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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 98 - Miércoles, 25 de mayo de 2022 página 8481/1 1. Disposiciones generales CONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO Con fecha 9 de noviembre de 2021 se publicó en el BOJA número 215 la
Resolución de 2 de noviembre de 2021, de la Secretaría General de Empleo y Trabajo Autónomo de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, por la que se resuelve la concesión de ayudas reguladas en el Capítulo III del Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo, por el que se adoptan diversas medidas, con carácter urgente y extraordinario, como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), y se modifican otras disposiciones normativas, para compensar la pérdida de rentas de las personas trabajadoras por cuenta ajena, afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo (
ERTE) y de las personas trabajadoras fijas discontinuas beneficiarias de la prestación extraordinaria a causa del COVID-19. Con fecha 22 de marzo de 2022, en respuesta a las manifestaciones realizadas a la Secretaría General de Empleo y Trabajo Autónomo por personas interesadas, en relación a la mencionada
Resolución de 2 de noviembre de 2021, se emite por el Servicio Público de Empleo Estatal certificado en el que se identifica nueva relación de personas que cumplen los requisitos exigidos en el artículo 48 del Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo, para ser beneficiarias de la ayuda. Por tanto, advertido error en la
Resolución de 2 de noviembre de 2021, de la Secretaría General de Empleo y Trabajo Autónomo de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, por la que se resuelve la concesión de ayudas reguladas en el Capítulo III del Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que «las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales de hecho o aritméticos existentes en sus actos», se corrige el anexo de la
Resolución de 2 de noviembre de 2021, de la Secretaría General de Empleo y Trabajo Autónomo, referido en su resuelve quinto, para incluir a las nuevas personas beneficiarias certificadas por el Servicio Público de Empleo Estatal que se relacionan, manteniéndose el resto de la resolución en todos sus términos, si bien, el cómputo de los plazos de los resuelves sexto y séptimo se iniciará, exclusivamente para las nuevas personas beneficiarias, a partir del día siguiente al de publicación de la presente
corrección de errores. La relación de personas beneficiarias que se incluye en el anexo de la
Resolución de 2 de noviembre de 2021, de la Secretaría General de Empleo y Trabajo Autónomo mencionada, es la siguiente: Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X http://www.juntadeandalucia.es/eboja 00261755
Corrección de errores de la Resolución de la Secretaría General de Empleo y Trabajo Autónomo, de 2 de noviembre de 2021, por la que se resuelve la concesión de ayudas reguladas en el Capítulo III del Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo, por el que se adoptan diversas medidas, con carácter urgente y extraordinario, como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), y se modifican otras disposiciones normativas, para compensar la pérdida de rentas de las personas trabajadoras por cuenta ajena, afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo (
ERTE) y de las personas trabajadoras fijas discontinuas beneficiarias de la prestación extraordinaria a causa del COVID-19 (BOJA núm. 215, de 9.11.2021).
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