Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/59-12)
Resolución de 24 de marzo de 2021, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca a concurso de acceso plazas de cuerpos docentes universitarios destinada a personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el Certificado I3.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 59 - Lunes, 29 de marzo de 2021
página 134
la Instrucción 1/2020, del Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador, de 8 de
junio de 2020, por la que se publica el protocolo para la tramitación telemática en los
procedimientos de selección de plazas de Profesor Contratado Doctor y de concursos de
acceso a Cuerpos Docentes Universitarios, incluyendo las plazas vinculadas al Servicio
Andaluz de Salud (BOUCO de 9.6.20). En todo caso, para lo no contenido en dicha
Instrucción se estará a lo dispuesto por el Reglamento de concurso de acceso a Cuerpos
Docentes Universitarios, promociones internas y provisión de plazas docentes vacantes
en la Universidad de Córdoba, y por las bases de la presente convocatoria.
No obstante, en el caso de considerar necesaria la celebración de forma presencial,
podrá realizarse siempre que los espacios sean ocupados manteniendo la distancia de
seguridad establecida por las autoridades sanitarias (1,5 m) y/o las medidas de higiene
adecuadas para prevenir los riesgos de contagio, así como cualquier otra medida de
prevención contempladas en las órdenes que se dicten por la autoridad competente. Será
responsabilidad de la persona convocante el que se cumplan el conjunto de medidas
sanitarias establecidas.
Sexta. Comisiones Evaluadoras.
La composición de las Comisiones encargadas de resolver los concursos de acceso
es la que figura en el Anexo I de la presente convocatoria, cuyo nombramiento ha realizado
este Rectorado de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 6 de Real
Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, y en el artículo 25 de los Estatutos de la Universidad
de Córdoba. Los currículos de los miembros de las citadas Comisiones se encuentran
publicados en la página web de la Universidad de Córdoba:
El nombramiento como miembro de la Comisión es irrenunciable, salvo cuando
concurra causa justificada que impida su actuación como miembro de la misma. En este
caso, la apreciación de la causa alegada corresponderá a este Rectorado. Los miembros
de la Comisión deberán abstenerse de actuar cuando concurra causa justificada
de alguno de los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, los aspirantes
podrán recusar a los miembros de la Comisión, de conformidad con lo previsto en el
artículo 24 de la citada Ley 40/2015. Una vez resuelto el escrito de renuncia, abstención
o recusación que pudiera haberse presentado, los miembros afectados serán sustituidos
por sus respectivos suplentes. En el supuesto excepcional de que también en el miembro
suplente de que se trate concurriese alguna de las circunstancias de impedimento
citadas anteriormente, su sustitución se hará por orden correlativo de nombramiento
entre los miembros suplentes. Si tampoco fuera posible esta sustitución, el Rectorado
de la Universidad de Córdoba procederá al nombramiento de nuevo titular y suplente
conforme al procedimiento establecido en los Estatutos al objeto de cubrir la vacante
producida. Dentro del plazo máximo de dos meses, computado a partir del día siguiente a
la publicación de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al concurso, deberá
constituirse la Comisión. Para ello, el Presidente titular, previa consulta a los restantes
miembros de la misma, dictará una resolución que deberá ser notificada, con al menos
diez días hábiles de antelación, convocando a todos los miembros titulares de la Comisión
y, en su caso, a los suplentes necesarios, para proceder al acto formal de constitución de
la misma, fijando fecha, hora y lugar a tales efectos. De la recepción de dicha notificación
por parte de los interesados debe quedar copia en el expediente.
