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Boletín Oficial Junta de Andalucía

Autoridades y personal. . Resolución de 23 de junio de 2023, de la Viceconsejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo por el procedimiento de libre designación.


... se adoptan diversas medidas como consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19), la presentación de las solicitudes de participación en los ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 127 - Miércoles, 5 de julio de 2023 página 11370/1 2. Autoridades y personal 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL Resolución de 23 de junio de 2023, de la Viceconsejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo por el procedimiento de libre designación. Conforme a lo dispuesto en el artículo 25.1 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y a los artículos 60, 61 y 62 del Reglamento General de ingreso, promoción interna y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 2/2002, de 9 de enero, esta Viceconsejería, en virtud de las competencias que tiene delegadas establecidas en el artículo 1.1.e) de la Orden de 21 de noviembre de 2022, por la que se delegan y atribuyen competencias en órganos directivos de la Consejería (BOJA núm. 227, de 25 de noviembre), anuncia la provisión de puesto de libre designación, próximo a quedar vacante con sujeción a las siguientes, BASES Primera. Se convoca la provisión de puesto de trabajo de libre designación que se detalla en anexo a la presente resolución. Tercera. 1. Las solicitudes, dirigidas a la Viceconsejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, se presentarán dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, obligatoriamente en el Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a que se refiere el artículo 2.1 la Ley 39/2015, de 1 de octubre. De acuerdo con lo establecido en el artículo único del Decreto-ley 27/2020, de 22 de octubre, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se adoptan diversas medidas como consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19), la presentación de las solicitudes de participación en los procesos de provisión de puestos de trabajo, así como la realización de los demás trámites y actos de las personas participantes, se realizarán obligatoriamente a través de medios electrónicos, en la forma establecida para el sistema de identificación y firma para los empleados públicos en el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía. 2. En la instancia de solicitud figurarán los datos personales, haciendo constar el Número de Registro Personal y el puesto que se solicita, acompañando Hoja de Acreditación de Datos o «curriculum vitae», en el que se acreditarán títulos académicos, puestos de trabajo desempeñados en la Administración Pública y cuantos otros méritos se relacionen con el contenido del puesto que se solicita. Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00286392 Segunda. Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario que reúna los requisitos señalados para el desempeño del mismo en el anexo que se acompaña y aquellos otros, de carácter general, exigidos por la legislación vigente.
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Boletín Oficial Junta de Andalucía

Autoridades y personal. . Resolución de 27 de junio de 2023 de la Viceconsejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo por el procedimiento de libre designación.


... se adoptan diversas medidas como consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19), la presentación de las solicitudes de participación en los ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 127 - Miércoles, 5 de julio de 2023 página 11374/1 2. Autoridades y personal 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL Resolución de 27 de junio de 2023 de la Viceconsejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo por el procedimiento de libre designación. Conforme a lo dispuesto en el artículo 25.1 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y a los artículos 60, 61 y 62 del Reglamento General de ingreso, promoción interna y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 2/2002 de 9 de enero, esta Viceconsejería, en virtud de las competencias que tiene delegadas establecidas en el artículo 1.1.e) de la Orden de 21 de noviembre de 2022, por la que se delegan y atribuyen competencias en órganos directivos de la Consejería (BOJA núm. 227, de 25 de noviembre), anuncia la provisión de puesto de libre designación, próximo a quedar vacante con sujeción a las siguientes BASES Primera. Se convoca la provisión de puesto de trabajo de libre designación que se detalla en anexo a la presente resolución. Tercera. 1. Las solicitudes, dirigidas a la Viceconsejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, se presentarán dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, obligatoriamente en el Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a que se refiere el artículo 2.1 la Ley 39/2015, de 1 de octubre. De acuerdo con lo establecido en el artículo único del Decreto-ley 27/2020, de 22 de octubre, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se adoptan diversas medidas como consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19), la presentación de las solicitudes de participación en los procesos de provisión de puestos de trabajo, así como la realización de los demás trámites y actos de las personas participantes, se realizarán obligatoriamente a través de medios electrónicos, en la forma establecida para el sistema de identificación y firma para los empleados públicos en el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía. 2. En la instancia de solicitud figurarán los datos personales, haciendo constar el Número de Registro Personal y el puesto que se solicita, acompañando Hoja de Acreditación de Datos o «curriculum vitae», en el que se acreditarán títulos académicos, puestos de trabajo desempeñados en la Administración Pública y cuantos otros méritos se relacionen con el contenido del puesto que se solicita. Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00286397 Segunda. Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario que reúna los requisitos señalados para el desempeño del mismo en el anexo que se acompaña y aquellos otros, de carácter general, exigidos por la legislación vigente.
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Boletín Oficial Junta de Andalucía

