Autoridades y personal Nombramientos, situaciones e incidencias. . (2021/59-4)
Resolución de 16 de marzo de 2021, de la Secretaría General para la Justicia, por la que se nombran Registradores y Registradoras de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, para ocupar plaza en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 59 - Lunes, 29 de marzo de 2021
página 89
2. Autoridades y personal
2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias
Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia
y Administración Local
Resolución de 16 de marzo de 2021, de la Secretaría General para la Justicia, por
la que se nombran Registradores y Registradoras de la Propiedad, Mercantiles
y de Bienes Muebles, para ocupar plaza en el territorio de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
Por Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 4 de marzo
de 2021 (BOE núm. 60, de 11 de marzo de 2021) se resuelve el concurso ordinario núm. 308
para la provisión de Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles vacantes,
convocado por Resolución de 27 de enero de 2021 (BOE núm. 29, de 3 de febrero de
2021), y se dispone su comunicación a las Comunidades Autónomas al objeto de que, por
el órgano competente de las mismas, se proceda al nombramiento de los Registradores
de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles que deban ocupar plazas situadas
en el territorio de la Comunidad Autónoma respectiva y ordenen su publicación en sus
respectivos boletines oficiales.
La competencia para el nombramiento de las personas titulares de los Registros de la
Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles corresponde, de conformidad con lo previsto
en el artículo 8.1.d) del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración
Local, a la Secretaría General para la Justicia.
En su virtud, considerando lo dispuesto en los artículos 513 y siguientes del Reglamento
Hipotecario y de acuerdo con las facultades atribuidas, esta Secretaría General para la
Justicia resuelve:
Primero. Nombrar a los Registradores y Registradoras de la Propiedad, Mercantiles y
de Bienes Muebles, que en anexo se relacionan, para ocupar plaza en esta Comunidad
Autónoma.
Segundo. Trasladar los nombramientos a las personas interesadas, al Presidente del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y a la Dirección General de Seguridad Jurídica
y Fe Pública del Ministerio de Justicia.
Tercero. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
Sevilla, 16 de marzo de 2021.- La Secretaria General, María José Torres Cuéllar.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189149
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Turismo, Regeneración,
Justicia y Administración Local, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al
de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 115 de la Ley 9/2007,
de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y artículos 121 y 122
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 59 - Lunes, 29 de marzo de 2021
página 89
2. Autoridades y personal
2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias
Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia
y Administración Local
Resolución de 16 de marzo de 2021, de la Secretaría General para la Justicia, por
la que se nombran Registradores y Registradoras de la Propiedad, Mercantiles
y de Bienes Muebles, para ocupar plaza en el territorio de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
Por Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 4 de marzo
de 2021 (BOE núm. 60, de 11 de marzo de 2021) se resuelve el concurso ordinario núm. 308
para la provisión de Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles vacantes,
convocado por Resolución de 27 de enero de 2021 (BOE núm. 29, de 3 de febrero de
2021), y se dispone su comunicación a las Comunidades Autónomas al objeto de que, por
el órgano competente de las mismas, se proceda al nombramiento de los Registradores
de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles que deban ocupar plazas situadas
en el territorio de la Comunidad Autónoma respectiva y ordenen su publicación en sus
respectivos boletines oficiales.
La competencia para el nombramiento de las personas titulares de los Registros de la
Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles corresponde, de conformidad con lo previsto
en el artículo 8.1.d) del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración
Local, a la Secretaría General para la Justicia.
En su virtud, considerando lo dispuesto en los artículos 513 y siguientes del Reglamento
Hipotecario y de acuerdo con las facultades atribuidas, esta Secretaría General para la
Justicia resuelve:
Primero. Nombrar a los Registradores y Registradoras de la Propiedad, Mercantiles y
de Bienes Muebles, que en anexo se relacionan, para ocupar plaza en esta Comunidad
Autónoma.
Segundo. Trasladar los nombramientos a las personas interesadas, al Presidente del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y a la Dirección General de Seguridad Jurídica
y Fe Pública del Ministerio de Justicia.
Tercero. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
Sevilla, 16 de marzo de 2021.- La Secretaria General, María José Torres Cuéllar.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189149
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Turismo, Regeneración,
Justicia y Administración Local, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al
de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 115 de la Ley 9/2007,
de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y artículos 121 y 122
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.