3. Otras disposiciones. . (2021/71-19)
Resolución de 8 de abril de 2021, de la Agencia Andaluza del Conocimiento, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Ciencia e Innovación, la Agencia Andaluza del Conocimiento y el Ayuntamiento de Málaga para la organización del Foro Transfiere 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Viernes, 16 de abril de 2021
página 270

iv. Promover la presencia en Retos Tecnológicos y en los Procesos de Compra
Pública de Innovación.
c. Comisión de Comunicación y Divulgación:
i. Colaborar en la estrategia de comunicación y marketing de Transfiere.
ii. Mejorar la captación de participantes mediante la selección y puesta en
contacto con medios de comunicación especializados, comunidad online, ámbito
internacional.
iii. Contribuir a la consolidación del Premio de Periodismo.
iv. Coordinar las Jornadas de la Asociación Española de Comunicación Científica.
d. Comisión de Inversores:
i. Colaborar en la configuración y puesta en marcha de contenidos, temáticas
y selección de ponentes en materia de inversión: proyectos, convocatorias,
programas, actividades paralelas… de interés para el participante de Transfiere.
ii. Colaborar en la selección y puesta en contacto al máximo nivel: grupos de
inversión de referencia en innovación tanto nacionales como internacionales.
iii. Promover el lanzamiento de rondas de inversión con presencia de compradores
en el Foro.
e. Jurado Premio Periodismo:
i. Revisión y supervisión de las bases.
ii. Selección y evaluación de los trabajos recibidos.
iii. Fallo del premio.
iv. Dinamización del Premio, convocatoria y premiados, entre sus colectivos de
interés.
5. Las Comisiones de trabajo abordarán objetivos e indicadores, que serán fijados por
la Comisión de Seguimiento, de acuerdo a los objetivos estratégicos del Foro.
6. Estas Comisiones reportarán el resultado de sus trabajos a la Comisión de
Seguimiento, con antelación suficiente para su análisis y aprobación por dicha Comisión.

Novena. Extinción del Convenio.
Serán causa de resolución del presente Convenio:
a) El transcurso del plazo de vigencia del Convenio sin haberse acordado la prórroga
del mismo.
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno
de los firmantes.
En este caso, cualquiera de las partes no incumplidoras podrá, de conformidad
con lo previsto en el artículo 51.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que
cumpla en un determinado plazo, que se determine con la Comisión de Seguimiento,
con las obligaciones o compromisos pendientes o incumplidos. Este requerimiento será
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00190099

Octava. Eficacia del Convenio y publicidad.
El presente Convenio producirá efectos una vez inscrito en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, y publicado
en el Boletín Oficial del Estado.
Sus efectos se extenderán durante un año, pudiendo prorrogarse antes de su
finalización, por periodos de igual duración, hasta un máximo de 4 años, mediante
acuerdo unánime de los firmantes atendiendo a lo establecido en el artículo 49.h) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Se deberá constatar la colaboración de los firmantes en todas las actividades
editoriales, informativas y promocionales en relación con las actuaciones contempladas
en este Convenio, insertando el logo que se facilite al efecto.