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Boletín Oficial del Estado

III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. Orden TDF/294/2024, de 4 de abril, por la que se modifica la Orden TDF/1461/2023, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de ayudas, en el ámbito de la digitalización, para la transformación digital de los sectores productivos estratégicos mediante la creación de demostradores y casos de uso de Espacios de Compartición de Datos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Next Generation EU (Programa Espacios de Datos Sectoriales).


... ayudas para financiar proyectos subvencionables con las características establecidas ... – – – – – – Comercio. Agroalimentario. Movilidad sostenible. Salud. ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 85 Sábado 6 de abril de 2024 Sec. III. Pág. 39098 Decimoquinto. Se añade un nuevo apartado h) en el artículo 45 «Criterios de graduación de los posibles incumplimientos», que pasa a tener la siguiente redacción: «h) Procederá reintegro del 15 % de la ayuda en caso de incumplimiento de la obligación de publicidad, tal y como se establece en el artículo 25 de esta orden.» Decimosexto. Se modifica, en el anexo I, «Convocatoria», el apartado primero, «Objeto y ámbito geográfico de la convocatoria», que pasa a tener la siguiente redacción: «1. Mediante la presente orden se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas para financiar proyectos de desarrollo experimental dentro del «Programa Espacio de Datos Sectoriales», con la finalidad de: a) Seleccionar, en régimen de concurrencia competitiva, a los beneficiarios de las ayudas para financiar proyectos subvencionables con las características establecidas en el artículo 3 y en el anexo II de esta orden. b) Conceder ayudas, en el ámbito de la digitalización, para la transformación digital de los sectores productivos estratégicos mediante la creación de Espacios de Compartición de Datos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Next Generation EU y que forman parte de las actuaciones enmarcadas en el componente 12, inversión 1, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. El cumplimiento del objeto se vincula al objetivo CID 180 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, conforme a lo establecido en el anexo de la Decisión de Ejecución del Consejo por la que se modifica la Decisión de Ejecución de 13 de julio de 2021 relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España COM (2023) 576 final. c) La convocatoria se dirige a entidades con personalidad jurídica propia, en particular empresas, asociaciones de empresas y organismos de investigación y difusión de conocimiento, para el desarrollo de proyectos de creación de demostradores y casos de uso de espacios de datos en los siguientes sectores estratégicos: – – – – – – – Comercio. Agroalimentario. Movilidad sostenible. Salud. Industria. Economía social y de los cuidados. Cualesquiera otros sectores. Decimoséptimo. Se elimina, en el anexo I, «Convocatoria», el apartado tercero, «Tipología de proyectos y periodo de ejecución», párrafo 4, pasando dicho apartado a tener la siguiente redacción: «1. Las ayudas tienen como finalidad la financiación de proyectos de desarrollo experimental, de acuerdo a la definición del punto 86 del artículo 2 del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión Europea, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del cve: BOE-A-2024-6860 Verificable en https://www.boe.es 2. Se excluye expresamente el sector turismo debido a que cuenta con programas de ayudas específicos, en el marco del componente 14 del PRTR. 3. Los proyectos sujetos a esta convocatoria de ayudas deberán ser ejecutados en territorio español. Igualmente, cualquier tipo de dato que se encuentre bajo el marco de los proyectos deberá estar alojado en infraestructuras que se encuentren en territorio de la Unión Europea.»
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Boletín Oficial del Estado

III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Convenios. Resolución de 27 de marzo de 2024, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, por el que se canaliza la subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales del Estado para 2022, para el desarrollo del Programa de Mentoring y Apoyo a la Internacionalización, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


