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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 291 Miércoles 4 de noviembre de 2020 Sec. I. Pág. 95808 I. DISPOSICIONES GENERALES JEFATURA DEL ESTADO 13490 Real Decreto-ley 32/2020, de 3 de noviembre, por el que se aprueban medidas sociales complementarias para la protección por desempleo y de apoyo al sector cultural. Desde que el día 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud la elevara a pandemia internacional, la situación de emergencia de salud pública ocasionada por la COVID-19 se ha caracterizado por la rapidez en su evolución, tanto a escala nacional como internacional; lo que requirió la adopción de medidas inmediatas y eficaces para hacer frente a esta crisis sanitaria sin precedentes y de enorme magnitud. El estado de alarma declarado mediante el
Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, permitió abordar la situación de emergencia sanitaria con medidas dirigidas a proteger la salud y la seguridad de los ciudadanos, contener la propagación de la enfermedad y reforzar el Sistema Nacional de Salud. Junto con estas necesarias medidas de contención, desde entonces se han venido acordando otras de carácter económico y social que, además de facilitar una adecuada respuesta sanitaria, garanticen la protección de familias, trabajadores y colectivos vulnerables, sosteniendo el tejido productivo y social, minimizando el impacto y facilitando la reactivación de la actividad económica. El día 21 de junio finalizó el proceso de
desescalada y la vigencia del primer estado de alarma declarado en respuesta a la pandemia, entrando el país en la etapa de nueva normalidad. En esta fase, fue preciso adoptar una serie de medidas para seguir haciendo frente a la pandemia y evitar un nuevo incremento de casos. Con este objetivo, se aprobó el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, donde se establecen las medidas generales de prevención y control que se deben mantener durante esta nueva normalidad. Sin embargo, la pandemia no ha sido definitivamente superada y se mantiene con mayor intensidad de lo esperado, lo que ha dado lugar nuevamente a la aplicación de medidas más estrictas para proteger la salud y seguridad de la ciudadanía y frenar la progresión de la enfermedad por parte de las autoridades competentes. El
Real Decreto 900/2020, de 9 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para responder ante situaciones de especial riesgo por transmisión no controlada de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, circunscribió su aplicación a determinados municipios de la Comunidad de Madrid y después, mediante el
Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, se ha declarado el estado de alarma en todo el territorio nacional. La evolución de la pandemia ha exigido también la aprobación de nuevas medidas para amortiguar los efectos socioeconómicos provocados por la crisis sanitaria y para asegurar el mantenimiento de la actividad. Mediante el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo, se prorrogaron las medidas excepcionales previstas en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, relativas a las suspensiones y reducciones de jornada por causa de fuerza mayor y causas económicas, técnicas, organizativas y de producción vinculadas con la COVID-19, así como las medidas extraordinarias vinculadas a las mismas en materia de protección por desempleo y cotizaciones. Igualmente, se adoptaron nuevas medidas para paliar en materia de Seguridad Social las consecuencias para los trabajadores autónomos de la cve: BOE-A-2020-13490 Verificable en https://www.boe.es I
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