Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/51-9)
Resolución de 3 de marzo de 2021, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de méritos para la cobertura de cargo intermedio para el Área de Gestión y Servicios de Jefe/a de Grupo Administrativo en el Hospital Universitario Virgen de las Nieves (Ref. 4791).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 51 - Miércoles, 17 de marzo de 2021
página 103

5. Admisión de solicitudes.
5.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección Gerencia del Centro
Hospitalario aprobará resolución comprensiva de las listas de admitidos y excluidos, con
expresión del nombre, apellidos y causa de exclusión, en su caso. En dicha resolución
se designarán los miembros que compondrán la Comisión de Selección a la que alude el
punto 6 de las bases de esta convocatoria.
5.2. Las listas se publicarán en los tablones de anuncios del Hospital Universitario
Virgen de las Nieves y en la página web del SAS (www.juntadeandalucia.es/
servicioandaluzdesalud), surtiendo dicha publicación los efectos de la notificación,
de acuerdo con el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la lista de admitidos y
excluidos, los interesados podrán presentar alegaciones, en el plazo de cinco días
hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación, ante la Dirección Gerencia
del Hospital Universitario Virgen de las Nieves.
5.3. Transcurrido el plazo previsto en el apartado anterior y una vez resueltas las
alegaciones contra la lista provisional, se publicará la lista definitiva de aspirantes
admitidos.

7. Desarrollo del proceso selectivo.
7.1. Tras la publicación del listado definitivo de aspirantes admitidos y excluidos, la
Comisión de Selección iniciará y desarrollará el proceso selectivo conforme a lo previsto
en esta convocatoria y elevará a la Dirección Gerencia del Hospital la propuesta de
resolución provisional del concurso de méritos, con indicación de la puntuación obtenida
por cada uno de los aspirantes. La Comisión podrá, motivadamente, declarar desierto el
cargo a proveer, cuando no concurran personas idóneas para su desempeño de acuerdo
con los requisitos de la convocatoria.
7.2. La Dirección Gerencia del Hospital dictará resolución provisional con la propuesta
de la Comisión de Selección, que será publicada en el tablón de anuncios del Centro y
en la página web del Servicio Andaluz de Salud. Contra dicha resolución las personas
interesadas podrán presentar alegaciones en el plazo de quince días naturales a contar
desde el siguiente a la publicación de la misma.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00188284

6. Comisión de Selección.
6.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto 75/2007, de 13
de marzo, por el que se regula el sistema de provisión de puestos directivos y cargos
intermedios de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, la composición de la
Comisión de Selección de la presente convocatoria será la siguiente:
6.1.1. Presidencia: Será desempeñada por el/la titular de la Dirección Gerencia del
Hospital Universitario Virgen de las Nieves, o persona en quien delegue.
6.1.2. Cuatro vocalías designadas por la persona que ejerza la Presidencia de acuerdo
con lo contemplado en el apartado 2.b) del citado artículo 12 del Decreto 75/2007.
6.1.3. La Secretaría será desempeñada por la persona que tenga encomendada la
gestión de Profesionales del Hospital o persona en quien delegue, que actuará con voz
pero sin voto.
6.2. La composición de la Comisión de Selección respetará el principio de presencia
equilibrada de hombres y mujeres.
6.3. Abstención y recusación. Los miembros de la Comisión de Selección deberán
abstenerse de intervenir, notificándolo a la Dirección Gerencia, cuando concurran en
ellos algunas de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, los aspirantes podrán
promover recusación de los miembros de la Comisión de Selección, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 24 de dicha ley.