Disposiciones generales. . (2021/75-1)
Resolución de 13 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convoca la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, de la Línea 1, Estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo, reguladas en la Orden de 21 de septiembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 75 - Jueves, 22 de abril de 2021
página 

1. Disposiciones generales
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo
Resolución de 13 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo Autónomo
y Economía Social, por la que se convoca la concesión de subvenciones en
régimen de concurrencia no competitiva, de la Línea 1, Estabilización de la
iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo, reguladas en
la Orden de 21 de septiembre de 2018, por la que se establecen las bases
reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y
estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo.
Por Orden de 21 de septiembre de 2018, se establecen las bases reguladoras del
Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las
empresas de trabajo autónomo (BOJA núm. 187, de 26 de septiembre de 2018).
La citada orden en su disposición adicional única, delega en la persona titular de la
Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social de la Consejería de Empleo,
Formación y Trabajo Autónomo la competencia para convocar, mediante resolución, las
subvenciones reguladas en la misma.
Conforme a lo establecido en el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se
regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo,
se atribuyen a ésta, en su artículo 1.g) las competencias atribuidas a la Comunidad
Autónoma de Andalucía sobre el fomento y la promoción del trabajo autónomo y del
autoempleo. Esta competencia se ejercen a través de la Dirección General de Trabajo
Autónomo y Economía Social a quien le corresponde, de acuerdo con el artículo 9.2 del
citado decreto, entre otras, las competencias relativas a promover y gestionar incentivos
para la puesta en marcha y acompañamiento del trabajo autónomo y para la creación de
empleo estable por parte de las personas trabajadoras autónomas.
Este marco competencial, se configura como uno de los objetivos primordiales de la
Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social.
En virtud de lo anterior,

Primero. Convocatoria.
1. Se convoca para el año 2021, la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia no competitiva, de la medida de la Línea 1, denominada estabilización de
la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo, regulada en la Orden de
21 de septiembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa
de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de
trabajo autónomo.
2. El objeto de la misma es, estabilizar y fortalecer el empleo a través de las iniciativas
de trabajo autónomo, mediante subvenciones al inicio de actividades económicas de las
personas trabajadoras autónomas que son beneficiarias de la cuota reducida del Régimen
Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos,
regulada en los apartados 1, 2 y 4 del artículo 31 y en los apartados 1 y 2 del artículo 32
de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, distinguiendo los
colectivos de personas, indicados en las siguientes medidas:
a) Estabilización de la iniciativa emprendedora para mujeres trabajadoras autónomas
menores de 35 años.
b) Estabilización de la iniciativa emprendedora para hombres trabajadores autónomos
menores de 30 años.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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