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Boletín Oficial Junta de Andalucía

Disposiciones generales. . Resolución de 17 de abril de 2023, de la Dirección General de Turismo, por la que se convocan las subvenciones previstas en la Orden de 11 de julio de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras, en régimen de concurrencia no competitiva, de medidas de apoyo urgentes a las agencias de viajes.


... de actividad consecuencia del COVID-19 al amparo del ... protección del trabajo autónomo y de ... declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 82 - Miércoles, 3 de mayo de 2023 página 7615/6 (Página 3 de 7 ) ANEXO I Que tiene o ha tenido autorizado un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) derivado de las pérdidas de actividad consecuencia del COVID-19 al amparo del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, del Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial o del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo u otra normativa posterior. La comprobación de este extremo se realizará de oficio por el órgano concedente a través de solicitud de certificación a la autoridad laboral competente para la autorización del ERTE. Que ha visto suspendida totalmente su actividad como consecuencia de la publicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID19. Que NO eran una empresa en crisis a 31 de diciembre de 2019 A los efectos de determinar la condición de empresa en crisis se estará a lo dispuesto en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado. A los efectos de determinación de NO estar en crisis, declaro que no he recibido ayudas de salvamento o de reestructuración. Que tiene la condición de pyme, es decir, que la empresa tiene menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones EUR o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros. Que se compromete, en caso de resultar beneficiaria de la subvención, a someterse a las actuaciones de verificación y control a realizar por la Dirección General de Fondos Europeos, por las distintas autoridades del PO FEDER de Andalucía 2014-2020, por la Comisión, por el Tribunal de Cuentas Europeo y por la Intervención General de la Junta de Andalucía. Que se compromete, como solicitante de la subvención, a facilitar la información que le sea requerida para el seguimiento, la evaluación, la gestión financiera, la verificación y la auditoría de las actuaciones cofinanciadas por el FEDER durante toda la duración del Marco Operativo 2014-2020. ACEPTO mi inclusión en la lista de personas beneficiarias publicada de conformidad con lo previsto en el artículo 115.2 del Reglamento (CE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013. 5. DERECHO DE OPOSICIÓN El órgano gestor va a consultar los siguientes datos, en el caso de que no esté de acuerdo, manifieste su oposición (artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre): ME OPONGO a la consulta de los datos de identidad de la persona solicitante a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad, y aporto copia del DNI/NIE. ME OPONGO a la consulta de los datos de identidad de la persona representante a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad, y aporto copia del DNI/NIE. 6. TRAMITACIÓN Agencias de viajes IDENTIFICACIÓN DE LA AGENCIA DE VIAJES EN EL REGISTRO DE TURISMO DE ANDALUCÍA (RTA). FORMATO DE CÓDIGO DE INSCRIPCIÓN: C.I.AN-$$$$$$-$,ejemplos: C.I.AN-231567-2, C.I.AN-000007-2 CÓDIGO DE INSCRIPCIÓN EN EL RTA: IDENTIFICACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO DE AGENCIA DE VIAJES FRANQUICIADO EN EL REGISTRO DE TURISMO DE ANDALUCÍA (RTA). FORMATO DE CÓDIGO DE ANOTACIÓN: AV/PP/$$$$$, ejemplos: AV/MA/02006, AV/CA/00012 CÓDIGO DE ANOTACIÓN EN EL RTA: Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X 00282680 005460 PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA 4. DECLARACIONES (Continuación) https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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Diario Oficial de Extremadura

Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Notificaciones. Anuncio de 24 de abril de 2023 por el que se publica la subsanación de solicitudes de ayuda a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del Decreto 142/2021, de 21 de diciembre.


... la convocatoria de ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas ...

