3. Otras disposiciones. . (2021/58-17)
Resolución de 19 de marzo de 2021, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se establece la clasificación sanitaria de las zonas de producción de moluscos bivalvos y otros invertebrados marinos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

ZONA DE PRODUCCIÓN
AND 309. RIO VELEZ-TORRE DE MARO
AND 501. RIO ADRA-ALMERIMAR
AND 502. COSTACABANA-RAMBLA SEPULTURA
AND 601. VETA LA PALMA CULTIVOS

Número 58 - Viernes, 26 de marzo de 2021
página 287

CLASIFICACIÓN SANITARIA
A (todas las especies excepto el mejillón y
corruco)
B (mejillón de cultivo)
C (corruco)
A
SC (SN CLASIFICAR)
A

00189033

* El erizo de mar no está sometido a las disposiciones relativas a la clasificación de las zonas de producción,
en consonancia con el Anexo III, Sección VII, punto 1, del Reglamento (CE) núm. 853/2004, de 29 de abril
de 2004. Los operadores de empresa alimentaria que recolecten o manipulen erizo de mar deberán cumplir
los requisitos específicos establecidos en el Anexo III, Sección VII, Capítulo IX, del Reglamento (CE) núm.
853/2004, de 29 de abril de 2004.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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