... con la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, por el que se canaliza la subvención nominativa prevista en los Presupuestos ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 84 Viernes 5 de abril de 2024 Sec. III. Pág. 38785 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA 6793 Resolución de 27 de marzo de 2024, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, por el que se canaliza la subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales del Estado para 2022, para el desarrollo del Programa de Mentoring y Apoyo a la Internacionalización, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Suscrita el 26 de marzo entre el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa y la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España la primera adenda al convenio firmado el 23 de noviembre de 2022, por la que se acuerdan modificaciones en las condiciones de dicho convenio, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 65.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo de esta resolución. Madrid, 27 de marzo de 2024.–La Secretaria de Estado de Comercio, Xiana Margarida Méndez Bértolo. ANEXO Primera Adenda al Convenio de 23 de noviembre de 2022 entre el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (Secretaría de Estado de Comercio) y la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, por el que se canaliza una subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales del Estado para 2022, para el desarrollo del Programa de Mentoring y Apoyo a la Internacionalización, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia De una parte, en representación del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa (antes Ministerio de Industria, Comercio y Turismo), doña Xiana Margarida Méndez Bértolo, Secretaria de Estado de Comercio, cargo que ostenta en virtud de nombramiento efectuado por Real Decreto 649/2018, de 22 de junio, que actúa de conformidad con lo previsto en el artículo 62.1.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y el artículo 4.1.d) de la Orden ICT/111/2021, de 5 de febrero, por la que se fijan los límites para administrar los créditos para gastos y se delegan determinadas competencias en el ámbito del departamento, entre ellas, la delegación de la Ministra de Industria, Comercio y Turismo (ahora Ministro de Economía, Comercio y Empresa, de acuerdo con el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales) en la titular de la Secretaría de Estado de Comercio para celebrar convenios en el ámbito de su competencia. De otra parte, en representación de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España (en adelante, «Cámara de España»), don José Luis Bonet Ferrer, Presidente de la citada corporación, cargo que desempeña en virtud del nombramiento efectuado por el Pleno de la referida cámara en la sesión celebrada el 12 de diciembre de 2022, y que actúa de conformidad con lo previsto en el cve: BOE-A-2024-6793 Verificable en https://www.boe.es REUNIDOS
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Boletín Diputación Badajoz

Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cheles. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Aprobación del Plan estratégico de subvenciones 2024-2025


... Fomento económico: Agricultura, turismo, empleabilidad, promoción del comercio local, etc. CAPÍTULO III. SUBVENCIONES EN MATERIA DE ACCIÓN SOCIAL Artículo 7. En ...

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Ayuntamiento de Cheles Anuncio 1362/2024 reguladoras de su concesión. Artículo 3. El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria siempre que no se encuentren suspendidas las reglas fiscales, por lo que las consignaciones presupuestarias que se aprueben y las bases reguladoras de su concesión se acomodarán en cada momento a dichos objetivos. Artículo 4. La aprobación del Plan estratégico de subvenciones no supone la generación de derecho alguno en favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o compensación alguna en caso de que el Plan no se lleve a la práctica en sus propios términos. CAPÍTULO II. BENEFICIARIOS Y MATERIAS EN LAS QUE SE ESTABLECERÁN SUBVENCIONES Artículo 5. El Ayuntamiento concederá subvenciones a favor de personas o entidades privadas con la finalidad de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia local. Artículo 6. El Ayuntamiento establecerá anualmente subvenciones en las áreas de su competencia: Acción social, participación ciudadana y juventud: Promoción de la mujer, juventud, asociacionismo y participación ciudadana, festejos y tradiciones populares, juventud, etc. Educación y Cultura: Música, artes plásticas, danza, etc. Deportes: Prácticas deportivas, asociacionismo deportivo, etc. Fomento económico: Agricultura, turismo, empleabilidad, promoción del comercio local, etc. CAPÍTULO III. SUBVENCIONES EN MATERIA DE ACCIÓN SOCIAL Artículo 7. En materia de acción social, el Ayuntamiento establecerá, durante el período de vigencia del Plan, las siguientes líneas de subvención: A. Acción Social: a. Objetivos: Ayudar y colaborar con asociaciones o instituciones sociales, realizando actividades o donaciones directas para actuaciones benéficas de manera extraordinaria. b. Efectos pretendidos: Colaborar con asociaciones y acciones de interés general y benéfico, para cubrir necesidades primordiales dentro de su entidad. c. Costes previsibles: 2.500,00 euros. d. Financiación: La financiación se llevará a cabo fundamentalmente con fondos propios. El Ayuntamiento también podrá recurrir a otros medios de financiación ajena. En caso de que se subvencionen gastos de capital, las subvenciones se cargarán al capítulo 7 de gastos del presupuesto. e. Plan de acción: Son acciones extraordinarias en las que solo se colaborará cuando se detecten necesidades generales e imprescindibles para las actividades ordinarias de estas entidades sin ánimo de lucro. B. Participación ciudadana y juventud: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 3 de 7
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Boletín Oficial Comunidad Madrid

Parla Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones


... de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la ... de Presidencia, Cultura, Comercio e Interculturalidad del Ayuntamiento de ...

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BOCM Pág. 328 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID JUEVES 4 DE ABRIL DE 2024 B.O.C.M. Núm. 80 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 90 PARLA RÉGIMEN ECONÓMICO Extracto del Acuerdo del día 15 de marzo de 2024, de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Parla, por la que se aprueba la Convocatoria para el III Concurso fotográfico “Parla, mi ciudad” del año 2024. BDNS (Identif.): 751340 BOCM-20240404-90 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ): Primero. Beneficiarios.—Podrán participar todas las personas mayores de 18 años y residentes en la ciudad de Parla. Segundo. Objeto.—La presente convocatoria tendrá como finalidad el fomento de la fotografía y las artes audiovisuales. También favorecer las acciones que tengan por motivo realzar el acervo cultural de la ciudad de Parla o bien destacar los valores que caracterizan a nuestros vecinos. Tercero. Bases Reguladoras.—Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Parla, aprobada en pleno de fecha 28 de diciembre de 2004, y publicada definitivamente el día 8 de marzo de 2005 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Cuarto. Cuantía.—La cuantía total de los premios a otorgar es de seiscientos euros (600,00 euros), con cargo a los créditos disponibles y retenidos en la aplicación presupuestaria 334.489.00 “premios y certámenes”. El jurado, otorgará un premio y un finalista a las mejores series. El primer premio estará dotado con cuatrocientos euros (400,00 euros) sujeto a retención de IRPF, y además se realizará la publicación de la serie en la página web del Ayuntamiento y se editará para ser expuesta en un edificio municipal. En el caso del finalista estará dotado con doscientos euros (200,00 euros) y su serie se publicará en la página web del Ayuntamiento. El pago se realizará con cargo al presupuesto del año 2024 tras su justificación con la entrega de las obras premiadas y según se establece en el artículo 57 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación será hasta el 31 de mayo de 2024. Los trabajos se presentarán en formato digital de alta resolución al correo cultura@ayuntamientoparla.es . Así mismo la convocatoria se publicará en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica, Portal Web Municipal. Parla, a 15 de marzo de 2024.—La concejala-delegada del Área de Presidencia, Cultura, Comercio e Interculturalidad del Ayuntamiento de Parla, Gema García Torres. (03/4.805/24) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791
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Boletín Diputación Cáceres

Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. BOP-2024-1721 EXTRACTO. Bases Reguladoras "V Maleta Viajera" Día del Libro 2024.


... , de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria ... de las compras en el comercio de Moraleja, así como sensibilizar ...

