Disposiciones generales. . (2021/58-6)
Resolución de 22 de marzo de 2021, de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental, complementaria de la Resolución de 25 de mayo de 2020, por la que se convocan para el año 2020, las ayudas previstas en la Orden de 13 diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación-restauración e inventario de bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 58 - Viernes, 26 de marzo de 2021
página 200

1. Disposiciones generales
Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico
Resolución de 22 de marzo de 2021, de la Dirección General de Patrimonio
Histórico y Documental, complementaria de la Resolución de 25 de mayo de
2020, por la que se convocan para el año 2020, las ayudas previstas en la Orden
de 13 diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para
la conservación-restauración e inventario de bienes muebles del patrimonio
histórico de carácter religioso en Andalucía.
La Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, aprobó mediante Orden de 13 de
diciembre de 2019 (BOJA núm. 242, de 18 de diciembre), las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la
conservación-restauración e inventario de bienes muebles del patrimonio histórico de
carácter religioso en Andalucía.
Mediante Resolución de 25 de mayo de 2020 (BOJA núm. 103, de 1 de junio) de la
Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental, se convocó para el ejercicio
2020, las subvenciones reguladas en la Orden de 13 de diciembre de 2019, por la que
se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen
de concurrencia competitiva, para la conservación-restauración e inventario de bienes
muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía.
Concretamente se aprobaron los Anexos I, II, III y IV correspondientes a los formularios
de solicitud recogido en el Anexo I, de subsanación de la solicitud recogido en el Anexo II,
de alegaciones, aceptación y presentación de documentos publicado como Anexo III y
de subsanación de la documentación correspondiente al Anexo IV,
En su virtud, considerando oportuno proceder a completar los anexos de la citada
convocatoria,
R ES U ELVO
Primero. Aprobar los formularios de solicitud de modificación de la resolución definitiva
de concesión, de subsanación de la solicitud de modificación de la resolución definitiva
de concesión, de alegaciones y de justificación de la subvención, que se acompañan
como Anexos V, VI, VII y VIII respectivamente y que son comunes para ambas líneas de
subvención.

Tercero. Las solicitudes y demás documentos se presentarán de forma electrónica
preferentemente en el registro telemático único de la Junta de Andalucía, a través de la
oficina virtual de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, a la que se podrá acceder
a través de la siguiente dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y Servicios:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/18977/datos-basicos.html
Sevilla, 22 de marzo de 2021.- El Director General, Miguel Ángel Araúz Rivero.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00188982

Segundo. Los formularios que se aprueban con la presente resolución estarán
disponibles en la oficina virtual de la Consejería Cultura y Patrimonio Histórico, a la
que se podrá acceder a través de la siguiente dirección electrónica del Catálogo de
Procedimientos y Servicios:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/18977/datos-basicos.html