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NÚMERO 82 Martes 2 de mayo de 2023 28157 CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO ANUNCIO de 24 de abril de 2023 por el que se publica la subsanación de solicitudes de ayuda a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del Decreto 142/2021, de 21 de diciembre. (2023080741) El Decreto 142/2021, de 21 diciembre, establece la convocatoria de ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021 (DOE número 9, de 14 de enero de 2022). El citado decreto, en su artículo 18, establece que, para dotar de mayor efectividad a las comunicaciones con las personas solicitantes, se podrán efectuar mediante publicación de anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, que indicará el lugar y el medio utilizado en el que se encuentra expuesta la relación de interesadas afectadas, así como el acto de que se trate. Una vez examinada la documentación obrante en los expedientes, se requiere a los interesados relacionados en el anexo adjunto, para que, en el plazo improrrogable de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a esta notificación, subsanen la solicitud presentada. Se informa que podrán conocer dicho requerimiento de subsanación a través de la notificación individual tramitada mediante la plataforma LABOREO https://laboreo.juntaex.es/ Mérida, 24 de abril de 2023. El jefe del Servicio de Ayudas Estructurales, CARLOS GUILLÉN NAVARRO.
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Diario Oficial de Extremadura

Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Notificaciones. Anuncio de 13 de abril de 2023 por el que se publica la resolución de inadmisión de solicitudes de ayuda a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del Decreto 142/2021, de 21 de diciembre.


... aplicación de las ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas ...

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NÚMERO 77 Lunes 24 de abril de 2023 26597 ANUNCIO de 13 de abril de 2023 por el que se publica la resolución de inadmisión de solicitudes de ayuda a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del Decreto 142/2021, de 21 de diciembre. (2023080703) El Decreto 142/2021, de 21 de diciembre, establece las bases reguladoras y normas de aplicación de las ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021, presentadas al amparo del referido decreto. El citado decreto en su artículo 18, establece que, para dotar de mayor efectividad a las comunicaciones con las personas solicitantes, se podrán efectuar las mismas mediante publicación de Anuncio en el Diario Oficial de Extremadura. Previo estudio, comprobación y valoración de las solicitudes presentadas, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 5.2, 7 y 15.6 del citado decreto, se emite Resolución del Director General de Política Agraria Comunitaria de inadmisión de solicitudes. Se informa que podrán conocer dicha resolución a través de la notificación individual tramitada mediante la plataforma LABOREO https://laboreo.juntaex.es/ Igualmente se informa que podrán presentar las alegaciones oportunas a través del Trámite de ARADO “Presentación documentación Ayudas FEADER NO SIG – INVERSIONES” en la dirección web abajo indicada, siempre que dispongan de certificado digital o DNI electrónico. https://aradoacceso.juntaex.es/Paginas/Login Mérida, 13 de abril de 2023. El Jefe del Servicio de Ayudas Estructurales, CARLOS GUILLÉN NAVARRO.
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Boletín Oficial Comunidad Madrid

A) Disposiciones Generales - PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD Ley –  Ley 10/2023, de 12 de abril, por la que se modifica el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre, para ampliar las deducciones autonómicas en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas


... española, lo que ha ayudado a resistir mejor las ... la pandemia de la COVID-19. A pesar ... Madrid se consolida como la Comunidad Autónoma con menor carga fiscal, que ...