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Sección I - Administración Local Ayuntamientos Ayuntamiento de Moraleja ANUNCIO. EXTRACTO. Bases Reguladoras "V Maleta Viajera" Día del Libro 2024. BDNS (Identif): 751592. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/751592 BASES REGULADORAS “V MALETA VIAJERA” DÍA DEL LIBRO 2024. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Las presentes Bases tienen por objeto desarrollar el procedimiento para la concesión de premios en forma de bonos dentro de las acciones de promoción y fomento de la lectura que, desde la Concejalía de Cultura e Igualdad, se llevan a cabo con la programación del Día del Libro, concretamente para la actividad “V Maleta Viajera”. Como habitualmente se propone desde esta Concejalía, este tipo de premios busca también favorecer el consumo local y el fomento del comercio de proximidad. Esta iniciativa tiene por lo tanto un doble objetivo: - Cultural: este es un proyecto con el que pretendemos dinamizar la biblioteca municipal y la lectura: la idea fundamental es que la biblioteca debe ser una entidad activa y cercana a la población. Es además un recurso que favorece la inclusión social y anima a participar en las diferentes actividades como pueden ser clubes de lectura, encuentros con autores/as, rutas literarias, celebración conjunta de efemérides… - Económico, ya que el premio del concurso quiere apoyar e impulsar la economía local de nuestro pueblo a través de la promoción de las compras en el comercio de Moraleja, así como sensibilizar a la población sobre la importancia que tiene activar el consumo local, cuyo beneficio repercute en toda la localidad. CVE: BOP-2024-1721 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Jueves, 4 de abril de 2024 N.º 0065 Pág. 7635
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Boletín Diputación Cáceres

Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. BOP-2024-1722 EXTRACTO Bases reguladoras concurso de poesía visual 2024 programación del día del libro 2024.


... 2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria ... local y el fomento del comercio de proximidad. Esta iniciativa ...

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Sección I - Administración Local Ayuntamientos Ayuntamiento de Moraleja ANUNCIO. EXTRACTO Bases reguladoras concurso de poesía visual 2024 programación del día del libro 2024. BDNS (Identif):751603. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/751603 BASES REGULADORAS CONCURSO DE POESÍA VISUAL 2024. PROGRAMACIÓN DEL DÍA DEL LIBRO 2024. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Las presentes Bases tienen por objeto desarrollar el procedimiento para la concesión de premios en forma de bonos dentro de las acciones de promoción y fomento de la lectura que, desde la Concejalía de Cultura e Igualdad, se llevan a cabo con la programación del Día del Libro, concretamente para el Concurso de Poesía Visual. Retomamos una actividad que durante estos dos últimos años de pandemia habíamos suspendido por cuestiones de higiene, y volvemos a proponer a dos centros educativos de la localidad formar parte de las actividades de la programación del Día del Libro. Como habitualmente se propone desde esta Concejalía, este tipo de premios busca también favorecer el consumo local y el fomento del comercio de proximidad. Esta iniciativa tiene por lo tanto un doble objetivo: Cultural: este es un proyecto con el que pretendemos dinamizar la biblioteca municipal y la lectura: la idea fundamental es que la biblioteca debe ser una entidad activa y cercana a la población. Es además un recurso que favorece la inclusión sociocultural y anima a participar en las diferentes actividades como pueden ser clubes de lectura, encuentros con autores/as, rutas CVE: BOP-2024-1722 Verificable en: http://bop.dip-caceres.es Jueves, 4 de abril de 2024 N.º 0065 Pág. 7639
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Boletín Oficial Junta de Andalucía

Disposiciones generales. . Orden de 8 de marzo de 2024, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones para el año 2024 al amparo de la Orden de 4 de septiembre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico, dentro del Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea ? Nextgeneration EU (línea 1).


