Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/60-9)
Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de Cuerpos Docentes Universitarios por turno libre.
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Número 60 - Martes, 30 de marzo de 2021
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Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores
en los términos en que esta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad
Europea.
También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros
Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho,
así como sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores
de edad dependientes. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares
de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación
forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario,
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal
laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de
otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público.
e) Poseer la titulación de Doctor.
2.2. Requisitos específicos: Los solicitantes deberán reunir los requisitos específicos
que a continuación se señalan:
a) Haber sido acreditado/a para el Cuerpo Docente de Profesor Titular de Universidad,
de acuerdo con lo que prevé el R.D 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la
acreditación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios,
en su actual redacción o estar habilitados/as conforme a lo establecido en el Real Decreto
774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el
acceso a cuerpos de funcionarios docentes universitarios y el régimen de los concurso de
acceso respectivos. Se entenderá que los habilitados/as para el cuerpo de Catedrático/a
de Escuela Universitaria lo están para el cuerpo de Profesores Titulares de Universidad.
b) Podrán presentarse, quienes sean funcionarios del cuerpo correspondiente o de
un cuerpo docente universitario de superior categoría, siempre que hayan transcurrido
como mínimo dos años desde que haya obtenido una plaza mediante concurso en otra
Universidad o los funcionarios de las escalas de investigadores científicos y científicos
titulares de organismos públicos de investigación del área de conocimiento a la que
corresponda la vacante, y que disponga de la acreditación necesaria.
c) Asímismo podrán presentarse los profesores de las universidades de los Estados
miembros de la Unión Europea que hayan alcanzado en aquellas una posición equivalente
a las de catedrático o profesor titular de universidad, siempre que estén en posesión de
la certificación de dicha posición realizada por la Agencia Nacional de Evaluación de la
Calidad y Acreditación.
La concurrencia de los requisitos generales y específicos deberá estar referida
siempre a una fecha anterior a la expiración del plazo fijado para solicitar la participación
en el concurso y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión. Para el caso de
los nacionales de otros Estados a los que es aplicable el derecho a la libre circulación
de los trabajadores, si en el proceso selectivo no resultara acreditado el conocimiento
del castellano, las respectivas Comisiones establecerán, en su caso, pruebas específicas
destinadas a verificar el cumplimiento de este requisito.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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