Autoridades y personal. . Resolución de 22 de junio de 2023, de la Viceconsejería, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo por el procedimiento de libre designación.


... se adoptan diversas medidas como consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19), la presentación de las solicitudes de participación en los ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 127 - Miércoles, 5 de julio de 2023 página 11359/1 2. Autoridades y personal 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD, MEDIO AMBIENTE Y ECONOMÍA AZUL Resolución de 22 de junio de 2023, de la Viceconsejería, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo por el procedimiento de libre designación. Conforme a lo dispuesto en los artículos 25.1 y 26.2 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y a los artículos 60, 61 y 62 del Reglamento General de ingreso, promoción interna y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 2/2002 de 9 de enero, esta Viceconsejería, en virtud de las competencias que tiene delegadas en el artículo 1.1.e) de la Orden de 15 de noviembre de 2022, por la que se delegan y atribuyen competencias en órganos directivos de esta Consejería (BOJA núm. 227, de 25 de noviembre), anuncia la provisión de puesto de libre designación, con sujeción a las siguientes BASES Primera. Se convoca la provisión de puesto de trabajo de libre designación que se detalla en anexo a la presente resolución. Tercera. 1. Las solicitudes, dirigidas a la Viceconsejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, se presentarán dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, obligatoriamente en el Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a que se refiere el artículo 2.1 la Ley 39/2015, de 1 de octubre. De acuerdo con lo establecido en el artículo único del Decreto-ley 27/2020, de 22 de octubre, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se adoptan diversas medidas como consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19), la presentación de las solicitudes de participación en los procesos de provisión de puestos de trabajo, así como la realización de los demás trámites y actos de las personas participantes, se realizarán obligatoriamente a través de medios electrónicos, en la forma establecida para el sistema de identificación y firma para los empleados públicos en el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía. 2. En la instancia de solicitud figurarán los datos personales, haciendo constar el Número de Registro Personal y el puesto que se solicita, acompañando Hoja de Acreditación de Datos y «Curriculum Vitae», en el que se acreditarán títulos académicos, puestos de trabajo desempeñados en la Administración Pública y cuantos otros méritos se relacionen con el contenido del puesto que se solicita. Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00286381 Segunda. Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario que reúna los requisitos señalados para el desempeño del mismo en el anexo que se acompaña y aquellos otros, de carácter general, exigidos por la legislación vigente.
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I. Disposiciones generales. COMUNIDAD DE MADRID. Emergencias. Protección civil. Ley 5/2023, de 22 de marzo, de Creación del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad de Madrid.


... presentan un alto impacto. Como muestra, la pandemia ocasionada por el coronavirus COVID-19 ha provocado una emergencia sanitaria, económica y social sin ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 158 Martes 4 de julio de 2023 Sec. I. Pág. 92755 I. DISPOSICIONES GENERALES COMUNIDAD DE MADRID 15467 Ley 5/2023, de 22 de marzo, de Creación del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad de Madrid. LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD DE MADRID Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la siguiente ley, que yo, en nombre del Rey, promulgo. PREÁMBULO En un mundo globalizado, cambiante e interdependiente, las causas y consecuencias de los distintos tipos de amenazas naturales, biológicas o tecnológicas, que tienen efecto directo en las personas y sus bienes, traspasan fronteras, en sociedades diversas e interconectadas. Esta realidad representa un desafío al que las estrategias y políticas públicas de protección civil y emergencias no pueden resultar ajenas. En este contexto, la gestión integral de las emergencias supone un reto global que concierne a la comunidad internacional en su conjunto. De este modo, esta responsabilidad de seguridad de su población ciudadanos debe ser asumida por todos los poderes públicos en un sistema integrado de protección civil y emergencia, que fusione los niveles internacional, nacional, autonómico y local. Centrándonos en nuestro país, en España los incendios forestales, las inundaciones y los fenómenos meteorológicos adversos, ocasionan periódicamente daños importantes que pueden llegar a afectar a la seguridad de las personas y de sus bienes, contribuyendo, además, al deterioro del medio ambiente. En menor medida están presentes, entre otros, el riesgo sísmico, volcánico, radiológico, biológico, químico y de origen tecnológico, si bien sus efectos pueden ser muy importantes en caso de producirse, pues sus consecuencias presentan un alto impacto. Como muestra, la pandemia ocasionada por el coronavirus COVID-19 ha provocado una emergencia sanitaria, económica y social sin precedentes a nivel mundial. La rapidez en la evolución de los hechos, a escala nacional e internacional, requiere la adopción de medidas inmediatas y eficaces para hacer frente a esta coyuntura. La Constitución española, en su artículo 15, recoge el derecho a la vida y a la integridad física de las personas como el primero y más importante de los derechos fundamentales; y, en su artículo 9.2, establece la obligación de los poderes públicos de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de toda la ciudadanía en la vida política, económica, cultural y social. En su artículo 30.4, la Constitución establece también que mediante ley podrán regularse los deberes de la ciudadanía en casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública. Ni la Constitución española, ni la ley que aprueba el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid mencionan la protección civil en sus respectivas listas de reparto o asunción de competencias. No obstante, el Tribunal Constitucional, en diversos pronunciamientos (Sentencias 123/1984 y 133/1990) encuadra la protección civil en la competencia sobre seguridad pública que corresponde al Estado, pero sin perjuicio de la competencia estatutaria sobre materias que guardan alguna relación con la seguridad pública, como la vigilancia de sus edificios e instalaciones, o las competencias de sanidad, carreteras, montes y bosques, entre otras. Por tanto, la jurisprudencia cve: BOE-A-2023-15467 Verificable en https://www.boe.es I
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Disposiciones generales. . Corrección de errata del Acuerdo de 6 de junio de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se toma conocimiento del informe de la Consejería de Salud y Consumo sobre la evolución de la pandemia del COVID-19 en los centros residenciales de la Comunidad Autónoma de Andalucía a fecha 6 de junio de 2023 (BOJA núm. 110, de 12.6.2023).


