Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/49-8)
Resolución de 10 de marzo de 2021, de la Universidad de Almería, por la que se convoca Concurso de acceso a Plazas de Profesorado Contratado Doctor.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 49 - Lunes, 15 de marzo de 2021
página 24

4. Admisión de aspirantes y notificaciones.
4.1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las
relaciones de admitidos y excluidos, adjudicaciones, comunicaciones, requerimientos y
demás actos integrantes del presente concurso se publicarán en el tablón de anuncios del
Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Almería, sustituyendo
estas publicaciones a la notificación personal a los interesados y surtiendo sus mismos
efectos.
4.2. Dichos documentos podrán publicarse adicionalmente en la página web del
Servicio de Gestión de Recursos Humanos de esta Universidad: http://www.ual.es
(Epígrafes: Universidad > Servicios Generales > Servicio de Gestión de Recursos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias
no es subsanable, lo cual determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso, la
realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y
forma de la solicitud.
3.4. Los aspirantes deberán presentar junto con la solicitud la siguiente documentación:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad para los aspirantes que posean
nacionalidad española.
Los aspirantes que no posean nacionalidad española y tengan derecho a participar,
deberán presentar certificación expedida por la autoridad competente de su país que
acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de
parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado
con el que tengan dicho vínculo cuando esta circunstancia proceda. Asimismo, en el
supuesto de aquellos aspirantes que participen en las presentes pruebas selectivas por
su condición de cónyuges, deberán presentar, además de los documentos señalados,
declaración jurada de no hallarse separados de derecho de su respectivo cónyuge. Los
documentos que así se precisen deberán presentarse traducidos al español.
b) Documentación justificativa de que reúne los requisitos exigidos en la base 2.2 de
la presente convocatoria.
c) Currículum que deberá ajustarse al modelo disponible en el Servicio de Gestión de
Recursos Humanos, y que figura como Anexo III de la presente convocatoria, al modelo
normalizado por la ANECA, al Modelo CVN (Currículum Vitae Normalizado) u otros
modelos oficiales. Se presentará obligatoriamente en papel, debidamente identificado
con el nombre del concursante y el número de la plaza.
d) Resguardo que justifique el pago correspondiente a los derechos de participación
en el concurso.
3.5. Los errores de hecho apreciados por la Universidad que pudieran advertirse
podrán subsanarse, en cualquier momento, de oficio o a solicitud de los interesados.
3.6. Las notificaciones que tengan que efectuarse personalmente, se practicarán
en el lugar señalado a efectos de notificación por los aspirantes en sus solicitudes de
participación, siendo responsabilidad exclusiva del concursante tanto los errores en la
consignación del mismo como la comunicación a la Administración de cualquier cambio de
dicho lugar a efectos de notificación. No se practicarán notificaciones personales, cuando
en esta convocatoria esté prevista la publicación pertinente en el tablón de anuncios del
Servicio de Gestión de Recursos Humanos.
3.7 Todos los documentos que no estén redactados en lengua castellana deberán
acompañarse necesariamente de la correspondiente traducción oficial si así es requerido
por la Comisión encargada de resolver el concurso.
3.8 Serán excluidos aquellos aspirantes que no presenten los documentos señalados
en la base 3.4 de esta Convocatoria, así como los que presenten la instancia fuera de
plazo. En ningún caso será subsanable la falta de abono de los derechos de examen
durante el plazo de presentación de instancias.