3. Otras disposiciones. . (2021/64-12)
Resolución de 29 de marzo de 2021, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se ordena la publicación del formulario normalizado de solicitud de inscripción en el Registro de primeros compradores de leche, ubicados en Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 64 - Miércoles, 7 de abril de 2021
página 125
3. Otras disposiciones
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca
y Desarrollo Sostenible
Resolución de 29 de marzo de 2021, de la Dirección General de Industrias,
Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se ordena la publicación del
formulario normalizado de solicitud de inscripción en el Registro de primeros
compradores de leche, ubicados en Andalucía.
El Real Decreto 319/2015, de 24 de abril, sobre declaraciones obligatorias a efectuar por
primeros compradores y productores de leche y productos lácteos de vaca, oveja y cabra,
crea en su artículo 3 el Sistema unificado de información del sector lácteo (INFOLAC) que
contiene el Registro de todos los primeros compradores que operan en el sector lácteo
en España.
El artículo 4.1 de la referida disposición establece que todos esos primeros
compradores han de estar inscritos en el mencionado registro y que la inscripción se
realizará por la autoridad competente de la comunidad autónoma en la que esté ubicada
la sede de la efectiva dirección del comprador.
Asimismo, el artículo 4.2 del Real Decreto 319/2015, de 24 de abril, dispone que
antes del inicio de la actividad se ha de presentar la solicitud de inscripción que contendrá
como mínimo los datos incluidos en su Anexo l, acompañada de la documentación que
relaciona.
Por su parte, el artículo 4.4 del mencionado real decreto manifiesta que las solicitudes
de inscripción, una vez completas, serán inscritas en este registro por la autoridad
competente de la comunidad autónoma respectiva.
Por el artículo 12.f) del Decreto 103/2019, de 12 de febrero, que establece la
estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible, esta Dirección General tiene atribuida, entre otras, la competencia sobre la
dirección y coordinación de la vigilancia e inspección de la cadena de valor, el fomento
de la normalización y tipificación en origen y la promoción de las relaciones contractuales
entre el sector transformador y productor.
Por todo lo anteriormente expuesto, y en uso de las atribuciones que tengo
conferidas,
R ES U ELVO
Publicar en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el formulario normalizado de
solicitud de inscripción en el Registro de primeros compradores de leche, ubicados en
Andalucía (Código procedimiento: 23734), adjunto a la presente resolución.
00189514
Sevilla, 29 de marzo de 2021.- La Directora General, Carmen Cristina de Toro Navero.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 64 - Miércoles, 7 de abril de 2021
página 125
3. Otras disposiciones
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca
y Desarrollo Sostenible
Resolución de 29 de marzo de 2021, de la Dirección General de Industrias,
Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se ordena la publicación del
formulario normalizado de solicitud de inscripción en el Registro de primeros
compradores de leche, ubicados en Andalucía.
El Real Decreto 319/2015, de 24 de abril, sobre declaraciones obligatorias a efectuar por
primeros compradores y productores de leche y productos lácteos de vaca, oveja y cabra,
crea en su artículo 3 el Sistema unificado de información del sector lácteo (INFOLAC) que
contiene el Registro de todos los primeros compradores que operan en el sector lácteo
en España.
El artículo 4.1 de la referida disposición establece que todos esos primeros
compradores han de estar inscritos en el mencionado registro y que la inscripción se
realizará por la autoridad competente de la comunidad autónoma en la que esté ubicada
la sede de la efectiva dirección del comprador.
Asimismo, el artículo 4.2 del Real Decreto 319/2015, de 24 de abril, dispone que
antes del inicio de la actividad se ha de presentar la solicitud de inscripción que contendrá
como mínimo los datos incluidos en su Anexo l, acompañada de la documentación que
relaciona.
Por su parte, el artículo 4.4 del mencionado real decreto manifiesta que las solicitudes
de inscripción, una vez completas, serán inscritas en este registro por la autoridad
competente de la comunidad autónoma respectiva.
Por el artículo 12.f) del Decreto 103/2019, de 12 de febrero, que establece la
estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible, esta Dirección General tiene atribuida, entre otras, la competencia sobre la
dirección y coordinación de la vigilancia e inspección de la cadena de valor, el fomento
de la normalización y tipificación en origen y la promoción de las relaciones contractuales
entre el sector transformador y productor.
Por todo lo anteriormente expuesto, y en uso de las atribuciones que tengo
conferidas,
R ES U ELVO
Publicar en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el formulario normalizado de
solicitud de inscripción en el Registro de primeros compradores de leche, ubicados en
Andalucía (Código procedimiento: 23734), adjunto a la presente resolución.
00189514
Sevilla, 29 de marzo de 2021.- La Directora General, Carmen Cristina de Toro Navero.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
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