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Boletín Oficial Comunidad Madrid

Parla Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones


... del Área de Presidencia, Cultura, Comercio e Interculturalidad, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la participación en la cabalgata ...

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BOCM Pág. 354 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MIÉRCOLES 27 DE DICIEMBRE DE 2023 B.O.C.M. Núm. 307 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 88 PARLA RÉGIMEN ECONÓMICO Extracto de la resolución con número de decreto 6272, de 17 de octubre de 2023, de la concejala-delegada del Área de Presidencia, Cultura, Comercio e Interculturalidad, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la participación en la cabalgata de Reyes 2024. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index ): Primero. Beneficiarios.—Podrán optar a las subvenciones reguladas en la presente convocatoria, las asociaciones y entidades ciudadanas, legalmente constituidas inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento y en el registro de asociaciones de la Comunidad de Madrid y que cumplan los siguientes requisitos: — Estar registradas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento, con anterioridad al 31 de diciembre de 2022. — No estar incursa en ninguna de las causas de incapacidad presentes en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones. Segundo. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto definir los términos y condiciones que regirá la concesión de las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento de Parla, con cargo a los créditos del presupuesto municipal, que tengan por objeto la financiación parcial de los proyectos que se presenten para promover la participación en la cabalgata de Reyes que se celebrará el 5 de enero de 2024 en Parla. Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Parla, aprobada en Pleno de 28 de diciembre de 2004, y publicada el día 8 de marzo de 2005 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Cuarto. Cuantía.—La cuantía total máxima de las ayudas a otorgar es de diez mil euros (10.000,00 euros) con cargo al presupuesto del ejercicio 2024, quedando condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de 2024, pendiente de aprobación, en concepto de subvenciones y con cargo a la aplicación presupuestaria 334.489.02 “Convocatorias subvenciones entidades culturales sin ánimo de lucro”. Tendrá carácter anual, el pago se realizará con cargo al presupuesto mencionado tras su justificación y como se establece en el artículo 57 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes normalizadas junto con el resto de documentación exigida en la presente convocatoria, se dirigirán a la Concejalía de Cultura, y se presentarán hasta quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en el boletín oficial a través de la Base Nacional de Subvenciones. Asimismo, la convocatoria se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica, portal web municipal. En Parla, a 17 de octubre de 2023.—La concejala de Presidencia, Cultura, Comercio e Interculturalidad, Gema García Torres. (03/21.152/23) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791 BOCM-20231227-88 BDNS (Identif.): 732705
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Boletín Oficial del Estado

III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. Orden TED/1381/2023, de 21 de diciembre, por la que se regulan las bases para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a proyectos de infraestructuras ambientales, sociales y digitales en municipios de zonas afectadas por la transición energética en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se procede a la convocatoria.


... Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 88 del Real Decreto 887/2006 ... tienen efecto en el comercio entre Estados miembros. ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 309 Miércoles 27 de diciembre de 2023 Sec. III. Pág. 172437 proyectos de infraestructuras ambientales, sociales y digitales, y que el órgano concedente adelantará al beneficiario mediante pagos anticipados según los porcentajes definidos en la convocatoria, conforme a lo dispuesto en el artículo 34.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 88 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la anterior, por requerirse la entrega anticipada de fondos como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. 5. Se considera que las ayudas reguladas en esta orden no constituyen ayudas de Estado, de acuerdo con el artículo 1, letra l) del Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior, en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, toda vez que ni los potenciales beneficiarios realizan una actividad económica, ni tienen efecto en el comercio entre Estados miembros. Régimen jurídico aplicable. 1. Las ayudas a que se refiere esta orden, además de por lo previsto en la misma, se regirán por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público; en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado de 2023, y demás legislación que resulte de aplicación. 2. Estas ayudas estarán sometidas al Reglamento (UE) número 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como a la normativa interna aplicable a la gestión, seguimiento y control que se establezca para el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, en particular, el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de los hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. 3. En el marco de la Orden HFP/1030/2021 se estará a lo dispuesto en materia de conflicto de interés, en particular la obligación de suscribir declaración de ausencia de conflicto de interés por todos los intervinientes en los procedimientos. Las actuaciones desarrolladas al amparo de la presente orden se encuentran dentro del ámbito de aplicación del Plan de Medidas Antifraude por el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico al que se ha adscrito el ITJ, así como al procedimiento en materia de conflicto de interés desarrollado por la Unidad de Medidas Antifraude por este mismo ministerio, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 6 de la citada orden. 4. Las ayudas concedidas estarán sometidas al cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 56 y en el capítulo I del Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado. cve: BOE-A-2023-26428 Verificable en https://www.boe.es Artículo 2.
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Boletín Diputación Badajoz

Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio. Servicio de Régimen Jurídico y Tramitación de Subvenciones (Badajoz). Plan Estratégico de Subvenciones 2024


... Patrimonio Anuncio 6998/2023 SUBVENCIONES NOMINATIVAS ÁREA 46600/0700. ... 234.000,00 42390/0800. Cámara de Comercio: Antenas Camerales y Programas de Emprend. ...

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Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio Anuncio 6998/2023 SUBVENCIONES NOMINATIVAS ÁREA 46600/0700. AMBACE Beneficiarios CIF Asociación de Municipios de la Provincia de Badajoz afectados por Centrales de Producción de Energía Hidroeléctrica y Embalses (AMBACE) G06235790 Finalidad Actuaciones y Programas a desarrollar por la asociación 20. ÁREA DE DESARROLLO RURAL, RETO DEMOGRÁFICO Y TURISMO Importe (€) 18.000,00 1.518.400,00 201. DIRECCIÓN DEL ÁREA DE DESARROLLO RURAL, RETO DEMOGRÁFICO Y TURISMO 30.000,00 41900. OTRAS ACTUACIONES EN AGRICULTURA Y GANADERÍA 30.000,00 48013/0500. FADEMUR Fademur Extremadura G06523765 Proyecto de Actividades a Desarrollar por la Asociación FADEMUR 30.000,00 204. OFICINA DE EMPRENDIMIENTO Y CID 776.400,00 43302. PROGRAMAS DE EMPRENDIMIENTO 234.000,00 42390/0800. Cámara de Comercio: Antenas Camerales y Programas de Emprend. Cámara Oficial de Comercio e Industria de Badajoz Q0673001D Cofinanciación de Delegaciones Camerales integradas en los Centros de Desarrollo 48001/0800. Fundación Acción contra el Hambre Fundación Acción contra el Hambre G81164105 48002/0800. Cruz Roja Española Cruz Roja Española (Comité Provincial de Badajoz) Q2866001G Proyectos de Emprendimientos Proyecto Vives Emprende Circular. Emprendimiento Inclusivo 43900. OTRAS ACTUACIONES SECTORIALES 180.000,00 24.000,00 30.000,00 542.400,00 48002/1500. CEDER La Siberia Reserva de la Biosfera Asociación Centro de Desarrollo Rural La Siberia G06661201 Proyecto "Reserva de la Biosfera de la Siberia" 100.000,00 48004/0800. REDEX Red Extremeña de Desarrollo Rural G06296677 Cooperación Grupos de Acción Local 60.000,00 48006/0800. CEDER La Serena: Candidatura Paisaje Cultural Centro de Desarrollo Rural La Serena V06162911 Proyecto "La Serena, Paisaje Cultural" 50.000,00 48007/0800. ADERCO Asoc. Desarrollo Rural Comarca de Olivenza G06227748 Desarrollo Socioeconómico en su Ámbito Territorial 32.000,00 48008/0800. FEDESIBA Federación para el Desarrollo de Sierra Grande-Tierra de Barros (FEDESIBA) V06355549 Desarrollo Socioeconómico en su Ámbito Territorial 32.000,00 48009/0800. A.D. Sierra San Pedro Los Baldíos Asociación para el Desarrollo de la Sierra de San Pedro Los Baldíos G10205060 Desarrollo Socioeconómico en su Ámbito Territorial 18.400,00 48010/0800. CEDER La Serena Centro de Desarrollo Rural La Serena V06162911 Desarrollo Socioeconómico en su Ámbito Territorial 32.000,00 48011/0800. ADECOM Lácara Asociación para el Desarrollo Comarca de Lácara G06263180 Desarrollo Socioeconómico en su Ámbito Territorial 32.000,00 48012/0800. CEDER Campiña Sur Centro de Desarrollo Rural Campiña Sur G06209985 Desarrollo Socioeconómico en su Ámbito Territorial 30.000,00 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 16 de 31
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Boletín Oficial Comunidad Madrid

Pozuelo de Alarcón Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones


... de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria ... empresas y comercios del Unidad de Desarrollo Empresarial y Comercio. En ...

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BOCM Pág. 346 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MARTES 26 DE DICIEMBRE DE 2023 B.O.C.M. Núm. 306 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 63 POZUELO DE ALARCÓN RÉGIMEN ECONÓMICO Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 20 de diciembre de 2023, por la que se convoca a través del procedimiento de concurrencia competitiva, de subvenciones para la concesión de premios en relación con la XXIV Edición del Concurso de Escaparatismo Navideño. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.minhap.gob.es/bdnstrans/index ): Primero. Objeto.—El objeto de la presente convocatoria es establecer el régimen especial aplicable al otorgamiento por el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, a través de la Unidad de Desarrollo Empresarial y Comercio, de la XXIV Edición de los Premios de Escaparatismo Navideño (año 2023). Segundo. Beneficiarios.—Podrán participar en el concurso todos los comercios y locales de profesionales (hostelería, servicios, etc.) en activo que cumplan los siguientes requisitos: a) Ser empresa o empresario individual (en adelante, establecimiento) con local físico abierto al público que permita la visualización del escaparate, balcón o fachada desde el exterior. b) Los establecimientos solicitantes deben estén dados de alta en el directorio de empresas y comercios del Unidad de Desarrollo Empresarial y Comercio. En el caso de que no pertenezca a este directorio y no haya tramitado su alta puede realizarla, a la vez que se inscribe al concurso en https://servicios.pozuelodealarcon.org/portal/action/tramitesinfo?method=enter& id=273. c) No tener sanciones en firme como consecuencia del incumplimiento de cualquier normativa municipal. d) Estar al corriente de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria de la entidad/empresario participante. e) Estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social de la entidad/empresario participante. f) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón de la de la entidad/empresario participante. g) Estar en posesión o en tramitación de la Licencia de Apertura y Funcionamiento en el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón. h) El escaparate presentado a la convocatoria deberá respetar el tema de la Navidad. Quedarán excluidos de la participación en el certamen aquellos establecimientos que estén situados fuera del término municipal de Pozuelo de Alarcón, independientemente de que su razón social esté domiciliada en el municipio de Pozuelo de Alarcón. Para el caso de la Avda. de Europa, quedarían excluidos los números 25, 27, 29, 30, 32, 34 y 36, por pertenecer al municipio de Madrid. Tercero. Bases reguladora s.—Ordenanza general de subvenciones de Pozuelo de Alarcón, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 294, de 10 de diciembre de 2012. Cuarto. Cuantía de los premios.—Premios económicos a los establecimientos otorgados por el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón: — Primer premio: dotado con 2.000 euros. — Segundo premio: dotado con 1.000 euros. — Tercer premio: dotado con 700 euros. BOCM-20231226-63 N.o de Registro de la BDNS: 734838
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III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. Resolución de 16 de diciembre de 2023, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con la Asociación Cultural Coordinadora de Salas Alternativas, para la organización del Circuito de Creación Escénica Contemporánea para público adulto y familiar en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.


... ). ii) las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en ... provocadas por la actividad subvencionada no van a ser ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 305 Viernes 22 de diciembre de 2023 Quinta. Sec. III. Pág. 170196 Modificación del principio Do No Significant Harm – DNSH. Ambas partes acuerdan actualizar la cláusula relativa al principio DNSH, quedando redactada como sigue: «Quinta. Respeto el Principio Do No Significant Harm –DNSH– y legislación medioambiental. i) las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de los mismos, excepto los proyectos en el marco de esta medida relacionados con la generación de electricidad y/o calor utilizando gas natural, así como con la infraestructura de transporte y distribución conexa, que cumplan las condiciones establecidas en el anexo III de la Guía técnica sobre la aplicación del principio de “no causar un perjuicio significativo” (DO C 58, de 18 de febrero de 2021, p. 1). ii) las actividades en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en relación con las cuales se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero que van a provocar no se situarán por debajo de los parámetros de referencia pertinentes. Cuando se prevea que las emisiones de gases de efecto invernadero provocadas por la actividad subvencionada no van a ser significativamente inferiores a los parámetros de referencia pertinentes, deberá facilitarse una explicación motivada al respecto. Parámetros de referencia establecidos para la asignación gratuita de derechos de emisión en relación con las actividades que se inscriben en el ámbito de aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión, según lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/447 de la comisión. iii) las actividades relacionadas con vertederos de residuos, incineradoras (esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en plantas dedicadas exclusivamente al tratamiento de residuos peligrosos no reciclables, ni a las plantas existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar la eficiencia energética, capturar los gases de escape para su almacenamiento o utilización, o recuperar materiales de las cenizas de incineración, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta) y plantas de tratamiento mecánico-biológico (esta exclusión no se aplica a las acciones emprendidas en el marco de esta medida en las plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil; estos pormenores deberán justificarse documentalmente por cada planta); y iv) las actividades en las que la eliminación de residuos a largo plazo pueda causar un perjuicio al medio ambiente. Asimismo, las partes se comprometen al cumplimiento de la legislación medioambiental nacional y de la UE pertinente.» cve: BOE-A-2023-26090 Verificable en https://www.boe.es Las partes se comprometen al cumplimiento del principio de “no causar un perjuicio significativo” (DO C 58, de 18 de febrero de 2021, p. 1), y, por lo tanto, el objeto del presente convenio excluye lo enumerado a continuación:
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V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Extracto de la Resolución de 5 de diciembre de 2023 de la Fundación EOI, F.S.P. por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la innovación abierta a través de la iniciativa «Activa Startups», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia


... anuncios oficiales MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO 38163 Extracto de ... de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 302 Martes 19 de diciembre de 2023 Sec. V-B. Pág. 61882 V. Anuncios B. Otros anuncios oficiales MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO 38163 Extracto de la Resolución de 5 de diciembre de 2023 de la Fundación EOI, F.S.P. por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la innovación abierta a través de la iniciativa «Activa Startups», e n e l marco de l Plan de Re cupe ración, Transformación y Re silie ncia BDNS(Identif.):733303 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/ 2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/ 733303) Primero. Beneficiarios. Podrán tener la condición de empresas beneficiarias, las empresas cuya actividad se refiera a cualquier sector, exceptuando los sectores indicados en el artículo 1 de esta convocatoria, con domicilio fiscal en el Principado de Asturias, que tengan la condición de PYME y que vayan a desarrollar un proyecto de innovación abierta con el asesoramiento y apoyo de una startup y que cumplan con lo establecido en el artículo 10 de las bases reguladoras de la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la innovación a través de la iniciativa «Activa Startups» en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicadas mediante Orden ICT/1426/2021, de 14 de diciembre.. Estas ayudas tienen por objeto el impulso de la innovación abierta, a través de casos de éxito de colaboración empresa & startup, que ayuden al crecimiento y transformación digital de las empresas vinculadas a los sectores de la Industria manufacturera, Suministro de agua, saneamiento, gestión de residuos y descontaminación, Construcción, Hostelería, Información y comunicaciones, y Actividades profesionales, científicas y técnicas, mediante el trabajo de resolución de los retos de innovación. En concreto, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Orden ICT/1426/2021, de 14 de diciembre por la que se aprueban las bases reguladoras, serán susceptibles de ayudas los proyectos de asesoramiento en materia de innovación en transformación digital, desarrollo e incorporación de tecnologías emergentes, transformación hacia una economía baja en carbono o incorporación de la economía circular en el modelo de negocio de la pyme, con el objetivo de dar respuesta a retos planteados en empresas que buscan la innovación abierta mediante soluciones basadas en tecnologías emergentes como inteligencia artificial, internet de las cosas, tecnologías de procesamiento masivo de datos e información, computación de alto rendimiento, blockchain, procesamiento de lenguaje natural, ciberseguridad, realidad aumentada, realidad virtual, robótica colaborativa, entre otras. Las ayudas objeto de esta convocatoria tendrán la consideración de subvenciones a fondo perdido. Se concederán como ayudas económicas a las empresas beneficiarias, para cubrir los gastos derivados de la colaboración con una startup, en el trabajo de innovación abierta para la resolución del reto. Los cve: BOE-B-2023-38163 Verificable en https://www.boe.es Segundo. Objeto.
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