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Diario Oficial de Extremadura

Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Presupuestos. (Extraordinario) Orden de 7 de septiembre de 2023 por la que se dictan las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.


... estatal de vivienda 2018-2021: Programa de ayuda para contribuir a minimizar el impacto económico y social de la COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual ...

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EXTRAORDINARIO NÚMERO 2 57 Sábado, 9 de septiembre de 2023 PRESUPUESTO CÓDIGO G/I TE25011001 G/I TE25012001 G/I TE26001001 G/I TE26001002 G/I TE26001003 G/I TE26001004 G/I TE26001005 G/I TE26001006 G/I TE26001007 G/I TE26001008 G/I TE26001009 G/I TE26001010 G/I TE26001011 G/I TE26001012 G/I TE26002001 G/I TE26003001 G/I TE26003002 DENOMINACIÓN Resolución de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género por la que se conceden ayudas a la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco del Plan Corresponsables Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI): Programa para la formación especializada de profesionales en materia de la prevención y la detección de la explotación sexual en menores Convenio 30-07-2018 C.A.E.-Ministerio de Fomento para la ejecución del plan estatal de vivienda 2018-2021: ayudas al alquiler de vivienda Convenio 30-07-2018 C.A.E.-Ministerio de Fomento para la ejecución del plan estatal de vivienda 2018-2021: ayudas a personas en situación de desahucio o lanzamiento de su vivienda habitual Convenio 30-07-2018 C.A.E.-Ministerio de Fomento para la ejecución del plan estatal de vivienda 2018-2021: fomento del parque de vivienda en alquiler Convenio 30-07-2018 C.A.E.-Ministerio de Fomento para la ejecución del plan estatal de vivienda 2018-2021: fomento del parque de vivienda en alquiler (31 vpp Villafranca de los Barros) Convenio 30-07-2018 C.A.E.-Ministerio de Fomento para la ejecución del plan estatal de vivienda 2018-2021: fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en vivienda Convenio 30-07-2018 C.A.E.-Ministerio de Fomento para la ejecución del plan estatal de vivienda 2018-2021: fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de la utilización y de la accesibilidad en viviendas Convenio 30-07-2018 C.A.E.-Ministerio de Fomento para la ejecución del plan estatal de vivienda 2018-2021: fomento de la regeneración y renovación urbana y rural Convenio 30-07-2018 C.A.E.-Ministerio de Fomento para la ejecución del plan estatal de vivienda 2018-2021: fomento de la regeneración y renovación urbana y rural (Extremadura Renervis) Convenio 30-07-2018 C.A.E.-Ministerio de Fomento para la ejecución del plan estatal de vivienda 2018-2021: ayuda a los jóvenes Convenio 30-07-2018 C.A.E.-Ministerio de Fomento para la ejecución del plan estatal de vivienda 2018-2021: fomento de viviendas para personas mayores y personas con discapacidad Convenio 30-07-2018 C.A.E-Ministerio de Fomento para la ejecución del plan estatal de vivienda 2018-2021: Programa de ayuda para contribuir a minimizar el impacto económico y social de la COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual Convenio 30-07-2018 C.A.E.-Ministerio de Fomento para la ejecución del plan estatal de vivienda 2018-2021: Programa de ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven Convenio C.A.E.-Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para la ejecución del Plan Estatal de Vivienda 2022-2025: ayuda al alquiler de vivienda Convenio C.A.E.-Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para la ejecución del Plan Estatal de
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Boletín Oficial Comunidad Madrid

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES Convenio –  Adenda de 28 de agosto de 2023, de modificación del convenio interadministrativo entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte para la concesión de ayudas de emergencia a familias en situación de vulnerabilidad por el impacto del COVID 2022-2023, financiado al 100 por 100 en el marco de los recursos REACT-UE del Programa Operativo FSE de la Comunidad de Madrid 2014-2020


... ayudas de emergencia a familias en situación de vulnerabilidad por el impacto del COVID ... de la Unión a la pandemia de COVID-19. Que con fecha 28 de diciembre ...

