Disposiciones generales. . (2021/50-3)
Acuerdo de 9 de marzo de 2021, del Consejo Audiovisual de Andalucía, por el que se convoca la VII edición de los Premios Andaluces «El Audiovisual en la Escuela», se aprueba y se dispone la publicación de las bases que regirán su convocatoria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 50 - Martes, 16 de marzo de 2021
página 20
en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, y adjudicará la totalidad de los premios objeto de estas bases. El
fallo del jurado será publicado en la página web del CAA. El jurado se podrá reunir tanto
de forma presencial como a distancia, en cuyo caso los miembros del jurado podrán
encontrarse en distintos lugares, siempre y cuando se asegure por medios electrónicos,
considerándose también tales los telefónicos y audiovisuales, su identidad, el contenido
de sus manifestaciones y el momento en que se producen, considerándose incluidos
entre los medios electrónicos válidos el correo electrónico, las audioconferencias y las
videoconferencias, según establece el artículo 17.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público. Corresponderá a la Secretaría del Jurado, la
resolución de las incidencias correspondientes a los requisitos formales establecidos en
las bases de la presente convocatoria, así como la publicación en la página web del CAA
de la lista de admitidos y excluidos.
Séptima. Criterios de valoración.
Para la valoración de los proyectos presentados se tendrán en cuenta el interés
educativo, la calidad y coherencia del trabajo y su carácter innovador. Trabajos que traten
asuntos relacionados con la alfabetización mediática (las posibilidades educativas de la
Red, el buen uso de las redes sociales y las herramientas digitales para evitar riesgos
como el ciberacoso, las noticias falsas, el sexting, las apuestas online, el grooming, etc.
Se valorarán, particularmente, aquellos trabajos cuya innovación metodológica o cuyas
conclusiones signifiquen una aportación valiosa para el conocimiento y comprensión
crítica de los medios de comunicación; especialmente, ante los contenidos audiovisuales
que se emitan a través internet. En la modalidad de alumnado, aunque no es una
condición indispensable, la alta participación del alumnado en la realización del trabajo
(guión, grabación, puesta en escena…) se tendrá en cuenta positivamente como muestra
de trabajo en equipo e implicación en el proyecto.
Los premios podrán declararse desiertos cuando así lo decida motivadamente el
Jurado.
Novena. Derechos de propiedad intelectual de los trabajos premiados y divulgación
de los mismos.
1. El Consejo Audiovisual de Andalucía se reserva los siguientes derechos de
explotación sobre los trabajos ganadores:
- Comunicación pública, reproducción y distribución, tanto en soportes propios como
a través de los canales de difusión de la RTVA.
- Cesión expresa del derecho de propiedad intelectual, que habrán de suscribir los
titulares de los trabajos ganadores, una vez se haga público el fallo del jurado. Dicha
cesión de derechos se realizará por un periodo, de al menos, dos años, sin exclusividad,
siendo la firma del titular del derecho, requisito indispensable para la emisión de la obra
por televisión.
- Adaptación de los trabajos ganadores para posibilitar su difusión y presentación en
el acto de entrega de los Premios.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00188227
Octava. Entrega de los premios.
La entrega de los premios se efectuará en un acto público en la fecha y lugar que
se determine y que se comunicará con anticipación suficiente a los representantes de
los centros educativos cuyos trabajos hayan sido premiados. El acto de entrega de
premios podrá difundirse por cualquier medio de comunicación. El Consejo Audiovisual
de Andalucía y la Fundación Cajasol podrán captar imágenes, vídeos y sonidos de los
participantes y colaboradores en dicho acto, para lo cual se recabará previamente el
consentimiento expreso de padres o tutores de conformidad con la normativa aplicable.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 50 - Martes, 16 de marzo de 2021
página 20
en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, y adjudicará la totalidad de los premios objeto de estas bases. El
fallo del jurado será publicado en la página web del CAA. El jurado se podrá reunir tanto
de forma presencial como a distancia, en cuyo caso los miembros del jurado podrán
encontrarse en distintos lugares, siempre y cuando se asegure por medios electrónicos,
considerándose también tales los telefónicos y audiovisuales, su identidad, el contenido
de sus manifestaciones y el momento en que se producen, considerándose incluidos
entre los medios electrónicos válidos el correo electrónico, las audioconferencias y las
videoconferencias, según establece el artículo 17.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público. Corresponderá a la Secretaría del Jurado, la
resolución de las incidencias correspondientes a los requisitos formales establecidos en
las bases de la presente convocatoria, así como la publicación en la página web del CAA
de la lista de admitidos y excluidos.
Séptima. Criterios de valoración.
Para la valoración de los proyectos presentados se tendrán en cuenta el interés
educativo, la calidad y coherencia del trabajo y su carácter innovador. Trabajos que traten
asuntos relacionados con la alfabetización mediática (las posibilidades educativas de la
Red, el buen uso de las redes sociales y las herramientas digitales para evitar riesgos
como el ciberacoso, las noticias falsas, el sexting, las apuestas online, el grooming, etc.
Se valorarán, particularmente, aquellos trabajos cuya innovación metodológica o cuyas
conclusiones signifiquen una aportación valiosa para el conocimiento y comprensión
crítica de los medios de comunicación; especialmente, ante los contenidos audiovisuales
que se emitan a través internet. En la modalidad de alumnado, aunque no es una
condición indispensable, la alta participación del alumnado en la realización del trabajo
(guión, grabación, puesta en escena…) se tendrá en cuenta positivamente como muestra
de trabajo en equipo e implicación en el proyecto.
Los premios podrán declararse desiertos cuando así lo decida motivadamente el
Jurado.
Novena. Derechos de propiedad intelectual de los trabajos premiados y divulgación
de los mismos.
1. El Consejo Audiovisual de Andalucía se reserva los siguientes derechos de
explotación sobre los trabajos ganadores:
- Comunicación pública, reproducción y distribución, tanto en soportes propios como
a través de los canales de difusión de la RTVA.
- Cesión expresa del derecho de propiedad intelectual, que habrán de suscribir los
titulares de los trabajos ganadores, una vez se haga público el fallo del jurado. Dicha
cesión de derechos se realizará por un periodo, de al menos, dos años, sin exclusividad,
siendo la firma del titular del derecho, requisito indispensable para la emisión de la obra
por televisión.
- Adaptación de los trabajos ganadores para posibilitar su difusión y presentación en
el acto de entrega de los Premios.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00188227
Octava. Entrega de los premios.
La entrega de los premios se efectuará en un acto público en la fecha y lugar que
se determine y que se comunicará con anticipación suficiente a los representantes de
los centros educativos cuyos trabajos hayan sido premiados. El acto de entrega de
premios podrá difundirse por cualquier medio de comunicación. El Consejo Audiovisual
de Andalucía y la Fundación Cajasol podrán captar imágenes, vídeos y sonidos de los
participantes y colaboradores en dicho acto, para lo cual se recabará previamente el
consentimiento expreso de padres o tutores de conformidad con la normativa aplicable.