorarán
según lo establecido en cada apartado o, en su defecto, de forma proporcional.
6. Cuando una única actividad lleve aparejado más de un mérito, se valorará
exclusivamente el mérito mejor puntuado en el baremo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00190594
BAREMO PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL DE PROFESORES CONTRATADOS
DOCTORES DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA