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Diario Oficial de Extremadura

Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Explotaciones Agrarias. Notificaciones. Anuncio de 29 de febrero de 2024 por el que se publica relación de titulares a los cuales se les comunica resolución definitiva estimatoria de concesión de ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del Decreto 142/2021, de 21 de diciembre.


... y normas de aplicación de las ayudas a la mejora y modernización de las ... hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio ...

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NÚMERO 46 Miércoles 6 de marzo de 2024 13938 ANUNCIO de 29 de febrero de 2024 por el que se publica relación de titulares a los cuales se les comunica resolución definitiva estimatoria de concesión de ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del Decreto 142/2021, de 21 de diciembre. (2024080310) El Decreto 142/2021, de 21 de diciembre, establece las bases reguladoras y normas de aplicación de las ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del referido decreto. El citado decreto en su artículo 18, establece que, para dotar de mayor efectividad a las notificaciones y comunicaciones con las personas solicitantes, se podrán efectuar las mismas mediante publicación de anuncio en el Diario Oficial de Extremadura. El artículo 22 del Decreto 142/2021, de 21 de diciembre, dispone que, a la vista de la propuesta de resolución provisional, las ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura dentro de las medidas EU para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 (Next Generation EU), serán resueltas por la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, o, en su caso, el órgano en quien delegue. La resolución dictada contiene las obligaciones y compromisos adquiridos por la persona beneficiaria, y se notifica de acuerdo con los artículos 40 a 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se informa que los interesados relacionados en el anexo adjunto podrán conocer dicha resolución definitiva estimatoria a través de la notificación individual tramitada mediante la plataforma LABOREO. https://laboreo.juntaex.es/ Igualmente se informa que contra la resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la presente notificación, ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, o ante el titular de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, de conformidad con el artículo 101.3 y 101.4 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en conexión con lo estable-
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Diario Oficial de Extremadura

Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Explotaciones Agrarias. Notificaciones. Anuncio de 27 de febrero de 2024 por el que se publica la relación de titulares a los cuales se les comunica la resolución de desistimiento expreso de solicitud de ayuda a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del Decreto 142/2021, de 21 de diciembre.


... desistimiento expreso de solicitud de ayuda a la mejora y modernización ... hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio ...

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NÚMERO 46 13935 Miércoles 6 de marzo de 2024 ANEXO Relación de titulares a los cuales se les comunica la resolución de desistimiento expreso de solicitud de ayuda a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del Decreto 142/2021, de 21 de diciembre. CIF/NIF NOMBRE ***1187** SIERRA ORTEGA, FRANCISCO JOSÉ ***6149** GUERRERO CORTES, JOSÉ ***6895** FERNÁNDEZ CALERO, MARÍA ***6952** MARTÍN SANCHEZ, JOSÉ MANUEL
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Boletín Oficial Junta de Andalucía

Disposiciones generales. . Orden de 22 de febrero de 2024, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos de transición justa para el impulso de ecosistemas industriales sostenibles en las provincias de Almería, Cádiz y Córdoba.


... que estamos atravesando en un período post COVID-19 por las consecuencias de la ... más modernas, completas y eficaces que ayuden a mitigar a medio y largo plazo ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 42 - Jueves, 29 de febrero de 2024 página 41264/1 1. Disposiciones generales CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS Las provincias de Cádiz, Almería y Córdoba afrontan el desafío de superar sus carencias históricas en materia de industrialización, como forma de reequilibrar sus fuentes de crecimiento económico y para abordar los costes sociales y económicos de la transición ecológica, compensando la pérdida de empleo asociado a los procesos de transición y concretamente al cierre de instalaciones de generación de electricidad a partir de carbón que recae en Andalucía en estas provincias, mediante creación y consolidación de empleo industrial, en tanto que se trata de un empleo de mayor calidad por remuneración, cualificación profesional y estabilidad. El gran número de personas afectadas en su empleo en los referidos cierres pone de manifiesto la importancia de la situación y de la implantación de medidas de apoyo a través de los incentivos regulados por esta orden que se financiarían con el Fondo de Transición Justa, como nuevo instrumento en el marco de la política de cohesión para el periodo 2021-2027 que tiene por objeto mitigar los efectos negativos de la transición climática, prestando apoyo a los territorios más perjudicados y a las personas trabajadoras afectadas, y promover una transición socioeconómica equilibrada. La pertinencia de la utilización de los fondos de transición justa para la finalidad expuesta se evidencia en tanto que el objeto del Fondo de Transición Justa es precisamente el de prestar apoyo a la población, la economía y el medio ambiente de los territorios que se enfrentan a retos socioeconómicos graves derivados del proceso de transición hacia los objetivos de la Unión para 2030 en materia de energía y clima y una economía climáticamente neutra de aquí a 2050. Se ha podido constatar cómo la industria en estas provincias es un sector en transformación que presenta riesgos asociados a la transición ecológica, y que además ello afecta directamente a actividades industriales estratégicas que se desenvuelven en un entorno de gran competencia internacional. Efectivamente, las provincias de Almería, Cádiz y Córdoba son especialmente vulnerables a coyunturas desfavorables como la que estamos atravesando en un período post COVID-19 por las consecuencias de la guerra en Ucrania y sus efectos sobre las cadenas mundiales de suministro industriales. Ello se ha puesto de manifiesto, igualmente, en los últimos datos del Índice de Producción Industrial de Andalucía (IPIAN). Así, se ha evidenciado la importancia de contar con unas cadenas de suministro más sólidas y autosuficientes, en definitiva, se ha podido constatar la necesidad de contar con unas cadenas de valor de bienes y servicios industriales más completas y eficaces en una visión integral de la industria. De esta manera, se hace necesario que el apoyo a la industria se acompañe de un impulso a la logística, la innovación y los servicios de alto valor añadido con la finalidad de afianzar unas estructuras de distribución más modernas, completas y eficaces que ayuden a mitigar a medio y largo plazo el impacto de la alteración de las cadenas globales en Andalucía y el encarecimiento de las materias primas que lleva aparejado. Por tanto, ante el impacto mostrado en los indicadores económicos y el reto que supone para las provincias de transición justa afrontar la transición a una economía sostenible, climáticamente neutra y circular, es necesario desplegar medidas urgentes que impulsen el desarrollo de nuevos o renovados ecosistemas industriales. Queda patente, de esta manera, la urgencia de poner en marcha las medidas de apoyo por cuanto un Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00297765 Orden de 22 de febrero de 2024, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos de transición justa para el impulso de ecosistemas industriales sostenibles en las provincias de Almería, Cádiz y Córdoba.
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Boletín Oficial del Estado

III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Dirección del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, en materia de suministro de información para finalidades no tributarias.


... respuesta a la pandemia de la COVID-19, y que era preciso utilizar por aquellas para otros planes de rescate y ayudas directas aprobadas como consecuencia de la ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Miércoles 28 de febrero de 2024 Sec. III. Pág. 23672 Los anexos I y II del convenio contemplan la cesión de determinados datos por parte de la Agencia Tributaria. No obstante, para la correcta comprobación del cumplimiento de la condición de agricultor activo por la Comunidad Autónoma se requiere de determinada información del modelo 200 del Impuesto sobre Sociedades y relativa a las entidades en régimen de atribución de rentas, o en su caso para la tramitación de otras ayudas, para lo cual se han desarrollado dos suministros de información estandarizados, que es preciso recoger en el anexo I del convenio. Simultáneamente, se elimina del anexo II la información que queda subsumida en los nuevos suministros sobre el Impuesto sobre Sociedades y las entidades en régimen de atribución de rentas. Por otro lado, también se elimina del anexo II otra información, en la medida en que ya no concurren las circunstancias por las que esta información fue incluida en el convenio. En concreto, el anexo II fue incorporado en el convenio mediante la tramitación de una adenda modificativa del mismo, ante la necesidad de algunas comunidades autónomas de disponer de información que había sido suministrada inicialmente para la tramitación de las ayudas contempladas en el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, y que era preciso utilizar por aquellas para otros planes de rescate y ayudas directas aprobadas como consecuencia de la crisis económica generada por la COVID-19. Finalmente, también se incorpora en el anexo II otra información susceptible de ser proporcionada, como es la indicación de la presentación o no de declaración del Impuesto sobre el Patrimonio. IV Asimismo, con ocasión del control posterior que pudiera llevarse a cabo en relación con las ayudas concedidas por la Comunidad Autónoma, puede ser necesario que por parte de la Agencia Tributaria se ponga a disposición de la Comunidad Autónoma determinada información al amparo de lo previsto en el artículo 95.1.d) de la Ley General Tributaria. Este artículo prevé como excepción al carácter reservado de los datos, informes o antecedentes obtenidos por la Administración Tributaria la colaboración con las Administraciones Públicas para la prevención y lucha contra el fraude en la obtención o percepción de ayudas o subvenciones a cargo de fondos públicos o de la Unión Europea. Como consecuencia de lo anterior, es necesario modificar determinadas cláusulas del convenio al objeto de que el mismo dé cobertura también a los suministros de información que se realicen al amparo de la letra d) del artículo 95.1 de la Ley General Tributaria, para el control posterior de las ayudas. V Por otra parte, durante el tiempo transcurrido desde la firma del convenio se han producido modificaciones normativas y se han adoptado mejoras en materia de control y seguridad de los datos suministrados y de tratamiento de los datos de carácter personal que permiten un enunciado de las cláusulas del convenio más adecuado a las normas vigentes, tanto europeas como nacionales, sobre protección de datos de carácter personal y sobre seguridad de la información, por lo que se introducen mediante esta adenda las modificaciones pertinentes. VI Tal y como se especifica en la cláusula sexta del convenio, los datos suministrados por la Agencia Tributaria serán los declarados por los contribuyentes y demás obligados a suministrar información, sin que, con carácter general, hayan sido sometidos a actividad alguna de verificación previa a su automatización. No obstante, cuando los citados datos hubieran sido comprobados por la Administración tributaria, se facilitarán los datos comprobados. cve: BOE-A-2024-3844 Verificable en https://www.boe.es Núm. 52
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Diario Oficial de Extremadura

Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Desarrollo Sostenible. Notificaciones. Anuncio de 17 de febrero de 2024 sobre notificación por publicación de trámite asociado al procedimiento de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante correspondiente a la convocatoria establecida en el Decreto 115/2022, de 31 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante, en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria.


... personas interesadas en el procedimiento de ayudas convocadas a través del Decreto 115 ... frente al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria. A ...

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NÚMERO 40 11807 Martes 27 de febrero de 2024 ANUNCIO de 17 de febrero de 2024 sobre notificación por publicación de trámite asociado al procedimiento de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante correspondiente a la convocatoria establecida en el Decreto 115/2022, de 31 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante, en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria. (2024080247) Mediante la publicación del presente anuncio se procede a la notificación de Acuerdo de autorización de aumento de altura de cerramiento no cinegético a las personas interesadas en el procedimiento de ayudas convocadas a través del Decreto 115/2022, de 31 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante, en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria. A continuación, se recoge la relación de personas interesadas a las que se notifica, Acuerdo de autorización de aumento de altura de cerramiento no cinegético con alusión al NIF, número de expediente, pudiéndose acceder con las respectivas claves personalizadas a la aplicación LABOREO para consultar con carácter individual. N.º EXPEDIENTE CIF/NIF ADS22/0012 ***7606** La notificación se realiza de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 41 y 42 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. Mérida, 17 de febrero de 2024. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.
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Boletín Oficial del Estado

III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. Orden TED/167/2024, de 20 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras, para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., para el impulso de la economía circular en los sectores del textil y la moda y del plástico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


... de la crisis sanitaria derivada de la COVID-19, alineados con los objetivos de ... la presente orden se circunscribe a las ayudas previstas en la línea de acción 1 ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Lunes 26 de febrero de 2024 Sec. III. Pág. 22883 producción, consumo, gestión de residuos, materias primas secundarias y reutilización del agua, sensibilización y participación, investigación, innovación y competitividad, y empleo y formación. En este proceso de transición al nuevo modelo económico, es fundamental el papel que deben jugar los agentes económicos y sociales. Por ello el «Plan de apoyo a la implementación de la Estrategia Española de Economía Circular y a la normativa de residuos» del PRTR ha previsto la realización de inversiones tanto en el ámbito de la mejora de la gestión de los residuos, con la implantación de recogidas separadas, construcción de instalaciones para el tratamiento de biorresiduos, para la preparación para la reutilización y el reciclado de otros residuos, y para otro tipo de instalaciones de recogida de residuos; como en el ámbito de la digitalización de la gestión ambiental y de proyectos de empresas privadas, que puedan enmarcarse en las principales líneas de actuación de la EEEC. Es en estos dos últimos grupos de inversiones, en los que se encuadran las subvenciones que son objeto de regulación en la presente orden. En este marco, resulta imprescindible para las empresas invertir en mejorar la sostenibilidad y circularidad de sus procesos puesto que la mejora de la competitividad aparecerá como resultado de abordar con éxito estos aspectos. Se trata pues, de contribuir al nuevo escenario caracterizado por la consolidación de un tejido industrial innovador, sostenible, igualitario y competitivo y capaz de crecer en el marco de una economía circular, que supere el anterior modelo de producción lineal. A la vista de lo anterior, se precisa la aprobación de unas bases reguladoras para la convocatoria de ayudas dirigidas a proyectos de impulso a la economía circular en los sectores del textil y la moda y del plástico, en el contexto de salida de la crisis sanitaria derivada de la COVID-19, alineados con los objetivos de reactivación de la economía general y del sector industrial en particular, y de la resiliencia del sector productivo nacional. Para ello, es imprescindible el apoyo de las administraciones públicas a proyectos que promuevan esta transformación, complementando así los esfuerzos empresariales en este ámbito, de manera que las empresas puedan anticipar las inversiones necesarias para reducir los riesgos empresariales y ambientales asociados a un uso ineficiente de los recursos y desarrollar actividades económicas que contribuyan sustancialmente a la transición hacia una economía circular. Este programa de ayudas tiene por objeto financiar la ejecución de proyectos e inversiones que contribuyan sustancialmente a la transición a una economía circular, en los sectores del textil y la moda y del plástico, en línea con el objetivo medioambiental correspondiente a la «transición hacia una economía circular» contemplado en los artículos 9.d) y 13 del Reglamento (UE) n.º 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 2019/2088, y en línea también con la obligación de no causar un perjuicio significativo a ninguno de los demás objetivos ambientales conforme a los Actos Delegados aprobados a tal fin. III Las subvenciones contempladas en esta Orden responden a las ayudas previstas en el Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en Economía Circular, en adelante PERTE EC, aprobado por el Consejo de ministros el día 8 de marzo de 2022. Dicho PERTE EC fue aprobado sobre la base del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y comprende un total de 18 instrumentos distribuidos en 2 Líneas de acción: Línea de acción 1 de «Actuaciones sobre sectores clave de la economía española» como son el textil y la moda, el plástico y los bienes de equipo para energías renovables; y Línea de acción 2 de «Actuación transversal para impulsar la economía circular en la empresa». En particular, la presente orden se circunscribe a las ayudas previstas en la línea de acción 1 del PERTE EC en el sector del textil y la moda y en el sector del plástico. cve: BOE-A-2024-3722 Verificable en https://www.boe.es Núm. 50
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Boletín Oficial Comunidad Madrid

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO Convenio –  Adenda de 25 de enero de 2024, de modificación y prórroga del convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Comunidad de Madrid, de 6 de febrero de 2020, en materia de suministro de información para finalidades no tributarias


... respuesta a la pandemia de la COVID-19, y que era preciso utilizar por aquellas para otros planes de rescate y ayudas directas aprobadas como consecuencia de la ...

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BOCM MARTES 20 DE FEBRERO DE 2024 B.O.C.M. Núm. 43 III Por otra parte, como consecuencia de la reforma que ha tenido lugar en los últimos años en la Política Agrícola Común, ha sido necesario la elaboración de un Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común de España 2023-2027, el cual ha sido aprobado por la Comisión. La correcta implantación y gestión del conjunto de intervenciones que se incluyen en dicho Plan Estratégico, requiere de adecuadas herramientas jurídicas que permitan una aplicación armonizada de todas las medidas en el territorio nacional. En dicho marco, el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control, regula entre otras cuestiones, los requisitos comunes para el cobro de las intervenciones, entre los que se encuentra la condición de agricultor activo. El artículo 5 de este Real Decreto en su apartado 2, señala que, para que un agricultor adquiera la condición de agricultor activo, es necesario que se cumpla al menos una de las siguientes condiciones: que figure de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos por el ejercicio de la actividad agraria, con incorporación o no en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios establecido en dicho régimen o bien, que una parte significativa de sus ingresos totales procedan de la actividad agraria. En este sentido, de acuerdo con el apartado 4 del artículo 5 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, se considera que, con carácter general, una parte significativa de los ingresos del agricultor proceden de la actividad agraria, cuando el 25 por 100 o más de sus ingresos totales son ingresos agrarios en el período impositivo disponible más reciente. Para verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para adquirir la condición de agricultor activo, puede ser necesario que por parte de la Agencia Tributaria se ponga a disposición de la Comunidad Autónoma determinada información con trascendencia tributaria al amparo de lo previsto en el artículo 95.1.k) de la Ley General Tributaria. Este artículo prevé como excepción al carácter reservado de los datos, informes o antecedentes obtenidos por la Administración Tributaria, la colaboración con las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus funciones, previa autorización de los obligados tributarios a que se refieran los datos suministrados. Los anexos I y II del Convenio contemplan la cesión de determinados datos por parte de la Agencia Tributaria. No obstante, para la correcta comprobación del cumplimiento de la condición de agricultor activo por la Comunidad Autónoma se requiere de determinada información del modelo 200 del Impuesto sobre Sociedades y relativa a las entidades en régimen de atribución de rentas, o en su caso para la tramitación de otras ayudas, para lo cual se han desarrollado dos suministros de información estandarizados, que es preciso recoger en el anexo I del Convenio. Simultáneamente, se elimina del anexo II la información que queda subsumida en los nuevos suministros sobre el Impuesto sobre Sociedades y las entidades en régimen de atribución de rentas. Por otro lado, también se elimina del anexo II otra información, en la medida en que ya no concurren las circunstancias por las que esta información fue incluida en el Convenio. En concreto, el anexo II fue incorporado en el Convenio mediante la tramitación de una Adenda modificativa del mismo, ante la necesidad de algunas Comunidades Autónomas de disponer de información que había sido suministrada inicialmente para la tramitación de las ayudas contempladas en el Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, y que era preciso utilizar por aquellas para otros planes de rescate y ayudas directas aprobadas como consecuencia de la crisis económica generada por la COVID-19. Finalmente, también se incorpora en el anexo II otra información susceptible de ser proporcionada, como es la indicación de la presentación o no de declaración del Impuesto sobre el Patrimonio. IV Asimismo, con ocasión del control posterior que pudiera llevarse a cabo en relación con las ayudas concedidas por la Comunidad Autónoma, puede ser necesario que por parte de la Agencia Tributaria se ponga a disposición de la Comunidad Autónoma determinada información al amparo de lo previsto en el artículo 95.1.d) de la Ley General Tributaria. BOCM-20240220-32 Pág. 134 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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Disposiciones generales. . Acuerdo de 13 de febrero de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se sustituye el control previo del Patronato de la Alhambra y Generalife por el control financiero permanente, se actualiza la relación de órganos, servicios y gastos de Consejerías y agencias administrativas sometidos a control financiero permanente en virtud de este Acuerdo y de Acuerdos y Decretos anteriores, y se establecen determinados aspectos de la sustitución del régimen de control.