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BOCM B.O.C.M. Núm. 90 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID LUNES 17 DE ABRIL DE 2023 Pág. 37 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Presidencia de la Comunidad 3 LEY 10/2023, de 12 de abril, por la que se modifica el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre, para ampliar las deducciones autonómicas en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. La Presidenta de la Comunidad de Madrid. Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la presente Ley, que yo, en nombre del Rey, promulgo. PREÁMBULO La Comunidad de Madrid, en el ámbito de sus competencias, ha optado desde hace dos décadas por una política fiscal y tributaria que alivie la presión fiscal sobre los ciudadanos. Esta política fiscal ha demostrado que genera mayor desarrollo, prosperidad y riqueza, tal y como se observa en las cifras de crecimiento, atracción de inversiones y renta per cápita de la Comunidad de Madrid. Un objetivo que se ha demostrado que es compatible con el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y con el mantenimiento de unos servicios públicos de gran calidad. Contar con una fiscalidad moderada, justa e incentivadora de la actividad económica en un contexto de estabilidad institucional y libertad económica explica, en gran medida, la fortaleza de la Comunidad de Madrid en el conjunto de la economía española, lo que ha ayudado a resistir mejor las dificultades derivadas de las crisis, muy particularmente de la última derivada de la pandemia de la COVID-19. A pesar de las buenas perspectivas económicas, la actual situación económica, agravada por la situación internacional y la escasez de materias primas básicas y de combustible que nos afecta, provoca que a corto plazo se pueda ralentizar el crecimiento y la creación de empleo, lo que exige la adopción de medidas que contribuyan no sólo a dinamizar la economía sino a incentivar la inversión, el ahorro o el consumo. Por este motivo, la Comunidad de Madrid recoge una ampliación de las deducciones existentes para mejorar el nivel adquisitivo de los madrileños aumentando la cantidad de recursos disponibles obtenidos de su trabajo. Se introducen tres nuevas deducciones destinadas directamente a mejorar la renta de las familias e incentivar las mejoras en las viviendas de alquiler. Así, se introducen deducciones por cuidado de ascendientes, por los gastos derivados del arrendamiento de viviendas, y, por el pago de intereses de préstamos para estudios de grado, máster o doctorado. Y se amplían las deducciones por gastos de enseñanza de idiomas, por cuidado de hijos menores de tres años, que se extiende al cuidado de mayores dependientes y personas con discapacidad y por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación, en la que se incrementan los porcentajes de deducción. Estas deducciones, que son parte de las rebajas impositivas aprobadas en la presente Legislatura, dan continuidad y son plenamente coherentes con la política tributaria desarrollada en los últimos años, gracias a la cual la Comunidad de Madrid se consolida como la Comunidad Autónoma con menor carga fiscal, que se ha reducido para los madrileños en 60.777 millones de euros, lo que equivale a una media de 17.620 euros por contribuyente en los últimos dieciocho años. II La presente Ley se compone de un artículo único y una disposición final única. BOCM-20230417-3 I
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Boletín Oficial del Estado

T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. Pleno. Sentencia 16/2023, de 7 de marzo de 2023. Recurso de inconstitucionalidad 5935-2021. Interpuesto por el Parlamento de Canarias respecto de la disposición final tercera del Real Decreto-ley 12/2021, de 24 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la fiscalidad energética y en materia de generación de energía, y sobre gestión del canon de regulación y de la tarifa de utilización del agua. Límites materiales de los decretos leyes y régimen económico y fiscal canario: modificación de las deducciones por inversiones aprobada mediando solicitud del informe del Parlamento de Canarias.


