Disposiciones generales. . (2021/62-2)
Orden de 25 de marzo de 2021, por la que se da publicidad al incremento de crédito disponible para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a programas para la atención, acogida e inserción social y laboral de menores extranjeros no acompañados, reguladas en la Orden de 25 de febrero de 2019, por la que se aprueban sus bases reguladoras, en el ámbito de las competencias de la Consejería.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Lunes, 5 de abril de 2021
página 52

1. Disposiciones generales
Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación
Orden de 25 de marzo de 2021, por la que se da publicidad al incremento
de crédito disponible para la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia no competitiva, destinadas a programas para la atención, acogida
e inserción social y laboral de menores extranjeros no acompañados, reguladas
en la Orden de 25 de febrero de 2019, por la que se aprueban sus bases
reguladoras, en el ámbito de las competencias de la Consejería.
Mediante Orden de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, de 4 de
diciembre de 2020 (BOJA núm. 239, publicado el lunes 14 de diciembre de 2020), se
convocó la concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas para la
atención, acogida e inserción social y laboral de menores extranjeros no acompañados en
régimen de concurrencia no competitiva, con la cuantía de 3.560.724,00 euros, con cargo
a la partida presupuestaria de gasto 1600010000/G/31E/48603/00, para la financiación de
actuaciones en los programas de recepción, atención y acogida ininterrumpida (RECEP),
programas de acogida y atención dirigidos al estudio y diagnóstico de la situación del
menor en nuestra comunidad (E/D) y programas dirigidos a la inserción social y laboral
(ISL) de menores extranjeros no acompañados, por un periodo de 92 días, conforme a la
tabla de necesidades señalada en la misma.
Al amparo de esta orden se concedieron 31 subvenciones para la financiación de un
total de 650 plazas por el periodo comprendido entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre
de 2020, con un coste de 3.560.724,00 euros con lo que se agotó la totalidad del crédito
disponible.
Para garantizar la continuidad de la atención de las personas menores que residen en
estos dispositivos y su financiación durante el periodo comprendido desde el 1 de enero
al 30 de septiembre de 2021 (ambos incluidos), con el presupuesto inicial correspondiente
a 2021 se procede a la ampliación del crédito disponible de la convocatoria, fijándose
dicho incremento en 10.496.640,00€ con cargo a la partida presupuestaria 1600010000
G/31E/48603/00 01.
En su virtud y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.e) del Decreto
282/2010, de 4 de mayo, y en el artículo 8.4 de la Orden de 25 de febrero de 2019, por la
que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a
programas para la atención, acogida e inserción social y laboral de menores extranjeros
no acompañados en régimen de concurrencia no competitiva,
DISPONGO
Único. Dar publicidad, con carácter previo a la resolución de concesión de las ayudas
y en los mismos medios que la convocatoria, al incremento de crédito disponible por
una cuantía adicional de 10.496.640,00 euros para la financiación de los programas de
atención a menores extranjeros no acompañados durante el periodo comprendido desde el
1 de enero al 30 de septiembre de 2021, imputándose el gasto exclusivamente al ejercicio
presupuestario 2021, con cargo a la partida presupuestaria 1600010000/G/31E/48603/00
y sin que tal publicidad lleve aparejada la apertura de un nuevo plazo de presentación de
solicitudes, ni de publicación de la resolución correspondiente.

ROCÍO RUIZ DOMÍNGUEZ

Consejera de Igualdad, Políticas Sociales
y Conciliación

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Sevilla, 25 de marzo de 2021