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BOCM B.O.C.M. Núm. 214 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID VIERNES 8 DE SEPTIEMBRE DE 2023 Pág. 123 I. COMUNIDAD DE MADRID D) Anuncios Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales 34 ADENDA de 28 de agosto de 2023, de modificación del convenio interadministrativo entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte para la concesión de ayudas de emergencia a familias en situación de vulnerabilidad por el impacto del COVID 2022-2023, financiado al 100 por 100 en el marco de los recursos REACT-UE del Programa Operativo FSE de la Comunidad de Madrid 2014-2020. Madrid, a 28 de agosto de 2023. REUNIDOS De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid. Y de otra, la Ilma. Sra. D.a Mercedes López Moreno, Presidenta de la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte, elegida por el Pleno de la Mancomunidad 13 de septiembre de 2019, en nombre y representación de la citada Mancomunidad, en virtud de su cargo y de las facultades que le confiere el artículo 11 de los Estatutos de dicha Mancomunidad. Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para el establecimiento de la presente Adenda de modificación del Convenio de colaboración vigente, y Que con fecha 26 de abril de 2022, la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte, suscribieron un convenio de colaboración con objeto de regular la colaboración para la concesión de Ayudas de Emergencia destinadas a dar cobertura a las necesidades básicas de personas y familias vulnerables en la Comunidad de Madrid, financiadas al 100 por 100 en el marco de los recursos REACT-UE del Programa Operativo FSE de la Comunidad de Madrid 2014-2020, como parte de la respuesta de la Unión a la pandemia de COVID-19. Que con fecha 28 de diciembre de 2022, la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte, suscribieron una adenda al citado convenio de colaboración para la concesión de Ayudas de Emergencia destinadas a dar cobertura a las necesidades básicas de personas y familias vulnerables en la Comunidad de Madrid, financiadas al 100 por 100 en el marco de los recursos REACT-UE del Programa Operativo FSE de la Comunidad de Madrid 2014-2020, como parte de la respuesta de la Unión a la pandemia de COVID-19. Esta adenda permitía a la entidad local incorporar en el ejercicio 2023, el crédito no ejecutado en el ejercicio 2022. La cláusula decimoprimera del citado Convenio, establece su duración, fijando su vigencia desde la fecha de su formalización hasta el 31 de diciembre de 2023. Por su parte, la cláusula decimosegunda, recoge la posibilidad de modificación del convenio en aras a una mejor aplicación y desarrollo del mismo, mediante la suscripción de la correspondiente Adenda, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Ambas partes consideran necesario introducir modificaciones en el Convenio, para dotar de un mayor alcance la financiación de las Ayudas a lo largo del período de vigencia, BOCM-20230908-34 MANIFIESTAN
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Diario Oficial de Extremadura

Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Notificaciones. Anuncio de 29 de agosto de 2023 sobre notificación por publicación de resolución de desistimiento expreso del procedimiento de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante correspondiente a la convocatoria establecida en el Decreto 115/2022, de 31 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante, en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria.


... personas interesadas en el procedimiento de ayudas convocadas a través del Decreto ... frente al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria. A continuación ...

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NÚMERO 171 49165 Martes 5 de septiembre de 2023 ANUNCIO de 29 de agosto de 2023 sobre notificación por publicación de resolución de desistimiento expreso del procedimiento de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante correspondiente a la convocatoria establecida en el Decreto 115/2022, de 31 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante, en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria. (2023081304) Mediante la publicación del presente anuncio se procede a la notificación de resolución de desistimiento expreso a las personas interesadas en el procedimiento de ayudas convocadas a través del Decreto 115/2022 de 31 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante, en la comunidad autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria. A continuación, se recoge la relación de personas interesadas a los que se le notifica resolución de desistimiento expreso, con alusión al NIF y número de expediente, pudiendo acceder con las respectivas claves personalizadas a la aplicación LABOREO para consultar el estado de los expedientes. N.º EXPEDIENTE NIF ADS22/0047 070***62M ADS22/0131 G06***355 Las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de notificación de la presente resolución, ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con el artículo 101.3 y 101.4 de la ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en conexión con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y ello sin perjuicio de que la persona interesada pueda interponer cualquier otro que estime pertinente. La notificación se realiza de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 41 y 42 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. Mérida, 29 de agosto de 2023. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO. •••
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Diario Oficial de Extremadura

Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Sector Vitivinícola. Ayudas. Decreto 103/2023, de 2 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la destilación de vino en casos de crisis y se aprueba la convocatoria en la Comunidad Autónoma de Extremadura para la campaña 2022/2023.


... que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la destilación de vino en casos ... año 2020, la pandemia por la COVID-19 provocó una reducción del consumo ...

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NÚMERO 168 Jueves 31 de agosto de 2023 48619 DECRETO 103/2023, de 2 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la destilación de vino en casos de crisis y se aprueba la convocatoria en la Comunidad Autónoma de Extremadura para la campaña 2022/2023. (2023040245) En las últimas campañas, el sector del vino en Extremadura se ha visto seriamente afectado por diversas circunstancias que lo han llevado a una situación muy crítica en el momento actual. En el año 2020, la pandemia por la COVID-19 provocó una reducción del consumo a nivel mundial, que afectó considerablemente a la demanda en nuestra región. Cuando ya parecía que las ventas comenzaban a reactivarse, tras la flexibilización de las restricciones impuestas, la invasión de Ucrania por parte de Rusia, el aumento de los costes de producción, tanto en el campo como en bodega y las dificultades de acceso al vidrio y otras materias primas, provocaron un nuevo parón en los mercados nacional e internacional. A todo ello hay que añadir el efecto de la inflación sobre el consumo en España en el último año, que ha caído en torno al 8%. Tras la pandemia, el sector no ha llegado a recuperarse en cuanto a volumen comercializado, y en los últimos meses, además, se percibe una diminución de la demanda, tanto en el mercado interior como en las exportaciones, que solían absorber una buena parte de nuestras producciones. Con la inflación generalizada a escala global, el poder adquisitivo de los consumidores se ha ido mermando, lo que ha supuesto que, productos como el vino, que no son de primera necesidad, se vean aún más afectados por la situación de incertidumbre. Esto está afectando de manera especial a los vinos tintos, por el cambio en los hábitos de consumo en los grandes mercados para este tipo de vino. Como ejemplo, el mercado chino, que es el gran consumidor de vino tinto a nivel mundial, en el año 2019 importaba un volumen total de 6,13 millones de Hl, pasando a 3,4 millones de Hl en 2022. España, siendo el tercer exportador en volumen, ha perdido un 37% de volumen de exportaciones. Centrándonos en la situación del mercado extremeño, el volumen de existencias de vino tinto y/o rosado se ha incrementado en un 50% en el mes de abril de 2023, en comparación con los datos del mismo mes de 2018. Si la comparativa la efectuamos con el promedio de existencias finales correspondiente a los meses de abril de los años 2018 a 2022, el incremento, aunque algo más suavizado, sigue siendo notable, con un exceso de 251.500 Hl, que suponen un incremento del 38,57%. El análisis de estas circunstancias ha llevado a la Comisión Europea a considerar necesaria la adopción de medidas encaminadas a la reducción de la oferta creciente, al objeto de evitar una perturbación grave del mercado que pudiera provocar un desequilibrio importante y general del mismo, con la llegada de la nueva cosecha, por lo que con fecha 26 de junio de 2023
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Boletín Oficial Junta de Andalucía

3. Otras disposiciones. . Resolución de 23 de agosto de 2023, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica Convenio entre la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y el Ayuntamiento de Almargen (provincia de Málaga) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía del municipio de Almargen, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.


... de actividad provocada por la pandemia del COVID-19. El PRTR se configura con base ... , seguimiento, pago de las ayudas, información, publicidad, justificación y ...

