Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/70-10)
Resolución de 5 de abril de 2021, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de méritos para la cobertura de cargo intermedio de Jefe/a de Sección Facultativo de Neurocirugía en el Hospital Universitario Virgen Macarena.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 70 - Jueves, 15 de abril de 2021
página 245

SOLICITA: Ser admitido a dicha convocatoria, para lo cual aporta la siguiente
documentación (enumerar):
Fecha y firma
SR.A. DIRECTOR/A GERENTE DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO VIRGEN MACARENA
ANEXO II

1. Méritos profesionales (máximo 60 puntos).
1.1. Méritos asistenciales (máximo 40 puntos).
1.1.1. Dirección de Unidades de Gestión Clínica (UGC), Jefatura de Servicio, Jefatura
de Sección, Jefatura de Bloque, Coordinador de Cuidados y Supervisor de Enfermería,
mediante concurso público y habiendo superado las evaluaciones periódicas, todo ello
acreditado por la Dirección Gerencia del centro correspondiente: 2 puntos por año en el
caso de los Directores de UGC, Jefes de Servicio y Jefes de Bloque, hasta un máximo
de 10 puntos, y 1 punto por año en el caso de los Jefes de Sección, Coordinadores de
Cuidados y Supervisores de Enfermería, hasta un máximo de 5 puntos.
1.1.2. Acreditación profesional por agencias oficiales, como la Agencia de Calidad
Sanitaria de Andalucía (ACSA), hasta un máximo de 10 puntos: nivel avanzado 5 puntos,
nivel experto 7,5 puntos y nivel excelente 10 puntos. La puntuación se adaptará, por la
Comisión de Selección, si es un sistema de acreditación diferente al de la ACSA.
1.1.3. Cumplimiento de los objetivos individuales en la UGC o el Servicio en el que ha
desarrollado su trabajo: a) 0,5 puntos por año si el cumplimiento está entre 60% y 80%,
hasta un máximo de 5 puntos; y b) 2 puntos por año si el cumplimiento es superior al
80%, hasta un máximo de 10 puntos. Se contabilizará a partir de los acuerdos de gestión
de los últimos 5 años.
1.1.4. Cumplimiento de los objetivos globales de la UGC o del Servicio en el que ha
desarrollado su trabajo, una vez aplicado el factor de corrección: a) 0,5 puntos por año si
el cumplimiento está entre 60% y 80%, hasta un máximo de 2,5 puntos; y b) 1 punto por
año si el cumplimiento es superior al 80%, hasta un máximo de 5 puntos. Se contabilizará
a partir de los acuerdos de gestión de los últimos 5 años.
1.1.5. Innovaciones significativas en la organización asistencial, en el diseño y ejecución
de programas de calidad, incluyendo los cuidados basados en la evidencia (Instituto
Joanna Briggs y similares), procesos asistenciales, o en el uso de recursos asistenciales,
iniciadas o mantenidas en los últimos diez años, con resultados contrastados, según
informe del Director de la Unidad de Gestión Clínica (UGC), o en su defecto del Jefe de
Servicio y o del Jefe de Bloque correspondiente, y con el aval de la Dirección Asistencial
del Centro Sanitario, mediante informe razonado que acredite los cambios propuestos e
implantados por el candidato. Estos deben haber tenido un efecto constatable en la mejora
de la calidad asistencial, en la eficiencia del uso de los recursos y/o en los resultados de
salud obtenidos. En todo caso, tendrán que haber supuesto, en su conjunto, una mejora
sustancial sobre la situación de origen. A juicio del tribunal, y en relación con el cargo al
que se opta, este ítem será valorado desde 0 a 10 puntos.
1.1.6. Dirección Asistencial, Subdirecciones Asistenciales y Direcciones de Planes
Integrales y/o Estratégicos, a través de nombramiento o concurso público, habiendo
alcanzado los objetivos planteados, todo ello acreditado por la Dirección Gerencia del
centro correspondiente o del responsable superior en la Consejería de Salud o el Servicios
Andaluz de Salud: 2 puntos por año, hasta un máximo de 10 puntos.
1.1.7. Por formar parte de las distintas Comisiones de Calidad Asistencial constituidas
en centros sanitarios: 0,25 puntos por cada año, hasta un máximo de 2,5 puntos. La
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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