4. Administración de justicia. . (2021/59-22)
Edicto de 25 de enero de 2021, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Cinco de El Ejido, dimanante de autos núm. 302/2018.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 59 - Lunes, 29 de marzo de 2021
página 449
4. Administración de Justicia
Juzgados de Primera Instancia e Instrucción
Edicto de 25 de enero de 2021, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
núm. Cinco de El Ejido, dimanante de autos núm. 302/2018.
NIG: 0490242C20140003649.
Procedimiento: Familia. Modificación medidas supuesto contencioso 302/2018. Negociado: C2.
Procedimiento origen: Derecho de Familia: otras cuestiones.
De: Doña Irina Paradeeva.
Procuradora: Sra. María del Mar López Leal.
Letrado: Sr. Andrés Camacho García.
Contra: Don Viorel Zeldea.
EDICTO
En el presente procedimiento Familia. Modificación medidas supuesto contencioso
302/2018 seguido a instancia de Irina Paradeeva frente a Viorel Zeldea se ha dictado
sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:
SENTENCIA NÚM. 8/2021
En El Ejido, a 21 de enero de 2021.
En nombre de S.M. el Rey, pronuncia doña Eva María Campos Ruiz, Magistrada-Juez
de Adscripción Territorial de Almería y su Provincia del Juzgado de Primera Instancia e
Instrucción numero cinco de El Ejido (UPAD 5) (Almería) y su partido, en los autos sobre
modificación de medidas definitivas, seguidos en este Juzgado con el número 302/2018,
instados por doña Irina Paradeeva representada procesalmente por la Procuradora de los
Tribunales Sra. M.ª del Mar López Leal, asistida de Letrada doña M.ª Isabel Caracuel Ruiz
en sustitución de don Andrés Camacho García, frente a don Viorel Zeldea declarado en
situación personal en rebeldía procesal, con intervención del Ministerio Fiscal, en los que
ha recaído la presente resolución con los siguientes:
Que estimando íntegramente la demanda de modificación de medidas formulada por
la Procuradora de los Tribunales doña M.ª del Mar López Leal, en nombre y representación
procesal de doña Irina Paradeeva contra, don Viorel Zeldea (en situación de rebeldía
procesal), debo declarar y declaro la modificación de la medidas definitivas acordadas
en Sentencia de fecha 16 de marzo de 2016 recaída en el procedimiento de regulación
de relaciones paterno-filiares de hijo no matrimonial núm. 747/2014 de este Juzgado, y
ello por variación sustancial de las circunstancias tenidas en cuenta al decretarla, declaro
la privación de la patria potestad y la supresión del régimen de visitas con respecto al
demandado, sin perjuicio de que en beneficio e interés del hijo se acuerde la recuperación
de dicha patria potestad en el caso de que se acredite que hubiese cesado la causa que
motivó la privación. Manteniendo el resto de las medidas que se acordaron en la sentencia
de fecha 16 de marzo de 2016 recaída en el procedimiento de regulación de relaciones
paterno-filiares de hijo no matrimonial núm. 747/2014 de este Juzgado.
Sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas procesales ocasionadas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189086
PARTE DISPOSITIVA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 59 - Lunes, 29 de marzo de 2021
página 449
4. Administración de Justicia
Juzgados de Primera Instancia e Instrucción
Edicto de 25 de enero de 2021, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
núm. Cinco de El Ejido, dimanante de autos núm. 302/2018.
NIG: 0490242C20140003649.
Procedimiento: Familia. Modificación medidas supuesto contencioso 302/2018. Negociado: C2.
Procedimiento origen: Derecho de Familia: otras cuestiones.
De: Doña Irina Paradeeva.
Procuradora: Sra. María del Mar López Leal.
Letrado: Sr. Andrés Camacho García.
Contra: Don Viorel Zeldea.
EDICTO
En el presente procedimiento Familia. Modificación medidas supuesto contencioso
302/2018 seguido a instancia de Irina Paradeeva frente a Viorel Zeldea se ha dictado
sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:
SENTENCIA NÚM. 8/2021
En El Ejido, a 21 de enero de 2021.
En nombre de S.M. el Rey, pronuncia doña Eva María Campos Ruiz, Magistrada-Juez
de Adscripción Territorial de Almería y su Provincia del Juzgado de Primera Instancia e
Instrucción numero cinco de El Ejido (UPAD 5) (Almería) y su partido, en los autos sobre
modificación de medidas definitivas, seguidos en este Juzgado con el número 302/2018,
instados por doña Irina Paradeeva representada procesalmente por la Procuradora de los
Tribunales Sra. M.ª del Mar López Leal, asistida de Letrada doña M.ª Isabel Caracuel Ruiz
en sustitución de don Andrés Camacho García, frente a don Viorel Zeldea declarado en
situación personal en rebeldía procesal, con intervención del Ministerio Fiscal, en los que
ha recaído la presente resolución con los siguientes:
Que estimando íntegramente la demanda de modificación de medidas formulada por
la Procuradora de los Tribunales doña M.ª del Mar López Leal, en nombre y representación
procesal de doña Irina Paradeeva contra, don Viorel Zeldea (en situación de rebeldía
procesal), debo declarar y declaro la modificación de la medidas definitivas acordadas
en Sentencia de fecha 16 de marzo de 2016 recaída en el procedimiento de regulación
de relaciones paterno-filiares de hijo no matrimonial núm. 747/2014 de este Juzgado, y
ello por variación sustancial de las circunstancias tenidas en cuenta al decretarla, declaro
la privación de la patria potestad y la supresión del régimen de visitas con respecto al
demandado, sin perjuicio de que en beneficio e interés del hijo se acuerde la recuperación
de dicha patria potestad en el caso de que se acredite que hubiese cesado la causa que
motivó la privación. Manteniendo el resto de las medidas que se acordaron en la sentencia
de fecha 16 de marzo de 2016 recaída en el procedimiento de regulación de relaciones
paterno-filiares de hijo no matrimonial núm. 747/2014 de este Juzgado.
Sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas procesales ocasionadas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00189086
PARTE DISPOSITIVA