Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/53-8)
Resolución de 15 de marzo de 2021, del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, por la que se efectúa la convocatoria de contratos laborales en el marco de proyectos específicos de I+D+F.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Viernes, 19 de marzo de 2021
página 179
Si en la convocatoria se exige como requisito el conocimiento de un idioma, habrá de
estarse a dicho idioma con el nivel requerido, siendo aplicable este apartado al conocimiento
de otros idiomas distintos del exigido, no computándose las lenguas maternas.
En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el
empate, éste se dirimirá en atención a la mayor puntuación obtenida en cada uno de los
apartados del baremo según el orden en que aparecen.
ANEXO III
Los méritos deberán ser justificados y acreditados mediante la presentación de copia
digitalizada de los documentos que a continuación se relacionan, cuya fidelidad con el
original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada, teniendo en
cuenta que si se aportaran contratos, informes, certificados o cualquier otro documento
en lengua distinta al castellano, necesariamente habrán de acompañarse de la traducción
jurada, oficial o certificada correspondiente.
Quedan exceptuadas de lo anterior las publicaciones o comunicaciones científicas
escritas en inglés. En el caso de publicaciones o comunicaciones científicas cuyo
idioma sea distinto al inglés, la traducción jurada queda restringida exclusivamente a los
elementos contenidos en el abstract.
Igualmente se excepcionan los títulos o certificados oficiales expedidos dentro del
Estado Español en alguna de las lenguas españolas cooficiales junto con el castellano, para
los que no resulte precisa la asistencia de ningún órgano técnico para la comprensión del
contenido de los mismos. No obstante, la comisión de valoración podrá requerir en cualquier
momento del procedimiento la traducción jurada del contenido de dichos documentos.
- Para la experiencia profesional: copia de los contratos de trabajo registrados en el
Servicio Público de Empleo correspondiente que detallen la categoría profesional en la
que se han prestado los servicios, e informe de vida laboral actualizada o documento
equivalente, así como, en su caso, certificado del órgano competente que especifique las
funciones desempeñadas.
Si la experiencia profesional se ha adquirido en virtud de vínculo jurídico no laboral,
aquélla se acreditará mediante copia del documento en el que se formalice la prestación
de servicios, con indicación del período de duración de la misma y la categoría profesional
en la que se han prestado dichos servicios.
La experiencia como becario/a se acreditará mediante copia de la resolución
de adjudicación de la beca y certificación del organismo público de investigación
correspondiente expresiva del período de tiempo en el disfrute de la beca.
- Para la formación:
- Titulaciones académicas, copia del título o certificado de haber abonado los
derechos de expedición del mismo.
- Expediente académico, copia de la certificación académica donde conste la
calificación media obtenida.
- La asistencia a actividades formativas o de perfeccionamiento: copia del título o
certificado del curso donde conste la entidad que lo organiza, imparte u homologa,
la materia y el número de horas lectivas.
- Documento acreditativo de las estancias en centros de I+D+F y de su duración.
- Copia del título o certificado expedido por organismos o instituciones públicas o
privadas que utilicen como referencia las escalas del Marco Común Europeo de
Referencia para las Lenguas, donde conste el nivel acreditado de conocimiento de
dicho idioma.
La persona interesada será personalmente responsable de la veracidad de la
documentación aportada, estando obligado a presentar los documentos originales, en
cualquier momento, a requerimiento de la Administración.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00188534
JUSTIFICACIÓN DOCUMENTAL DE LOS MÉRITOS
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Viernes, 19 de marzo de 2021
página 179
Si en la convocatoria se exige como requisito el conocimiento de un idioma, habrá de
estarse a dicho idioma con el nivel requerido, siendo aplicable este apartado al conocimiento
de otros idiomas distintos del exigido, no computándose las lenguas maternas.
En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el
empate, éste se dirimirá en atención a la mayor puntuación obtenida en cada uno de los
apartados del baremo según el orden en que aparecen.
ANEXO III
Los méritos deberán ser justificados y acreditados mediante la presentación de copia
digitalizada de los documentos que a continuación se relacionan, cuya fidelidad con el
original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada, teniendo en
cuenta que si se aportaran contratos, informes, certificados o cualquier otro documento
en lengua distinta al castellano, necesariamente habrán de acompañarse de la traducción
jurada, oficial o certificada correspondiente.
Quedan exceptuadas de lo anterior las publicaciones o comunicaciones científicas
escritas en inglés. En el caso de publicaciones o comunicaciones científicas cuyo
idioma sea distinto al inglés, la traducción jurada queda restringida exclusivamente a los
elementos contenidos en el abstract.
Igualmente se excepcionan los títulos o certificados oficiales expedidos dentro del
Estado Español en alguna de las lenguas españolas cooficiales junto con el castellano, para
los que no resulte precisa la asistencia de ningún órgano técnico para la comprensión del
contenido de los mismos. No obstante, la comisión de valoración podrá requerir en cualquier
momento del procedimiento la traducción jurada del contenido de dichos documentos.
- Para la experiencia profesional: copia de los contratos de trabajo registrados en el
Servicio Público de Empleo correspondiente que detallen la categoría profesional en la
que se han prestado los servicios, e informe de vida laboral actualizada o documento
equivalente, así como, en su caso, certificado del órgano competente que especifique las
funciones desempeñadas.
Si la experiencia profesional se ha adquirido en virtud de vínculo jurídico no laboral,
aquélla se acreditará mediante copia del documento en el que se formalice la prestación
de servicios, con indicación del período de duración de la misma y la categoría profesional
en la que se han prestado dichos servicios.
La experiencia como becario/a se acreditará mediante copia de la resolución
de adjudicación de la beca y certificación del organismo público de investigación
correspondiente expresiva del período de tiempo en el disfrute de la beca.
- Para la formación:
- Titulaciones académicas, copia del título o certificado de haber abonado los
derechos de expedición del mismo.
- Expediente académico, copia de la certificación académica donde conste la
calificación media obtenida.
- La asistencia a actividades formativas o de perfeccionamiento: copia del título o
certificado del curso donde conste la entidad que lo organiza, imparte u homologa,
la materia y el número de horas lectivas.
- Documento acreditativo de las estancias en centros de I+D+F y de su duración.
- Copia del título o certificado expedido por organismos o instituciones públicas o
privadas que utilicen como referencia las escalas del Marco Común Europeo de
Referencia para las Lenguas, donde conste el nivel acreditado de conocimiento de
dicho idioma.
La persona interesada será personalmente responsable de la veracidad de la
documentación aportada, estando obligado a presentar los documentos originales, en
cualquier momento, a requerimiento de la Administración.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00188534
JUSTIFICACIÓN DOCUMENTAL DE LOS MÉRITOS