... Europea sobre ayudas estatales a ... especial fiscal de la comunidad autónoma. Creemos que no se ha ... del 8,1 por 100. Del fondo Covid, de 16 000 millones de euros, ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Viernes 14 de abril de 2023 Sec. TC. Pág. 53458 La exposición de motivos del Real Decreto-ley 12/2021 en su apartado VI analiza de forma explícita y detallada las razones que justifican la regulación sustantiva que realiza la norma; no se efectúa aquí una mención expresa a la disposición final tercera, a la que sí se refiere el apartado III, en los términos antes expuestos, y que incluye como motivación de la misma la necesidad de «actualizar el límite absoluto de la deducción» (por inversiones cinematográficas en Canarias) a «los cambios que se han introducido en el límite a nivel estatal, de manera que Canarias mantenga el diferencial respecto al límite de deducción de la península». En el debate de convalidación («Diario de Sesiones del Congreso los Diputados», Pleno y Diputación Permanente, núm. 117, de 21 de julio de 2021) la vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, además de referirse al cumplimiento de la extraordinaria y urgente necesidad respecto del conjunto de las medidas contenidas en el Real Decreto-ley, hizo una mención específica a la disposición final tercera, en los siguientes términos: «El Gobierno actualiza el límite absoluto de la deducción por inversiones en producciones cinematográficas de 5,4 millones de euros a 12,4 millones de euros. De igual forma, se adapta la regulación dada la deducción a nivel estatal en conformidad con la comunicación de la Comisión Europea sobre ayudas estatales a las obras cinematográficas y otras producciones del sector audiovisual. Somos conscientes de que ha existido un posicionamiento desfavorable por parte de algunos actores clave en Canarias, argumentando que la modificación de este límite de deducción en Canarias no cumple con lo recogido en el régimen especial fiscal de la comunidad autónoma. Creemos que no se ha producido ningún incumplimiento de la normativa y que Canarias sigue contando con ventajas competitivas respecto al resto de la Península para atraer inversiones en este ámbito. De hecho, la modificación supone que se mantiene el diferencial de 2,4 millones que tenía con respecto a las producciones que puedan realizarse en el resto del territorio español. Somos conocedores de las dificultades a las que se enfrentan los territorios insulares y somos sensibles con ello. Déjenme que trate de presentar los datos de nuestro compromiso directo con Canarias. Solo con este análisis objetivo podremos ver que nuestra preocupación como Gobierno se traduce en absorber el golpe de la crisis y generar un espacio de inversiones para la recuperación, y esto es posible por las medidas extraordinarias aprobadas por este Gobierno. En 2020, pese a la caída histórica del PIB, el Gobierno central garantizó recursos suficientes para blindar la sanidad, la educación y el Estado del bienestar. Incluyendo todos los conceptos del sistema de financiación, Canarias contó en 2020 con 5590 millones de euros, 421 millones de euros más que en 2019, lo que representa un incremento del 8,1 por 100. Del fondo Covid, de 16 000 millones de euros, y a través de las distintas conferencias sectoriales, Canarias dispuso de 213,7 millones de euros. Los recursos adicionales aportados por el Estado han permitido financiar el cien por cien del incremento del gasto público y da la caída de ingresos derivada de la Covid en Canarias, que alcanzó los 917 millones de euros. Equilibrar las cuentas es, a nuestro juicio, el primer paso para poder gobernar sin dejar a nadie atrás. Este esfuerzo del Gobierno central demuestra el inexcusable apoyo financiero a la Comunidad Autónoma de Canarias, la más alta de toda la serie histórica.» Por su parte, la memoria de análisis de impacto normativo señala que con esta reforma: «Se atiende a la especial situación por la que atraviesa el sector del cine en Canarias, para atajar las posibles diferencias económicas respecto a su situación peninsular», para añadir asimismo que «se pretende actualizar el límite absoluto de la deducción de 5,4 a 12,4 millones, siguiendo los cambios que se han introducido en el límite a nivel estatal, de manera que Canarias mantenga el diferencial respecto al límite de deducción de la península». cve: BOE-A-2023-9215 Verificable en https://www.boe.es Núm. 89
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Diario Oficial de Extremadura

Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Desarrollo Sostenible. Ayudas. Anuncio de 5 de abril de 2023 sobre publicación de comunicación de aceptación y aprobación de la propuesta/actualización del acuerdo de colaboración asociado a la convocatoria de ayudas establecida en el Decreto 115/2022, de 31 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante, en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria.


... de la concesión de ayudas para el desarrollo sostenible ... en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas ... al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria. ...

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NÚMERO 71 24334 Viernes 14 de abril de 2023 ANEXO Listado de comunicación de aceptación y aprobación de la propuesta/actualización del Acuerdo de Colaboración a las personas interesadas dentro del procedimiento de ayudas reguladas en base al Decreto 115/2022, de 31 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante, en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria. N.º EXPEDIENTE CIF/NIF ADS22/0001 076***159X ADS22/0003 J10***547 ADS22/0004 051***798Y ADS22/0012 053***061E ADS22/0013 005***569X ADS22/0015 053***629P ADS22/0018 008***639R ADS22/0023 080***485Q ADS22/0026 B06***228 ADS22/0027 053***098L ADS22/0029 008***137W ADS22/0030 008***706V ADS22/0031 A78***080 ADS22/0032 J06***582 ADS22/0034 007***026K ADS22/0035 003***456J ADS22/0036 A28***503 ADS22/0037 007***230Y
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Administración Local. Ayuntamiento de Cáceres. Acta_Pleno_12_de_abril_de_2023


... Programa Municipal de ayudas de emergencia a autónomos y empresas del ... la reducción de la actividad ocasionada por la Covid-19 para el año 2021. TOTAL: 7. ...

