Disposiciones generales. . (2021/58-6)
Resolución de 22 de marzo de 2021, de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental, complementaria de la Resolución de 25 de mayo de 2020, por la que se convocan para el año 2020, las ayudas previstas en la Orden de 13 diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación-restauración e inventario de bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 58 - Viernes, 26 de marzo de 2021
página 213
(Página 4 de 5)
ANEXO VIII
INSTRUCCIONES RELATIVAS A LA CUMPLIMENTACIÓN DEL PRESENTE FORMULARIO:
1. DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE Y DE LA PERSONA REPRESENTANTE
Será necesario cumplimentar los datos identificativos de la entidad solicitante que aquí se requieren.
Los datos relativos a la persona representante serán también de cumplimentación obligatoria.
2. NOTIFICACIÓN
Los datos de correo electrónico y, opcionalmente, el número de teléfono móvil que nos proporciona, son necesarios para poder efectuar
el aviso de puesta a disposición de la notificación electrónica. Esta notificación se efectuará en cualquier caso, independientemente de
que se hayan cumplimentado estos datos. En el caso de que desee modificarlos deberá dirigirse al órgano gestor del procedimiento.
3. DECLARACIONES
Deberá marcar aquellas declaraciones que correspondan con su situación concreta.
4. DOCUMENTACIÓN
Marque tan solo la documentación que aporte efectivamente.
Los campos relativos a los documentos en poder de la Administración de la Junta de Andalucía o de otras Administraciones, solo
procederá cumplimentarlos cuando ejerza su derecho a no presentar la documentación referida. En estos casos deberá aportar toda la
información que se le solicita.
5. DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA DEL GASTO Y DEL PAGO
(1) - Linea 1: En el caso de las actuaciones relativas a la redacción del Proyecto de Conservación, informe técnico y/o Memoria final, el
importe justificado incluirá la base imponible y el IVA.
En el caso de las actuaciones relativas a la conservación-restauración del bien el importe justificado incluirá el presupuesto de ejecución
material, los gastos generales, el beneficio industrial y el IVA.
- Línea 2: En el caso de las actuaciones relativas a la redacción del informe técnico y/o Memoria final, el importe justificado incluirá
la base imponible y el IVA.
(2) La información a facilitar en relación con los documentos de gasto es la siguiente:
003300W
Tipo: identifica el documento de gasto (factura, certificación, nómina, otros) Núm.: número del documento de gasto (Factura, etc)
Fecha documento de gasto: será la fecha de emisión del documento de gasto (Factura, etc) en formato dd/mm/aaaa, donde dd es el
ordinal correspondiente al día, mm al mes y aaaa al año. NIF Emisor: NIF de la entidad/persona emisora del documento de gasto
(Factura, etc) en el formato NNNNNNNL, donde N contiene los números que componen el NIF y L la letra, sin espacios en blanco,
guiones o puntos entre ellos.
(3) Tipo Impositivo: deberá indicarse el tipo impositivo aplicable al documento de gasto (Factura, etc). En el supuesto de IVA se
deberá indicar si este es recuperable para el beneficiario con la nomenclatura IVA (R) o si, por el contrario, no es recuperable IVA (NR).
Importe total: será la cuantía total por la que se ha emitido el documento de gasto (Factura, etc), con dos decimales.
(4) % Importe Imputado: Porcentaje que representa los gastos subvencionables sobre el importe total del documento del gasto. De la
cuantía que figura en dicho documento se deberá descontar todos los gastos no subvencionables que estén incluidos en la misma. en el
supuesto de que el IVA o los impuestos de naturaleza similar sean recuperables conforme a la normativa nacional, deberá descontarse
su importe, al no tener la consideración de gasto subvencionable.
00188982
(5) Cuantía imputada: Resultado de aplicar al importe total el porcentaje del importe imputado. Campo de cálculo automático.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 58 - Viernes, 26 de marzo de 2021
página 213
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ANEXO VIII
INSTRUCCIONES RELATIVAS A LA CUMPLIMENTACIÓN DEL PRESENTE FORMULARIO:
1. DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE Y DE LA PERSONA REPRESENTANTE
Será necesario cumplimentar los datos identificativos de la entidad solicitante que aquí se requieren.
Los datos relativos a la persona representante serán también de cumplimentación obligatoria.
2. NOTIFICACIÓN
Los datos de correo electrónico y, opcionalmente, el número de teléfono móvil que nos proporciona, son necesarios para poder efectuar
el aviso de puesta a disposición de la notificación electrónica. Esta notificación se efectuará en cualquier caso, independientemente de
que se hayan cumplimentado estos datos. En el caso de que desee modificarlos deberá dirigirse al órgano gestor del procedimiento.
3. DECLARACIONES
Deberá marcar aquellas declaraciones que correspondan con su situación concreta.
4. DOCUMENTACIÓN
Marque tan solo la documentación que aporte efectivamente.
Los campos relativos a los documentos en poder de la Administración de la Junta de Andalucía o de otras Administraciones, solo
procederá cumplimentarlos cuando ejerza su derecho a no presentar la documentación referida. En estos casos deberá aportar toda la
información que se le solicita.
5. DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA DEL GASTO Y DEL PAGO
(1) - Linea 1: En el caso de las actuaciones relativas a la redacción del Proyecto de Conservación, informe técnico y/o Memoria final, el
importe justificado incluirá la base imponible y el IVA.
En el caso de las actuaciones relativas a la conservación-restauración del bien el importe justificado incluirá el presupuesto de ejecución
material, los gastos generales, el beneficio industrial y el IVA.
- Línea 2: En el caso de las actuaciones relativas a la redacción del informe técnico y/o Memoria final, el importe justificado incluirá
la base imponible y el IVA.
(2) La información a facilitar en relación con los documentos de gasto es la siguiente:
003300W
Tipo: identifica el documento de gasto (factura, certificación, nómina, otros) Núm.: número del documento de gasto (Factura, etc)
Fecha documento de gasto: será la fecha de emisión del documento de gasto (Factura, etc) en formato dd/mm/aaaa, donde dd es el
ordinal correspondiente al día, mm al mes y aaaa al año. NIF Emisor: NIF de la entidad/persona emisora del documento de gasto
(Factura, etc) en el formato NNNNNNNL, donde N contiene los números que componen el NIF y L la letra, sin espacios en blanco,
guiones o puntos entre ellos.
(3) Tipo Impositivo: deberá indicarse el tipo impositivo aplicable al documento de gasto (Factura, etc). En el supuesto de IVA se
deberá indicar si este es recuperable para el beneficiario con la nomenclatura IVA (R) o si, por el contrario, no es recuperable IVA (NR).
Importe total: será la cuantía total por la que se ha emitido el documento de gasto (Factura, etc), con dos decimales.
(4) % Importe Imputado: Porcentaje que representa los gastos subvencionables sobre el importe total del documento del gasto. De la
cuantía que figura en dicho documento se deberá descontar todos los gastos no subvencionables que estén incluidos en la misma. en el
supuesto de que el IVA o los impuestos de naturaleza similar sean recuperables conforme a la normativa nacional, deberá descontarse
su importe, al no tener la consideración de gasto subvencionable.
00188982
(5) Cuantía imputada: Resultado de aplicar al importe total el porcentaje del importe imputado. Campo de cálculo automático.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja