3. Otras disposiciones. . (2021/76-8)
Orden de 3 de junio de 2020, por la que se concede la autorización administrativa para la apertura y funcionamiento del centro autorizado de enseñanzas deportivas «Escuela Técnica Escofemar» de Almería. (PP. 1134/2020).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Viernes, 23 de abril de 2021
página 138
Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el
mismo.
Tercero. El centro queda adscrito a efectos administrativos al IES «El Alquián» de El
Alquián, Almería, con código 04700521.
Cuarto. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros
Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y
regula el Registro de Centros Docentes.
Quinto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación,
Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de Almería la relación del profesorado
del mismo con indicación de su titulación respectiva.
Sexto. El centro que se autoriza queda obligado al cumplimiento de la legislación
vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los
datos que señala la presente orden, siendo sus enseñanzas objeto de supervisión por
parte de la Inspección de Educación, por lo que la entidad titular del mismo deberá
disponer todo lo necesario para que dicha Inspección pueda ejercer las labores que le
son propias.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y
Deporte, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación,
de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo
establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 3 de junio de 2020
FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
00173592
Consejero de Educación y Deporte
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Viernes, 23 de abril de 2021
página 138
Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el
mismo.
Tercero. El centro queda adscrito a efectos administrativos al IES «El Alquián» de El
Alquián, Almería, con código 04700521.
Cuarto. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros
Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y
regula el Registro de Centros Docentes.
Quinto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación,
Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de Almería la relación del profesorado
del mismo con indicación de su titulación respectiva.
Sexto. El centro que se autoriza queda obligado al cumplimiento de la legislación
vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los
datos que señala la presente orden, siendo sus enseñanzas objeto de supervisión por
parte de la Inspección de Educación, por lo que la entidad titular del mismo deberá
disponer todo lo necesario para que dicha Inspección pueda ejercer las labores que le
son propias.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y
Deporte, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación,
de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo
establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 3 de junio de 2020
FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
00173592
Consejero de Educación y Deporte
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja