Disposiciones generales. . (2021/53-2)
Acuerdo de 16 de marzo de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se declara de utilidad pública en Andalucía al Club Deportivo Sociedad Sierra Nevada.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Viernes, 19 de marzo de 2021
página 13

1. Disposiciones generales
Consejería de Educación y Deporte
Acuerdo de 16 de marzo de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se declara
de utilidad pública en Andalucía al Club Deportivo Sociedad Sierra Nevada.
La Comunidad Autónoma de Andalucía asume competencias exclusivas en materia de
deporte de conformidad con el artículo 72.1 de su Estatuto de Autonomía que dispone
que «corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de
deportes y de actividades de tiempo libre, que incluye la planificación, la coordinación y el
fomento de estas actividades, así como la regulación y declaración de utilidad pública de
entidades deportivas».
La Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, regula en su artículo 53 la
declaración de utilidad pública.
El Decreto 7/2000, de 24 de enero, de Entidades Deportivas Andaluzas, regula en su
artículo 15 el reconocimiento autonómico de utilidad pública.
Con fecha 12 de febrero de 2020 el Club Deportivo Sociedad Sierra Nevada presenta
una solicitud de declaración de utilidad pública autonómica.
Con fecha 22 de abril de 2020 la Dirección General de Promoción del Deporte,
Hábitos Saludables y Tejido Deportivo acuerda incoar el correspondiente procedimiento
de declaración de utilidad pública autonómica del Club Deportivo Sociedad Sierra Nevada,
a instancia de la parte interesada.
Con fecha 26 de febrero de 2021 la Dirección General de Promoción del Deporte,
Hábitos Saludables y Tejido Deportivo emite un Informe-Propuesta favorable a
la declaración de utilidad pública autonómica del Club Deportivo Sociedad Sierra
Nevada.
Analizada la documentación que conforma este expediente de declaración de utilidad
pública queda acreditado que se cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos por
la legislación vigente y se puede concluir que los fines estatutarios del Club Deportivo
Sociedad Sierra Nevada promueven el desarrollo y la práctica continuada de la actividad
deportiva, las actividades son realizadas en cumplimiento de sus fines sociales y se
encuentran abiertas no solo a los socios sino a cualquier otro beneficiario que reúna las
condiciones exigidas por la índole de los propios fines del Club. Por todo ello, resulta
oportuno declarar al Club Deportivo Sociedad Sierra Nevada de utilidad pública en
Andalucía, con los efectos que señala el artículo 53 de la Ley 5/2016, de 19 de julio, del
Deporte de Andalucía.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación y Deporte, conforme a lo
dispuesto en el artículo 53 de la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía,
el artículo 27.23 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del
día 16 de marzo de 2021,

Primero. Declarar de utilidad pública en Andalucía al Club Deportivo Sociedad Sierra
Nevada con los efectos que señala el artículo 53 de la Ley 5/2016, de 19 de julio, del
Deporte de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00188564

ACUERDO