4. Administración de justicia. . (2021/76-13)
Edicto de 25 de enero de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Cádiz, dimanante de autos núm. 539/2019. (PP. 585/2021).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Viernes, 23 de abril de 2021
página 187

Contra la presente resolución no cabe recurso, siendo la misma firme, y ello en virtud
de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 455 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.
Así por esta mi Sentencia, que se unirá al libro de las de su clase y por testimonio a
los autos de su razón, Juzgando en Primera Instancia, la pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Oliva Tejera Navarrete,
extiendo y firmo la presente en Cádiz, a 25 de enero de 2021.- La Letrada de la Administración
de Justicia.

00187363

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo
podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con
pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de
tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios
a las leyes.»

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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