3. Otras disposiciones. . (2021/71-16)
Resolución de 9 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se modifica el anexo de la Resolución de 22 de diciembre de 2020, por la que se publica la relación de fiestas locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Viernes, 16 de abril de 2021
página 229

3. Otras disposiciones
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

El artículo 37.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado
por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, dispone que las fiestas laborales,
que tendrán carácter retribuido y no recuperable, no podrán exceder de catorce al año, de
las cuales dos serán locales.
En el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de
la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos, quedan establecidas las fiestas
laborales de ámbito nacional, de carácter retribuido y no recuperable.
En el artículo 46 del mencionado real decreto se determina que serán también
inhábiles para el trabajo retribuidos y no recuperables, hasta dos días de cada año natural
con carácter de fiestas locales que por tradición le sean propias en cada municipio,
determinándose por la autoridad laboral competente –a propuesta del Pleno del
Ayuntamiento correspondiente–, y publicándose en el correspondiente Boletín Oficial de
la Comunidad Autónoma.
Por Decreto 104/2020, de 21 de julio, publicado el día 27 de julio de 2020 en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se determina el calendario de fiestas laborales
de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, indicando en su artículo 3
que la propuesta de cada municipio de hasta dos fiestas locales se realizará ante esta
Consejería, en el plazo de dos meses a contar desde día siguiente al de la publicación del
Decreto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
De este modo la Resolución de 22 de diciembre de 2020 (BOJA núm. 250, de 30 de
diciembre de 2020), por la que se publica la relación de fiestas locales de los municipios
de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, recoge en su anexo la relación
de fiestas acordadas por el Pleno de los Ayuntamientos u órgano competente por expresa
delegación del Pleno, que constaban comunicadas hasta la fecha a la Autoridad Laboral.
No obstante, la crisis provocada por el COVID-19 y la declaración del estado de alarma
mediante el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado
de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2
(actualmente prorrogado), que limita la permanencia de personas en espacios públicos y
privados (artículo 7) hace imposible que se puedan organizar los actos de celebración de
las festividades inicialmente fijadas por muchos municipios, lo que ha sido comunicado a
este centro directivo por las entidades locales referidas en la presente resolución.
En la presente resolución, que complementa la anterior de 22 de diciembre de 2020,
se han incluido los festivos locales establecidos por los acuerdos municipales, recibidos
en este centro directivo en el periodo transcurrido entre el 22 de diciembre de 2020 y la
remisión de la presente al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su publicación.
Conforme con lo establecido en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases del Régimen Local, según el cual «el Alcalde es el Presidente
de la Corporación y ostenta las siguientes atribuciones: (…) k) El ejercicio de las
acciones judiciales y administrativas y la defensa del ayuntamiento en las materias de su
competencia, incluso cuando las hubiere delegado en otro órgano, y, en caso de urgencia,
en materias de la competencia del Pleno, en este supuesto dando cuenta al mismo en la
primera sesión que celebre para su ratificación», se han atendido las comunicaciones
remitidas por las Corporaciones Locales, tanto las relativas a los acuerdos adoptados
tanto por el Pleno como, en su caso, por la Alcaldía de la entidad local, entendiendo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00190100

Resolución de 9 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar
Laboral, por la que se modifica el anexo de la Resolución de 22 de diciembre de
2020, por la que se publica la relación de fiestas locales de los municipios de la
Comunidad Autónoma de Andalucía para 2021.