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Número 166 - Miércoles, 30 de agosto de 2023 página 13705/3 V. Asimismo, la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas (Directiva Marco del Agua), regula la gestión de las aguas superficiales, continentales, de transición, aguas costeras y subterráneas, con el fin de prevenir y reducir su contaminación, fomentar su uso sostenible, proteger el medio acuático, mejorar la situación de los ecosistemas acuáticos, paliar los efectos de las inundaciones y de las sequías y conseguir «el buen estado ecológico» de todas las aguas europeas. VI. El Gobierno de España aprobó, por Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) para activar el empleo, la inversión y la economía españoles tras la intensa caída de actividad provocada por la pandemia del COVID-19. El PRTR se configura con base en 4 objetivos transversales y 10 políticas palanca, entre las que se encuentra la política II de Infraestructuras y ecosistemas resilientes y el componente 5 de Preservación del espacio litoral y los recursos hídricos, que incluye en su Inversión núm. 1 la materialización de actuaciones de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro, reutilización y seguridad de infraestructuras. Las actuaciones, entre las cuales se encuentra la que es objeto de este convenio, y que benefician a aglomeraciones urbanas comprendidas entre los 2.000 y 5.000 habitantes-equivalentes que no cumplan con los requisitos establecidos en la Directiva 91/271/CEE y que no estén declarados de interés general del Estado, estarán reguladas por la normativa europea, estatal y autonómica que le sea de aplicación a dicho Plan. VII. Dichas actuaciones se encuentran sujetas al cumplimiento de la normativa aplicable al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia dentro del Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation UE»), entre otras, al Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, a la Orden HFP/1030/2021 de 29 de septiembre por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a las instrucciones específicas que, en aplicación y cumplimiento de la presente Convocatoria, dicte el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital en materia de ejecución, seguimiento, pago de las ayudas, información, publicidad, justificación y control del gasto, y cualesquiera otras que resulten de aplicación. VIII. La actuación objeto del convenio está sujeta al cumplimiento, ejecución y realización de los objetivos fijados para el MRR de la UE, en el marco de los principios que rigen dicho mecanismo, a la plena aplicación de los mecanismos de gestión, seguimiento y control del MRR, a la normativa aplicable a la gestión, seguimiento y control del PRTR, así como a las especificas relativas a la información y publicidad, verificación y demás impuestas por la normativa europea, estatal y autonómica que le sea de aplicación. IX. Conforme a los objetivos y principios que rigen el PRTR, la actuación objeto del convenio: - Tiene en cuenta la dimensión del reto demográfico pues el municipio referido se encuentra entre los considerados medianos/pequeños municipios que cumplen una serie de indicadores de renta media, empleo, densidad de población, edad de la población y pérdida de población. - Incide positivamente en el pilar de la transición ecológica al estar enmarcada en el anexo VI del Reglamento UE 2021/241, del Parlamento europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y dar respuesta a los objetivos ambientales perseguidos. - No dispone de otra financiación que la indicada en el presente convenio. Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00288710 BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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Boletín Diputación Badajoz

Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). Decreto de modificación de las bases 6 y 20 de la convocatoria del Plan de Electrificación Municipal 2021 de la Diputación de Badajoz


... de la Provincia de 12 de noviembre, otorgó ayudas a un total de 94 entidades, de las ... motivada principalmente por la pandemia de COVID-19 que dio lugar a una ...