... y activos en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE ... provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 63 - Martes, 2 de abril de 2024 página 42363/20 3. DECLARACIONES (Continuación) 3. Actividades y activos en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes. Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia, deberá facilitarse una explicación motivada al respecto. 4. Compensación de los costes indirectos del RCDE. 5. Actividades relacionadas con vertederos de residuos e incineradoras, esta exclusión no se aplica a las acciones en plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni en las plantas existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la eficiencia energética, capturar los gases de escape para su almacenamiento o utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil. Estos pormenores deberán justificarse documentalmente para cada planta. 6. Actividades relacionadas con plantas de tratamiento mecánico-biológico, esta exclusión no se aplica a las acciones en plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamie nto de re siduos de las plantas o a una prolongación de su vida útil. Estos pormenores deberán justificarse documentalmente para cada planta. 7. Actividades en las que la eliminación a largo plazo de residuos pueda causar daños al medio ambiente. f) Las actividades que se desarrollan no causan efectos directos sobre el medioambiente, ni efectos indirectos primarios en todo su ciclo de vida, entendiendo como tales aquéllos que pudieran materializarse tras su finalización, una vez realizada la actividad. El incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en la presente declaración dará lugar a la obligación de devolver las cantidades percibidas y los intereses de demora correspondientes. 4. DERECHO DE OPOSICION Cumplimentar únicamente en el caso que desee a oponerse a la consulta de los datos señalados. 5. DOCUMENTACIÓN Los campos relativos a los documentos en poder de la Administración de la Junta de Andalucía o de otras Administraciones, solo procederá cumplimentarlos cuando ejerza el derecho a no presentar la documentación referida. En estos casos deberá indicar toda la información que se le solicita. 6. DATOS SOBRE LA ACTIVIDAD, PROYECTO, COMPORTAMIENTO O SITUACIÓN PARA LA QUE SE SOLICITA LA SUBVENCIÓN Deberá cumplimentar este apartado con los datos correspondientes a la actividad, proyecto, comportamiento o situación para la que se solicita la subvención. - Apartado 6.6 PRESUPUESTO DEL PROYECTO E IMPORTES SOLICITADOS. Tabla "Presupuesto del Proyecto", columna "Descripción". En función del valor seleccionado en la columna "Concepto general" se debe indicar en esta columna la siguiente información: - RECEPTÁCULOS Para los cubos, contenedores, cubos y bolsas incluir en la descripción el volumen, tipo y color. - TECNOLOGÍAS DE CIERRE Y / O IDENTIFICACIÓN Incluir el desglose de los diferentes ítems (tags, cierres contenedores, terminales de mano, conjunto elementos en vehículo, software, instalación, etc.). Hay que contabilizar de forma diferenciada de los contenedores de recogida en vía pública en el presupuesto. Se pueden incluir elementos para la identificación o cierre de la FORS y la RESTO 00299249 - CAMPAÑA DE COMUNICACIÓN Incluir el desglose de los diferentes ítems (material, personal, otros elementos). Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden de 18 de marzo de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan ayudas para la reactivación de establecimientos comerciales y de servicios en el entorno de las obras en la infraestructura de la Línea 7B de Metro para el año 2024


... 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la orden citada, cuyo ... en el programa 431.a “Comercio”, de los cuales 350.000 euros ...

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BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 114 LUNES 1 DE ABRIL DE 2024 B.O.C.M. Núm. 77 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Economía, Hacienda y Empleo 23 EXTRACTO de la Orden de 18 de marzo de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan ayudas para la reactivación de establecimientos comerciales y de servicios en el entorno de las obras en la infraestructura de la Línea 7B de Metro para el año 2024. BNDS (750220) De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la orden citada, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans ) y en la página web www.comunidad.madrid Primero Beneficiarios Podrán ser beneficiarios del régimen de las ayudas contempladas en esta orden las pequeñas empresas y los empresarios individuales que cumplan los requisitos y obligaciones recogidos en el artículo 3 de la Orden de 13 de febrero de 2024 por la que se aprueban las bases reguladoras. Segundo Objeto El objeto de esta convocatoria es conceder ayudas a pequeñas empresas y empresarios individuales del sector comercial y de servicios, para la reactivación de establecimientos comerciales y de servicios ubicados en el entorno de las obras en la infraestructura de la línea 7B de Metro delimitada en el artículo 3.1 de la orden por la que se aprueban las bases reguladoras. Tercero Bases Reguladoras Orden de 13 de febrero de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las Bases Reguladoras de las ayudas para la reactivación de establecimientos comerciales y de servicios ubicados en el entorno de las obras en la infraestructura de la línea 7B de Metro, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de febrero de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 43). Cuarto Acciones subvencionables Se consideran acciones subvencionables los gastos de inversión realizados dentro de las líneas de actuación recogidas en el artículo 6.2 de la orden de bases reguladoras. Quinto Para el año 2024 se ha previsto una dotación económica de 500.000 euros, de acuerdo con los objetivos y disponibilidades presupuestarias asignadas a este fin en el programa 431.a “Comercio”, de los cuales 350.000 euros se imputan al subconcepto 49000 y 150.000 euros al subconcepto 79000 “Modernización, Dinamización y Difusión Tecnológica”. Esta cuantía podría ser ampliada con una dotación económica adicional máxima de 1.000.000 euros, de conformidad con lo establecido en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 65.2 de la Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos BOCM-20240401-23 Dotación de la convocatoria
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Boletín Oficial Comunidad Madrid