... situación generada por el coronavirus (COVID-19), en el marco del ... expedientes de gasto correspondientes a las ayudas directas al sector apícola contempladas en ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 34 - Viernes, 16 de febrero de 2024 página 40843/9 Decreto 335/2009, de 22 de septiembre, por el que se regula la ordenación de la Formación Profesional para el empleo en Andalucía, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas y otros procedimientos. • Los expedientes de gastos correspondientes a las subvenciones concedidas al amparo de las bases reguladoras de la Linea 6 del Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, por el que se aprueban con carácter urgente medidas de empleo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para Andalucía. • Los expedientes de gasto correspondientes a las subvenciones reguladas en la Orden de 3 de junio de 2022, de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a impulsar la recuperación y generación del empleo estable en Andalucía. • Los expedientes de gasto correspondientes a las subvenciones reguladas en la Orden de 29 de junio de 2023, de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el fomento del trabajo autónomo en Andalucía. De la Consejería competente en materia de Deporte: • Instituto Andaluz del Deporte. • Los expedientes de gasto correspondientes a subvenciones reguladas en la Orden de 16 de mayo de 2018, de la Consejería de Turismo y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento del deporte en edad escolar y para personas con discapacidad, en la actividad desarrollada por los clubes deportivos y secciones deportivas de Andalucía (modalidad FCD). • Los expedientes de gasto correspondientes a subvenciones reguladas en la Orden de 14 de septiembre de 2016, de la Consejería de Turismo y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la adquisición de equipamientos deportivos para clubes y selecciones deportivas de Andalucía (ECD). De la Consejería competente en materia de Turismo: • Los expedientes de gasto correspondientes a subvenciones reguladas en la Orden de 15 de julio de 2016, de la Consejería de Turismo y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de Infraestructuras Turísticas ubicadas en zonas de patrimonio natural de entidades locales andaluzas. • Los expedientes de gasto correspondientes a subvenciones reguladas en la Orden de 20 de febrero de 2017, de la Consejería de Turismo y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de servicios turísticos y creación de nuevos productos, en las modalidades de crecimiento y consolidación de empresas turísticas (pymetur y emprentur). Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00297136 De la Consejería competente en materia de Agricultura: • Los expedientes de gasto de ayudas correspondientes a medidas de apoyo urgentes al sector equino y vitícola afectados por la situación generada por el coronavirus (COVID-19), en el marco del programa de desarrollo rural de Andalucía 2014-2020 (medida 21). • Los expedientes de gasto correspondientes a las ayudas directas al sector apícola contempladas en el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones climatológicas, así como de promoción del uso del transporte público colectivo terrestre por parte de los jóvenes y prevención de riesgos laborales en episodios de elevadas temperaturas, que se convoquen por la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
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Diario Oficial de Extremadura

Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Desarrollo Sostenible. Notificaciones. Anuncio de 6 de febrero de 2024 sobre notificación por publicación de acuerdo de modificación de resolución de concesión asociado al procedimiento de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante correspondiente a la convocatoria establecida en el Decreto 115/2022, de 31 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante, en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria.


... o entidad interesada en el procedimiento de ayudas convocadas a través del Decreto 115/2022 ... frente al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria. A ...

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NÚMERO 32 9241 Jueves 15 de febrero de 2024 ANUNCIO de 6 de febrero de 2024 sobre notificación por publicación de acuerdo de modificación de resolución de concesión asociado al procedimiento de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante correspondiente a la convocatoria establecida en el Decreto 115/2022, de 31 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante, en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria. (2024080199) Mediante la publicación del presente anuncio se procede a la notificación de acuerdo de modificación de resolución de concesión por solicitud de cambio de ubicación a la persona o entidad interesada en el procedimiento de ayudas convocadas a través del Decreto 115/2022, de 31 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante, en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria. A continuación, se recoge la relación de personas o entidades interesadas a las que se notifica, acuerdo de modificación de resolución de concesión por solicitud de cambio de ubicación con alusión al NIF, número de expediente, pudiéndose acceder con las respectivas claves personalizadas a la aplicación LABOREO para consultar con carácter individual. N.º Expediente CIF/NIF ADS22/0208 ***2168** La notificación se realiza de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 41 y 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. Mérida, 6 de febrero de 2024. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.
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