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Documento firmado electrónicamente (RD 203/2021). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 14613671025350642010 en http://sede.caceres.es TOTAL: 24.000,00 € 5. SALUD PÚBLICA.SUBVENCIÓN PROTECTORA Convenio de colaboración con una asociación de protección animal, Asociación Proyecto Animalista por la Vida, que rescata perros y gatos en situación de abandono de la ciudad de Cáceres y se destinan al Centro de Protección Animal “El Refugio” de titularidad municipal. Se acompaña informe del Jefe de Sección de Apoyo a la Secretaría. TOTAL: 45.000,00 € 6. SALUD PÚBLICA. SUBVENCIÓN COLONIAS FELINAS Se establecen las bases de una colaboración entre el Ayuntamiento de Cáceres y la Fundación Universidad-Sociedad, para la esterilización y control sanitario de las colonias felinas por parte del Hospital Clínico Veterinario de la Universidad de Extremadura. TOTAL: 20.000,00 € 7. CULTURA. SUBVENCIONES CARÁCTER EXCEPCIONAL Actividades culturales de Interés público por su influencia en la tradición local de la ciudad, conservación del Folklore. TOTAL: 6.000,00 € 8. ASISTENCIA SOCIAL. SUBVENCIÓN CARÁCTER EXCEPCIONAL Consta en el expediente informe del Director del IMAS justificativo de la necesidad de colaboración con Cáritas Coria Cáceres para el mantenimiento del “Centro Vida” y “Centro de Emergencia Social”. TOTAL: 150.000,00 € 9. TURISMO. SUBVENCIÓN CARÁCTER EXCEPCIONAL. EXTREMUSIKA Se trata de aportar una subvención al festival a fin de darle mayor relevancia y peso a nivel nacional, en orden a convertirlo en un referente e icono de la ciudad. 10. TURISMO. SUBVENCIÓN COFRADÍAS SEMANA SANTA Vista la importancia turística, económica y social de la Semana Santa Cacereña declarada Fiesta de Interés Turístico Internacional, el Ayuntamiento de Cáceres subvenciona anualmente a las Cofradías Penitenciales y Sacramentales, para la celebración de los distintos actos procesionales. TOTAL: 40.000,00 € 16. DESARROLLO EMPRESARIAL. CONVENIO CÁMARA DE COMERCIO DE CÁCERES Se trata de dar cobertura a la obligación pendiente de reconocer en virtud del Convenio suscrito con la Cámara de Comercio de Cáceres como entidad colaboradora, para la gestión del Programa Municipal de ayudas de emergencia a autónomos y empresas del término municipal de Cáceres de los sectores de Comercio, Hostelería y Turismo y otros afectados por la reducción de la actividad ocasionada por la Covid-19 para el año 2021. TOTAL: 7.500,00 € CLASE DE MODIFICACIÓN.- Crédito extraordinario, ya que se trata de asignar crédito para asumir un gasto específico y determinado para el cual no existe crédito en el presupuesto aprobado. Los créditos extraordinarios son aquellas modificaciones del presupuesto de gastos mediante los que se asigna crédito para la realización de un gasto específico y determinado que no puede demorarse hasta el ejercicio siguiente y para el que no existe crédito, de conformidad con lo establecido en los artículos 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 35 del Real Decreto 500/1990, de 20 de
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Diario Oficial de Extremadura

Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Conciliación Familiar. Subvenciones. Extracto de la Resolución de 31 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para la contratación como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral para responder al impacto del COVID-19 correspondiente al año 2023.


