3. Otras disposiciones. . (2021/55-18)
Orden de 17 de marzo de 2021, por la que se dispone la publicación de la Orden de 21 de enero de 2021, por la que se resuelve la aprobación definitiva de la modificación del PGOU de La Línea de la Concepción, para la relocalización del Sistema General de Equipamiento Comercial SGE-C/2 «Mercado Municipal de Mayoristas», en cumplimiento de la Orden de 26 de junio de 2020, de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, junto a su normativa urbanística.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 55 - Martes, 23 de marzo de 2021
página 92

ANEXO I
Orden por la que se resuelve la aprobación definitiva de la modificación del PGOU de
La Línea de la Concepción, para la relocalización del Sistema General de Equipamiento
Comercial SGE-C/2 «Mercado Municipal de Mayoristas», en cumplimiento de la Orden
de 26 de junio de 2020, de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del
Territorio.

1. El planeamiento general vigente en el municipio de La Línea de la Concepción es
el Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) aprobado definitivamente de manera
parcial mediante Resolución de 8 de marzo de 1985, de la Consejería de Política Territorial
de la Junta de Andalucía, resolución publicada en el BOP de la provincia de Cádiz
núm. 147, de 28 de junio de 1985.
Mediante Resoluciones de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de 27
de noviembre de 1987 y 4 de agosto de 1989, se aprobó definitivamente el Documento
Complementario al citado PGOU, redactado por el Ayuntamiento como cumplimiento de
la Resolución de 8 de marzo de 1985.
Posteriormente, mediante Resolución de 27 de julio de 1993, de la Consejería de
Obras Públicas y Transportes, se aprobó el Texto Refundido del PGOU, publicándose
esta en el BOJA núm. 88, de 12 de agosto de 1993.
La Adaptación Parcial de dicho PGOU a la Ley 7/2002, de 17 de diciembre,
de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), ha sido aprobada por el Pleno
del Ayuntamiento de La Línea de la Concepción con fecha de 2 de abril de 2009, de
conformidad con la disposición transitoria 2.ª de la citada ley, y el Decreto 11/2008, de 22
de enero, por el que se desarrollan procedimientos dirigidos a poner suelo urbanizado en
el mercado con destino preferente a la construcción de viviendas protegidas.
2. El objeto de la presente innovación es el cambio de calificación de dos parcelas,
ambas en suelo urbano consolidado: la ubicada en calle Jardines, calificada por el
vigente PGOU como sistema general comercial SGE-C/2, se califica con uso comercial
y/o terciario; la parcela ubicada en calle Traíña, calificada por el vigente PGOU con uso
industrial, en concreto ordenanza correspondiente a la manzana Z-1.5 del Plan Parcial del
Sector 02A.02.02 Zabal Industrial II, que en virtud de la innovación pasa a estar calificada
como sistema general comercial SGE-C/2.
3. Mediante Orden de 26 de junio de 2020, de esta Consejería de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio, se dispuso suspender la Modificación del
PGOU de La Línea de la Concepción, para la relocalización del Sistema General de
Equipamiento Comercial SGE-C/2 «Mercado Municipal de Mayoristas», de conformidad
con el artículo 33.2.d) de la LOUA, y de acuerdo al dictamen desfavorable de 17 de
abril del mismo año del Consejo Consultivo de Andalucía, hasta que se subsanaran
determinadas deficiencias.
4. En sesión de 13 de agosto de 2020, el Pleno del Ayuntamiento de La Línea de
la Concepción ha aprobado el expediente de cumplimiento de Orden, al objeto de la
subsanación de las deficiencias señaladas en la Orden de 26 de junio de 2020.
5. Con fecha de 7 de septiembre de 2020, ha tenido entrada en el registro de esta
Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, documentación
técnica y administrativa relativa al citado expediente de levantamiento de suspensión.
Analizada dicha documentación, desde el Servicio de Planeamiento Urbanístico de
la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se ha comunicado al
Ayuntamiento que con la citada fecha de 7 de septiembre de 2020 se consideraba el
expediente completo a los efectos del cómputo del plazo máximo para resolver y notificar
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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ANTECEDENTES