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Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio Anuncio 4790/2023 ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIONES Diputación de Badajoz Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos Badajoz Anuncio 4790/2023 Decreto de modificación de las bases 6 y 20 de la convocatoria del Plan de Electrificación Municipal 2021 de la Diputación de Badajoz DECRETO DE MODIFICACIÓN DE LAS BASES 6 Y 20 DE LA CONVOCATORIA DEL PLAN DE ELECTRIFICACIÓN MUNICIPAL 2021 DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ ANTECEDENTES Primero: La Diputación Provincial de Badajoz, en el marco del programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020, está llevando a cabo el Plan SmartEnergía, el cual pretende estructurar y canalizar mejoras en materia de eficiencia energética y de uso de fuentes de energías renovables en edificaciones y estructuras de servicio público y aumentar el uso de las energías renovables para la producción de electricidad y usos térmicos en edificaciones e infraestructuras públicas, en particular, favoreciendo la generación a pequeña escala en puntos cercanos al consumo. Segundo: El 23 de junio de 2021, se publican en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz las bases reguladoras para la convocatoria de subvenciones del Plan de Electrificación Municipal 2021, que tienen por objeto la regulación de la concesión y la convocatoria de subvenciones, en concurrencia competitiva, para la financiación de actuaciones para la adaptación y mejora de las instalaciones eléctricas y térmicas por los municipios y las entidades locales menores de la Provincia de Badajoz, de manera que se contribuya a paliar las dificultades técnicas de estas entidades en el momento de ampliar o acometer nuevas actuaciones en sus instalaciones eléctricas y energéticas así como a las inversiones adicionales necesarias para su adecuación o regulación normativa. Por este motivo, al tratarse de una convocatoria de subvenciones por el procedimiento de concurrencia competitiva, uno de los criterios de ponderación de las solicitudes con mayor puntuación (100 puntos) consistía en que las actuaciones a subvencionar fueran instalaciones en dependencias e instalaciones incluidas en el Plan SmartEnergía. En este sentido, la resolución de concesión de subvenciones, de fecha 11 de noviembre de 2021, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de 12 de noviembre, otorgó ayudas a un total de 94 entidades, de las cuales 68 estaban dentro del Plan SmartEnergía. Tercero: La base n.º 6 de la convocatoria "Gastos subvencionables" establecía que: "Se considerarán gastos subvencionables aquéllos que se encuentren devengados y pagados en el periodo que abarca desde el 1 de enero de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2022 ...." Cuarto: A su vez, la base n.º 20 de la convocatoria "Justificación de la subvención" establecía que: "Las entidades locales, deberán tener ejecutadas y pagadas las actuaciones sujetas a esta convocatoria, antes del 30 de septiembre de 2022, o en su caso, con anterioridad a la finalización del plazo de prórroga.…" No permitiendo la convocatoria la posibilidad de prórroga de ejecución y pago. Quinto: Ante las múltiples solicitudes de modificación del plazo de ejecución y pago de las distintas actuaciones del plan, debidas a la dilatación del tiempo necesario para la correcta finalización de las actuaciones, motivada principalmente por la pandemia de COVID-19 que dio lugar a una elevada destrucción y pérdida de empleos en los distintos sectores de actividad, en especial en el de la obra pública, y posteriormente por la inflación que ha ocasionado la guerra en Ucrania, con el impacto de subidas de materiales; mediante resolución de fecha 26 de agosto de 2022, se prorrogó el plazo de ejecución y pago de la convocatoria de manera extraordinaria a todas las entidades locales que no tenían ejecutadas las subvenciones en los plazos inicialmente contemplados en la misma, hasta el 30 de septiembre de 2023. Sexto: Tras la comprobación del estado de las justificaciones remitidas hasta la fecha, se detecta que existe un número muy elevado de actuaciones que no han sido justificadas, concretamente 56 correspondientes a 39 localidades, por lo que se desprende que básicamente todos los ayuntamientos que aún no han justificado van a necesitar de un mayor período de ejecución y pago para poder finalizar unas actuaciones que son de especial importancia para las entidades beneficiarias debido a la necesidad de llevar a cabo una adecuada regularización y actualización normativa de sus instalaciones eléctricas BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta www.dip-badajoz.es/bop Página 2 de 5
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Boletín Oficial del Estado

III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. Resolución de 24 de agosto de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., y la Sociedad Mercantil Estatal Instituto Nacional de Ciberseguridad de España, M.P., SA, para la gestión de la iniciativa Desafía Nueva York.