Asimismo, el Presidente procederá a dictar resolución que deberá ser notificada, con
al menos diez días hábiles de antelación, convocando a todos los candidatos admitidos
al concurso para el acto de presentación, fijando fecha, hora y lugar de celebración del
mismo. De la recepción de dicha notificación por parte de los interesados deberá quedar
constancia debidamente acreditada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189133
http://:www.uco.es/gestion/laboral/convocatorias-de-empleo/personal-docente-funcionario
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 59 - Lunes, 29 de marzo de 2021
página 134
la Instrucción 1/2020, del Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador, de 8 de
junio de 2020, por la que se publica el protocolo para la tramitación telemática en los
procedimientos de selección de plazas de Profesor Contratado Doctor y de concursos de
acceso a Cuerpos Docentes Universitarios, incluyendo las plazas vinculadas al Servicio
Andaluz de Salud (BOUCO de 9.6.20). En todo caso, para lo no contenido en dicha
Instrucción se estará a lo dispuesto por el Reglamento de concurso de acceso a Cuerpos
Docentes Universitarios, promociones internas y provisión de plazas docentes vacantes
en la Universidad de Córdoba, y por las bases de la presente convocatoria.
No obstante, en el caso de considerar necesaria la celebración de forma presencial,
podrá realizarse siempre que los espacios sean ocupados manteniendo la distancia de
seguridad establecida por las autoridades sanitarias (1,5 m) y/o las medidas de higiene
adecuadas para prevenir los riesgos de contagio, así como cualquier otra medida de
prevención contempladas en las órdenes que se dicten por la autoridad competente. Será
responsabilidad de la persona convocante el que se cumplan el conjunto de medidas
sanitarias establecidas.
Sexta. Comisiones Evaluadoras.
La composición de las Comisiones encargadas de resolver los concursos de acceso
es la que figura en el Anexo I de la presente convocatoria, cuyo nombramiento ha realizado
este Rectorado de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 6 de Real
Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, y en el artículo 25 de los Estatutos de la Universidad
de Córdoba. Los currículos de los miembros de las citadas Comisiones se encuentran
publicados en la página web de la Universidad de Córdoba:
El nombramiento como miembro de la Comisión es irrenunciable, salvo cuando
concurra causa justificada que impida su actuación como miembro de la misma. En este
caso, la apreciación de la causa alegada corresponderá a este Rectorado. Los miembros
de la Comisión deberán abstenerse de actuar cuando concurra causa justificada
de alguno de los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, los aspirantes
podrán recusar a los miembros de la Comisión, de conformidad con lo previsto en el
artículo 24 de la citada Ley 40/2015. Una vez resuelto el escrito de renuncia, abstención
o recusación que pudiera haberse presentado, los miembros afectados serán sustituidos
por sus respectivos suplentes. En el supuesto excepcional de que también en el miembro
suplente de que se trate concurriese alguna de las circunstancias de impedimento
citadas anteriormente, su sustitución se hará por orden correlativo de nombramiento
entre los miembros suplentes. Si tampoco fuera posible esta sustitución, el Rectorado
de la Universidad de Córdoba procederá al nombramiento de nuevo titular y suplente
conforme al procedimiento establecido en los Estatutos al objeto de cubrir la vacante
producida. Dentro del plazo máximo de dos meses, computado a partir del día siguiente a
la publicación de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos al concurso, deberá
constituirse la Comisión. Para ello, el Presidente titular, previa consulta a los restantes
miembros de la misma, dictará una resolución que deberá ser notificada, con al menos
diez días hábiles de antelación, convocando a todos los miembros titulares de la Comisión
y, en su caso, a los suplentes necesarios, para proceder al acto formal de constitución de
la misma, fijando fecha, hora y lugar a tales efectos. De la recepción de dicha notificación
por parte de los interesados debe quedar copia en el expediente.
Asimismo, el Presidente procederá a dictar resolución que deberá ser notificada, con
al menos diez días hábiles de antelación, convocando a todos los candidatos admitidos
al concurso para el acto de presentación, fijando fecha, hora y lugar de celebración del
mismo. De la recepción de dicha notificación por parte de los interesados deberá quedar
constancia debidamente acreditada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189133
http://:www.uco.es/gestion/laboral/convocatorias-de-empleo/personal-docente-funcionario