C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO Plan estratégico subvenciones –  Orden de 12 de marzo de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para la concesión de ayudas destinadas a proyectos de inversión para la modernización, digitalización e innovación tecnológica de las pequeñas y medianas empresas y empresarios individuales de los sectores comercial, de servicios y artesano de la Comunidad de Madrid para el período 2024-2026


... 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid establece, en ... atribuye a la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios las competencias ...

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BOCM B.O.C.M. Núm. 73 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MARTES 26 DE MARZO DE 2024 Pág. 33 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Economía, Hacienda y Empleo ORDEN de 12 de marzo de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para la concesión de ayudas destinadas a proyectos de inversión para la modernización, digitalización e innovación tecnológica de las pequeñas y medianas empresas y empresarios individuales de los sectores comercial, de servicios y artesano de la Comunidad de Madrid para el período 2024-2026. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid establece, en su artículo 4.bis, que los órganos competentes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. En virtud del Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, la Dirección General de Comercio y Consumo pasa a denominarse Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios. El Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en su artículo 23.1 atribuye a la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios las competencias relativas a la ordenación, promoción y fomento del sector comercial y del sector servicios, la reforma, coordinación, mejora y modernización de las estructuras y de los procesos de distribución comercial, el fomento de la incorporación de nuevas tecnologías en la gestión empresarial del comercio, los servicios y el sector artesano, así como la ordenación, la promoción y el fomento del sector artesano, la mejora y modernización de las estructuras y de los procesos de producción y distribución artesanales y la gestión del Registro de Actividades Artesanas. En este sentido, la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios ha venido desarrollando programas específicos de apoyo a los sectores comercial y artesano, con el objetivo de incrementar su competitividad y poder afrontar los retos del mercado actual, a través de ayudas destinadas a apoyar proyectos dirigidos a la modernización, innovación, fomento y mejora de los procesos de negocio y estructuras de los mismos. El desarrollo y evolución de estas líneas de ayudas se ha ido incrementando año tras año, consolidándose como uno de los principales instrumentos de apoyo a los sectores comercial y artesano en nuestra región. El cambio de denominación a Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios, motivado por la asunción de nuevas competencias, en concreto las relativas al sector servicios, conlleva la inclusión de pymes del sector servicios como posibles beneficiarias de estas ayudas. Por ello se hace necesaria la aprobación de un nuevo Plan Estratégico de subvenciones que dé cobertura a dichos cambios, viniendo a sustituir al Plan Estratégico de subvenciones en materia de concesión de ayudas al sector comercial y artesano de la Comunidad de Madrid para el período 2022-2024, aprobado por la Orden de 4 de marzo de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo. El entorno económico al que actualmente las pymes comerciales, de servicios y artesanas tienen que enfrentarse les exige un mayor esfuerzo de adaptación a una nueva realidad para conseguir, en el menor tiempo posible, un grado de competitividad suficiente que les permita continuar su actividad y crecer en el contexto económico actual. Por ello, es necesario seguir apoyando a aquellas pymes comerciales, de servicios y artesanas que inviertan en la modernización e innovación de sus establecimientos o talleres, en la adquisición de equipamiento tecnológico y maquinaria especializada, así como en la incorporación de las Tecnologías de Información y Comunicación (TICs), que permitan atender la transformación digital y también sus procesos de producción, gestión y promo- BOCM-20240326-9 9
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