... inclusiva y resiliente tras la crisis de la COVID, y para responder a los retos de ... Recuperación y Resiliencia y de la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 206 Martes 29 de agosto de 2023 Sec. III. Pág. 121096 partes.» Dicha adenda se inscribió en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) en fecha de 16 de junio de 2023, y adicionalmente se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 161 de 7 de julio de 2023. V Que en julio de 2020 la Unión Europea aprobó los Fondos Next Generation como herramienta para hacer una Europa más ecológica, digital, resiliente y mejor adaptada a los retos presentes y futuros. La iniciativa Desafía podrá cofinanciarse con Fondos Next Generation UE-Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia o con presupuesto propio de las Partes. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante PRTR) del Gobierno traza la hoja de ruta para la modernización de la economía española, la recuperación del crecimiento económico y la creación de empleo, para la reconstrucción económica sólida, inclusiva y resiliente tras la crisis de la COVID, y para responder a los retos de la próxima década. Este Plan recibirá la financiación de los fondos Next Generation EU, provenientes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y de la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU). Específicamente, se trata del componente 13, la inversión 5. Subinversión o línea de actuación 7. VI Que las Partes consideran de interés desarrollar un Desafía en Nueva York focalizado en el sector de la ciberseguridad ya que allí se encuentra uno de los mercados de mayor demanda de soluciones de ciberseguridad del mundo, con altos niveles de inversión, además de ser uno de los hubs de emprendimiento tecnológico más activos de Estados Unidos. De esta forma, se permite a las empresas españolas proveedoras de soluciones de ciberseguridad, por un lado, abrir mercado en Estados Unidos y, por otro, prepararse para su entrada en mercados internacionales. En virtud de cuanto queda expuesto, las Partes manifiestan su voluntad de suscribir el presente Convenio Desafía Nueva York (en lo sucesivo, el «Convenio»), con arreglo a las siguientes CLÁUSULAS Primera. Objeto. Segunda. Características de Desafía Nueva York. Desafía Nueva York promoverá la entrada al ecosistema de la costa este de Estados Unidos de Pymes españolas que ofrecen soluciones de ciberseguridad, tanto emprendedores como empresas maduras, con el fin de darles acceso al mercado de Estados Unidos y, además, prepararse para su entrada en otros mercados internacionales. cve: BOE-A-2023-18770 Verificable en https://www.boe.es El objeto del presente convenio es fijar las condiciones en las que se desarrollará la colaboración entre las Partes para el funcionamiento de la iniciativa Desafía Nueva York. El convenio se enmarca en la inversión 5 del componente 13 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno español, contribuyendo al cumplimiento de los objetivos de reforzar las capacidades e instrumentos del sistema español de apoyo a la exportación, internacionalización e inversión exterior.
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Boletín Oficial Comunidad Madrid

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO Convenio –  Convenio de colaboración de 7 de agosto de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y Formación Integral de Conductores Drivercar, S. L., para la adhesión al proyecto “Financiación de formación” (microcréditos) P4, programa de ayudas para la financiación de acciones de formación conducentes a la obtención de permisos de conducción profesionales de las clases C, D y C+E, a personas trabajadoras ocupadas y desempleadas para la mejora de su empleabilidad en autoescuelas de la Comunidad de Madrid en el Marco del Componente_Inversión C23.I3 “Adquisición de nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva” del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU


... del Procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas. — El Reglamento ... recuperación tras la crisis de la COVID-19, y el Reglamento (UE) ...

