3. Otras disposiciones. . (2021/75-9)
Resolución de 14 de abril de 2021, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible y el Ayuntamiento de Sabiote (Jaén) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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Número 75 - Jueves, 22 de abril de 2021
página 136

- La construcción de las infraestructuras EDAR y Concentración de Vertidos de
Sabiote (Jaén)
- El abono del coste total de la actuación, que incluye: consultoría y servicios técnicos,
redacción de proyecto, dirección de obra, ensayos y controles varios, seguridad y salud,
ejecución de las obras, y cuantos costes sean necesarios para la correcta ejecución de
las infraestructuras, incluido el coste de la indemnización por expropiación de bienes y
derechos afectados por ellas (excluidas las indemnizaciones que legalmente procedan
por retrasos que no sean imputables a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía).
Dicho abono se hará con cargo al canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de
depuración de interés de la Comunidad Autónoma.
- La tramitación del procedimiento expropiatorio de bienes y derechos afectados por
las obras, a favor del Ayuntamiento de Sabiote en su condición de beneficiario de las
obras.
- La asunción de los costes derivados de las expropiaciones.
- La tramitación de los procedimientos de prevención y evaluación ambiental y demás
procedimientos que le correspondan de acuerdo con la normativa ambiental, así como,
en su caso, las modificaciones que procedan, previamente a la aprobación del proyecto
definitivo de construcción.
- La aprobación de los anteproyectos/proyectos de obra (acompañada de la
relación de bienes y derechos afectos y de la valoración de los mismos a efectos de
los correspondientes procedimientos expropiatorios) y resto de documentación técnica
necesaria para su ejecución.
- La licitación y adjudicación de las obras, sometiéndose la contratación a lo dispuesto
en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. La licitación y
adjudicación se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y en su caso, en
el Diario Oficial de la Unión Europea.
- El envío al Ayuntamiento de la información correspondiente a la licitación,
adjudicación, actas de replanteo, comienzo y finalización de las obras, así como la
comunicación, en un plazo no inferior a 15 días, de la fecha en que tendrán lugar el acto
de inicio y el acto de recepción de las obras, para asegurar su asistencia.
- La entrega al Ayuntamiento de las instalaciones una vez finalizadas, según lo
estipulado en la cláusula quinta.
- La presentación a la Comisión de Seguimiento con periodicidad anual de un informe
sobre el seguimiento de la ejecución de las infraestructuras, con los hitos de desarrollo de
las mismas.
2.2. Corresponde al Ayuntamiento:
- Todas aquellas obligaciones que la legislación y normativa sectoriales en materia de
aguas y de expropiación le correspondan en su condición de beneficiario de las obras.
En concreto, le corresponden las contenidas en el artículo 5 del Decreto de 26 de abril
de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de Expropiación Forzosa, salvo aquellas
a las que se compromete la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible de la Junta de Andalucía mediante el presente Convenio.
- Facilitar, gestionar y abonar todos aquellos permisos, licencias y autorizaciones
necesarios por la naturaleza de las obras y para el funcionamiento de las mismas.
- Facilitar y vehicular la puesta a disposición, previo al inicio de las obras, para la
ejecución de las obras de la ocupación, libres de servidumbres, de aquellos terrenos
de titularidad municipal afectados por las obras en cada término municipal, así como de
aquellos otros terrenos y bienes en que los respectivos Ayuntamientos consigan la puesta
a disposición de manera acordada sin necesitar de expropiación.
En todo caso, la puesta a disposición de la Consejería será libre de cargas para
la Consejería y a este respecto el Ayuntamiento aportará a la Consejería certificación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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00190460

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