3. Otras disposiciones. . (2021/66-18)
Resolución de 29 de marzo de 2021, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se acuerda la avocación de las funciones de instrucción, control y propuesta de resolución provisional y definitiva del Grupo de Desarrollo Rural de la Sierra de Aracena y Picos de Aroche en relación con un expediente de subvención de la línea de ayuda 8. «Acciones de promoción de productos o servicios no agrarios, alimentarios o forestales» de la convocatoria 2018.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 66 - Viernes, 9 de abril de 2021
página 185
La delegación en materia de controles administrativos se efectúa finalmente mediante
Resolución de 15 de diciembre de 2017, de la Dirección General de Desarrollo Sostenible
del Medio Rural, por la que se delegan funciones en materia de controles administrativos
en los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía para la ejecución del Programa de
Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, con cargo al Fondo Europeo Agrícola de
Desarrollo Rural (FEADER).
Tras la convocatoria por Resolución de 2 de noviembre de 2018, de la Dirección
General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, por la que se convocan las ayudas
previstas en la Orden de 23 noviembre de 2017, al Grupo de Desarrollo Rural «de la Sierra
Aracena y Picos de Aroche» le compete la instrucción, control y propuesta de resolución
provisional y definitiva, entre otras, de la línea de ayuda siguiente:
8. Linea de ayudas a acciones de promoción de productos o servicios no agrarios,
alimentarios o forestales (OG1PP1).
En la referida línea de ayuda figura como entidad solicitante:
Expediente núm.: 2018/HU05/OG1PP1/010.
Titular: Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Jabugo.
DNI/NIF: Q2171003C.
Línea de ayuda: OG1PP1.
En relación con el expediente anteriormente identificado se plantea un conflicto de
intereses en todas las personas integrantes del equipo técnico encargado de efectuar la
instrucción y evaluación del mismo, así como de la Junta Directiva, que ha determinado
su abstención, de acuerdo con el artículo 57 del Reglamento (UE, Euratom) núm.
966/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2012 sobre las
normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga
el Reglamento (UE, Euratom) núm. 1605/2002 del Consejo, y con el artículo 23 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Dada la imposibilidad
de que el equipo técnico y la Junta Directiva del Grupo de Desarrollo Rural de la Sierra
de Aracena y Picos de Aroche puedan realizar sus funciones, procede la avocación de la
funciones delegadas en relación con la instrucción, evaluación y controles administrativos
de dicho expediente.
En consecuencia, de conformidad con los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y los artículos 101, 102 y 103 de la Ley
9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
R ES U ELVO
Segundo. La presente disposición surtirá efectos a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 29 de marzo de 2021.- La Directora General, Carmen Cristina de Toro Navero.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189709
Primero. Avocar las funciones que, de conformidad con la Orden de 23 de noviembre de
2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas previstas
en las Estrategias de Desarrollo Local Leader en el marco de la submedida 19.2 del Programa
de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y con la Resolución de 15 de diciembre de
2017 de delegación de funciones, corresponde al Grupo de Desarrollo Rural de la Sierra de
Aracena y Picos de Aroche en la instrucción, control y propuesta de resolución provisional
y definitiva del expediente de subvención 2018/HU05/OG1PP1/010 perteneciente a la línea
de ayuda 8. «Acciones de promoción de productos o servicios no agrarios, alimentarios o
forestales», convocada por Resolución de 2 de noviembre de 2018.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 66 - Viernes, 9 de abril de 2021
página 185
La delegación en materia de controles administrativos se efectúa finalmente mediante
Resolución de 15 de diciembre de 2017, de la Dirección General de Desarrollo Sostenible
del Medio Rural, por la que se delegan funciones en materia de controles administrativos
en los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía para la ejecución del Programa de
Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, con cargo al Fondo Europeo Agrícola de
Desarrollo Rural (FEADER).
Tras la convocatoria por Resolución de 2 de noviembre de 2018, de la Dirección
General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, por la que se convocan las ayudas
previstas en la Orden de 23 noviembre de 2017, al Grupo de Desarrollo Rural «de la Sierra
Aracena y Picos de Aroche» le compete la instrucción, control y propuesta de resolución
provisional y definitiva, entre otras, de la línea de ayuda siguiente:
8. Linea de ayudas a acciones de promoción de productos o servicios no agrarios,
alimentarios o forestales (OG1PP1).
En la referida línea de ayuda figura como entidad solicitante:
Expediente núm.: 2018/HU05/OG1PP1/010.
Titular: Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Jabugo.
DNI/NIF: Q2171003C.
Línea de ayuda: OG1PP1.
En relación con el expediente anteriormente identificado se plantea un conflicto de
intereses en todas las personas integrantes del equipo técnico encargado de efectuar la
instrucción y evaluación del mismo, así como de la Junta Directiva, que ha determinado
su abstención, de acuerdo con el artículo 57 del Reglamento (UE, Euratom) núm.
966/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2012 sobre las
normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga
el Reglamento (UE, Euratom) núm. 1605/2002 del Consejo, y con el artículo 23 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Dada la imposibilidad
de que el equipo técnico y la Junta Directiva del Grupo de Desarrollo Rural de la Sierra
de Aracena y Picos de Aroche puedan realizar sus funciones, procede la avocación de la
funciones delegadas en relación con la instrucción, evaluación y controles administrativos
de dicho expediente.
En consecuencia, de conformidad con los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y los artículos 101, 102 y 103 de la Ley
9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
R ES U ELVO
Segundo. La presente disposición surtirá efectos a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 29 de marzo de 2021.- La Directora General, Carmen Cristina de Toro Navero.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189709
Primero. Avocar las funciones que, de conformidad con la Orden de 23 de noviembre de
2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas previstas
en las Estrategias de Desarrollo Local Leader en el marco de la submedida 19.2 del Programa
de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y con la Resolución de 15 de diciembre de
2017 de delegación de funciones, corresponde al Grupo de Desarrollo Rural de la Sierra de
Aracena y Picos de Aroche en la instrucción, control y propuesta de resolución provisional
y definitiva del expediente de subvención 2018/HU05/OG1PP1/010 perteneciente a la línea
de ayuda 8. «Acciones de promoción de productos o servicios no agrarios, alimentarios o
forestales», convocada por Resolución de 2 de noviembre de 2018.