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BOCM Pág. 94 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MIÉRCOLES 23 DE AGOSTO DE 2023 B.O.C.M. Núm. 200 ciación adecuada que indique “financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea-NextGenerationEU” de conformidad con las disposiciones comunitarias y nacionales le resulten aplicables como destinatarias de las actuaciones cofinanciables con MRR, en particular cuando promuevan las acciones y sus resultados, facilitando información coherente, efectiva y proporcionada dirigida a múltiples destinatarios, incluidos los beneficiarios, los medios de comunicación y el público. En el caso de realización de acciones de difusión y captación por parte de la autoescuela a efectos de información del proyecto y captación de participantes se abonará 100 euros por alumno finalizado por este concepto. Asimismo, en este supuesto, el centro de formación deberá enviar a la Dirección General de Formación, para su visado, con carácter previo a su difusión, el material, de cualquier tipo, que al efecto se elabore. En el caso en el que la autoescuela firmante decida no realizar actividades de difusión y captación, no se procederá al pago de los 100 euros por alumno finalizado. Decimosegunda Naturaleza jurídica El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando sometido al régimen jurídico previsto para los convenios en el Capítulo VI del título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid. Cualesquiera cuestiones que se susciten en cuanto a la aplicación, interpretación y efectos del presente Convenio que no queden solventadas por la Comisión de Seguimiento prevista en la Cláusula Séptima, serán resueltas por los órganos de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Al ser la autoescuela una entidad privada, es de aplicación lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Decimotercera Al presente Convenio le será de aplicación lo establecido en: — La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que se aplica con carácter supletorio. — La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de Desarrollo Parcial de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, en materia de bases reguladoras de las mismas, el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas. — El Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19, y el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como el resto de normas de la Unión Europea sobre la materia y estatales de desarrollo o trasposición de aquellas. — El Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación. — Resolución de 29 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, por el que aprueba el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. — Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. — Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. — Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022, según lo previsto en el Capítulo V de la Ley 4/2021, de 23 de BOCM-20230823-13 Régimen jurídico
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Boletín Oficial Comunidad Madrid

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO Convenio –  Convenio de colaboración de 7 de agosto de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y Trafic Autoescuela, S. A., para la adhesión al proyecto “Financiación de formación (microcréditos) P4”, programa de ayudas para la financiación de acciones de formación conducentes a la obtención de permisos de conducción profesionales de las clases C, D y C+E, a personas trabajadoras ocupadas y desempleadas para la mejora de su empleabilidad en autoescuelas de la Comunidad de Madrid en el marco del componente_inversión C23.I3 “Adquisición de nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva” del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU


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BOCM Pág. 106 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MIÉRCOLES 23 DE AGOSTO DE 2023 B.O.C.M. Núm. 200 Las actividades de difusión y captación son potestativas de la autoescuela firmante. En todas las actividades de difusión que, a través de cualquier medio pudiera efectuar la autoescuela firmante, en virtud de la firma del presente convenio, deberá hacerse constar la colaboración de la Comunidad de Madrid, así como el logotipo institucional del Ministerio de Trabajo y Economía Social, el emblema de la Unión Europea y la declaración de financiación adecuada que indique “financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por la Unión Europea-NextGenerationEU” de conformidad con las disposiciones comunitarias y nacionales le resulten aplicables como destinatarias de las actuaciones cofinanciables con MRR, en particular cuando promuevan las acciones y sus resultados, facilitando información coherente, efectiva y proporcionada dirigida a múltiples destinatarios, incluidos los beneficiarios, los medios de comunicación y el público. En el caso de realización de acciones de difusión y captación por parte de la autoescuela a efectos de información del proyecto y captación de participantes se abonará 100 euros por alumno finalizado por este concepto. Así mismo, en este supuesto, el centro de formación deberá enviar a la Dirección General de Formación, para su visado, con carácter previo a su difusión, el material, de cualquier tipo, que al efecto se elabore. En el caso en el que la autoescuela firmante decida no realizar actividades de difusión y captación, no se procederá al pago de los 100 euros por alumno finalizado. Decimosegunda Naturaleza jurídica El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando sometido al régimen jurídico previsto para los convenios en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid. Cualesquiera cuestiones que se susciten en cuanto a la aplicación, interpretación y efectos del presente Convenio que no queden solventadas por la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula séptima, serán resueltas por los órganos de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Al ser la autoescuela una entidad privada, es de aplicación lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Decimotercera Al presente Convenio le será de aplicación lo establecido en: — La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que se aplica con carácter supletorio. — La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de Desarrollo Parcial de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, en materia de bases reguladoras de las mismas, el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas. — El Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19, y el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, así como el resto de normas de la Unión Europea sobre la materia y estatales de desarrollo o trasposición de aquellas. — El Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación. — Resolución de 29 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, por el que aprueba el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. — Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. — Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. BOCM-20230823-14 Régimen jurídico
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