3. Otras disposiciones. . (2021/48-11)
Orden de 9 de febrero de 2021, por la que se concede la autorización administrativa de enseñanza bilingüe al centro docente privado «Espíritu Santo» de Málaga. (PP. 580/2021).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 48 - Viernes, 12 de marzo de 2021
página 188
3. Otras disposiciones
Consejería de Educación y Deporte
Orden de 9 de febrero de 2021, por la que se concede la autorización
administrativa de enseñanza bilingüe al centro docente privado «Espíritu Santo»
de Málaga. (PP. 580/2021).
Examinada la documentación presentada por doña M.ª Jesús Floriano Guerrero,
representante legal de la Fundación Diocesana de Enseñanza Santa María de la Victoria,
entidad titular del centro docente privado «Espíritu Santo», con código 29005461, ubicado en
C/ Alcalde Romero Raggio, núm. 15, de la localidad de Málaga, en la solicitud de aprobación
del expediente de autorización administrativa para la enseñanza bilingüe español/inglés en
centros privados para la etapa educativa de Educación Secundaria Obligatoria, ha recaído
informe favorable de la correspondiente Delegación Territorial de la Consejería competente
en materia de educación en Málaga de fecha 9 de noviembre de 2020.
Vistas la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho
a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la
Ley Orgánica 8/2013; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía;
la Orden de la Consejería de Educación de 28 de junio de 2011, por la que se regula
la enseñanza bilingüe en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
modificada por las de 18 de febrero de 2013 y de 1 de agosto de 2016; la Orden de
29 de junio de 2011, por la que se establece el procedimiento de autorización de la
enseñanza bilingüe en centros docentes de titularidad privada, modificada por la de 18
de febrero de 2013; y demás disposiciones aplicables; y vista la propuesta favorable de la
Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, se han cumplido en el presente
expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Conceder la autorización administrativa de la enseñanza bilingüe español/
inglés en el centro docente privado «Espíritu Santo», con código 29005461 de la localidad
de Málaga, cuya entidad titular es la Fundación Diocesana de Enseñanza Santa María de
la Victoria, para la etapa educativa de Educación Secundaria Obligatoria.
Segundo. La autorización de la enseñanza bilingüe en la etapa educativa a que hace
referencia el punto primero conlleva el cumplimiento por el centro de lo establecido en la
Orden de 28 de junio de 2011, modificada por la de 18 de febrero de 2013 y por la de 1 de
agosto de 2016, por la que se regula la enseñanza bilingüe en los centros docentes de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas
podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Consejería
de Educación y Deporte en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00187325
Tercero. De conformidad con lo expuesto por el artículo 5.2 de la Orden de 29 de julio
de 2011, la autorización a la que se refiere la presente Orden tendrá efectos jurídicos y
administrativos desde el inicio del curso 2021/2022.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 48 - Viernes, 12 de marzo de 2021
página 188
3. Otras disposiciones
Consejería de Educación y Deporte
Orden de 9 de febrero de 2021, por la que se concede la autorización
administrativa de enseñanza bilingüe al centro docente privado «Espíritu Santo»
de Málaga. (PP. 580/2021).
Examinada la documentación presentada por doña M.ª Jesús Floriano Guerrero,
representante legal de la Fundación Diocesana de Enseñanza Santa María de la Victoria,
entidad titular del centro docente privado «Espíritu Santo», con código 29005461, ubicado en
C/ Alcalde Romero Raggio, núm. 15, de la localidad de Málaga, en la solicitud de aprobación
del expediente de autorización administrativa para la enseñanza bilingüe español/inglés en
centros privados para la etapa educativa de Educación Secundaria Obligatoria, ha recaído
informe favorable de la correspondiente Delegación Territorial de la Consejería competente
en materia de educación en Málaga de fecha 9 de noviembre de 2020.
Vistas la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho
a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la
Ley Orgánica 8/2013; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía;
la Orden de la Consejería de Educación de 28 de junio de 2011, por la que se regula
la enseñanza bilingüe en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
modificada por las de 18 de febrero de 2013 y de 1 de agosto de 2016; la Orden de
29 de junio de 2011, por la que se establece el procedimiento de autorización de la
enseñanza bilingüe en centros docentes de titularidad privada, modificada por la de 18
de febrero de 2013; y demás disposiciones aplicables; y vista la propuesta favorable de la
Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, se han cumplido en el presente
expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Conceder la autorización administrativa de la enseñanza bilingüe español/
inglés en el centro docente privado «Espíritu Santo», con código 29005461 de la localidad
de Málaga, cuya entidad titular es la Fundación Diocesana de Enseñanza Santa María de
la Victoria, para la etapa educativa de Educación Secundaria Obligatoria.
Segundo. La autorización de la enseñanza bilingüe en la etapa educativa a que hace
referencia el punto primero conlleva el cumplimiento por el centro de lo establecido en la
Orden de 28 de junio de 2011, modificada por la de 18 de febrero de 2013 y por la de 1 de
agosto de 2016, por la que se regula la enseñanza bilingüe en los centros docentes de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas
podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Consejería
de Educación y Deporte en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00187325
Tercero. De conformidad con lo expuesto por el artículo 5.2 de la Orden de 29 de julio
de 2011, la autorización a la que se refiere la presente Orden tendrá efectos jurídicos y
administrativos desde el inicio del curso 2021/2022.