... segunda convocatoria de las ayudas directas a autónomos y empresas financiadas por ... familiar y laboral para responder al impacto del COVID-19 ( DOE n.º 173, de 7 ...

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NÚMERO 68 Martes 11 de abril de 2023 23146 EXTRACTO de la Resolución de 31 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para la contratación como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral para responder al impacto del COVID-19 correspondiente al año 2023. (2023061209) BDNS(Identif.):686112 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es/): Primero. Objeto y finalidad. Mediante la presente resolución se establece la convocatoria, para el ejercicio 2023, de subvenciones destinadas a la contratación como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral para responder al impacto del COVID-19. La presente convocatoria se regirá por las normas contenidas en la Orden de 6 de julio de 2020 (DOE n.º 132, de 9 de julio de 2020), de la Consejera de Igualdad y Portavocía por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la contratación como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral para responder al impacto del COVID-19, y por las modificaciones contempladas en el capítulo II del Decreto-ley 6/2021, de 1 de septiembre, por el que se efectúa la segunda convocatoria de las ayudas directas a autónomos y empresas financiadas por el Gobierno de España reguladas por el Decreto-ley 5/2021, de 9 de junio, ampliando el ámbito de sus posibles beneficiarios, y se modifican las bases reguladoras de las ayudas a la contratación, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral para responder al impacto del COVID-19 ( DOE n.º 173, de 7 de septiembre), y en la Orden de 28 de febrero de 2023 (DOE n.º 46, de 8 de marzo), que modifica la Orden de 6 de julio de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de dichas ayudas. COVID-19. La finalidad de las ayudas es fomentar la contratación de personas para el cuidado, a domicilio, de hijos o de hijas menores de 14 años o familiar de primer o segundo grado de consanguineidad o afinidad con una discapacidad reconocida igual o superior al 33% en el marco de la política de conciliación de la vida personal, familiar y laboral y corresponsabilidad entre hombres y mujeres en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Segundo. Personas beneficiarias y requisitos generales. Podrán ser personas beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas, trabajadoras por cuenta propia y ajena, que se acojan a esta medida de conciliación y corresponsabilidad,
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Diario Oficial de Extremadura

Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Notificaciones. Anuncio de 29 de marzo de 2023 sobre notificación por publicación de resolución de inadmisión de solicitud del procedimiento de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante correspondiente a la convocatoria establecida en el Decreto 115/2022, de 31 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante, en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria.


... el procedimiento de ayudas convocadas a través del ... impacto de la crisis COVID-19 y única ... la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en conexión ...

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NÚMERO 67 22954 Lunes 10 de abril de 2023 ANUNCIO de 29 de marzo de 2023 sobre notificación por publicación de resolución de inadmisión de solicitud del procedimiento de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante correspondiente a la convocatoria establecida en el Decreto 115/2022, de 31 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante, en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria. (2023080613) Mediante la publicación del presente anuncio se procede a la notificación de resolución de inadmisión de solicitud a las personas interesadas en el procedimiento de ayudas convocadas a través del Decreto 115/2022, de 31 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante, en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y única convocatoria. A continuación, se recoge la relación de personas interesadas a los que se le notifica resolución de inadmisión de solicitud, con alusión al NIF y número de expediente, pudiendo acceder con las respectivas claves personalizadas a la aplicación LABOREO para consultar el estado de los expedientes. N.º EXPEDIENTE NIF ADS22/0371 076***245W ADS22/0372 006***976X Las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de notificación de la presente resolución, ante la persona titular de Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, o ante el órgano que dicta el presente acto, de conformidad con el artículo 101.3 y 101.4 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en conexión con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y ello sin perjuicio de que la persona interesada pueda interponer cualquier otro que estime pertinente. La notificación se realiza de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 41 y 42 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. Mérida, 29 de marzo de 2023. El Director General de Sostenibilidad, JESÚS MORENO PÉREZ.
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