... en salud pública de importancia internacional y la pandemia global ante la situación del coronavirus COVID-19, con fechas 30 de enero y 11 de marzo de 2020 ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 125 - Lunes, 3 de julio de 2023 página 11257/1 1. Disposiciones generales CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO Corrección de errata del Acuerdo de 6 de junio de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se toma conocimiento del informe de la Consejería de Salud y Consumo sobre la evolución de la pandemia del COVID-19 en los centros residenciales de la Comunidad Autónoma de Andalucía a fecha 6 de junio de 2023 (BOJA núm. 110, de 12.6.2023). Advertida errata en la página 10105/1 del Acuerdo de 6 de junio de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se toma conocimiento del informe de la Consejería de Salud y Consumo sobre la evolución de la pandemia del COVID-19 en los centros residenciales de la Comunidad Autónoma de Andalucía a fecha 6 de junio de 2023, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 110, de 12 de junio de 2023, se procede a su rectificación: En la página 10105/1, donde dice: «La Organización Mundial de la Salud, en adelante OMS, declaró la emergencia en salud pública de importancia internacional y la pandemia global ante la situación del coronavirus COVID-19, con fechas 30 de enero y 11 de marzo de 2020, respectivamente, situación que ha sido mantenida hasta el pasado día 5 de mayo de 2023, en que dicho organismo la dio por finalizada. En virtud de dicho contexto, la Consejería competente en materia de salud lleva elaborando desde el mes de marzo de 2020 un informe en el que se desglosan los datos principales sobre la evolución de la pandemia del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Andalucía actualizado a la fecha de las diferentes sesiones del Consejo de Gobierno. Dichos informes han sido semanales hasta mediados del mes de febrero, pasando a partir de ese momento a ser de carácter mensual. Por toda ello, aunque la OMS ha dado por finalizada la declaración de emergencia referida, dada la repercusión que para la ciudadanía andaluza y para el Sistema Sanitario Público de Andalucía sigue teniendo la evolución de la enfermedad de la COVID-19 en nuestra Comunidad Autónoma, se considera oportuno y conveniente que el informe evacuado con fecha 6 de junio sea conocido por el Consejo de Gobierno. En su virtud, de conformidad con el artículo 27.22 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Salud y Consumo, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 6 de junio de 2023, ACUERDA Tomar conocimiento del informe de la Consejería de Salud y Consumo sobre la evolución de la pandemia del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Andalucía a fecha 6 de junio de 2023.» «El Estatuto de Autonomía para Andalucía dispone, en su artículo 19, que las personas mayores tienen derecho a recibir de los poderes públicos de Andalucía una protección y una atención integral para la promoción de su autonomía personal y del envejecimiento activo, que les permita una vida digna e independiente y su bienestar social e individual, así como a acceder a una atención gerontológica adecuada, en el ámbito sanitario, social y asistencial. Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00286281 Debe decir:
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Autoridades y personal. . Resolución de 22 de junio de 2023, de la Viceconsejería, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo por el procedimiento de libre designación, próximo a quedar vacante.


... se adoptan diversas medidas como consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19), la presentación de las solicitudes de participación en los ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 124 - Viernes, 30 de junio de 2023 página 11192/1 2. Autoridades y personal 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD, MEDIO AMBIENTE Y ECONOMÍA AZUL Resolución de 22 de junio de 2023, de la Viceconsejería, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo por el procedimiento de libre designación, próximo a quedar vacante. Conforme a lo dispuesto en los artículos 25.1 y 26.2 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y a los artículos 60, 61 y 62 del Reglamento General de ingreso, promoción interna y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 2/2002 de 9 de enero, esta Viceconsejería, en virtud de las competencias que tiene delegadas en el artículo 1.1.e) de la Orden de 15 de noviembre de 2022, por la que se delegan y atribuyen competencias en órganos directivos de esta Consejería (BOJA núm. 227, de 25 de noviembre), anuncia la provisión de puesto de libre designación, con sujeción a las siguientes BASES Primera. Se convoca la provisión de puesto de trabajo de libre designación que se detalla en anexo a la presente resolución. Tercera. 1. Las solicitudes, dirigidas a la Viceconsejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, se presentarán dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, obligatoriamente en el Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a que se refiere el artículo 2.1 la Ley 39/2015, de 1 de octubre. De acuerdo con lo establecido en el artículo único del Decreto-ley 27/2020, de 22 de octubre, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se adoptan diversas medidas como consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19), la presentación de las solicitudes de participación en los procesos de provisión de puestos de trabajo, así como la realización de los demás trámites y actos de las personas participantes, se realizarán obligatoriamente a través de medios electrónicos, en la forma establecida para el sistema de identificación y firma para los empleados públicos en el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía. 2. En la instancia de solicitud figurarán los datos personales, haciendo constar el Número de Registro Personal y el puesto que se solicita, acompañando Hoja de Acreditación de Datos y «curriculum vitae», en el que se acreditarán títulos académicos, puestos de trabajo desempeñados en la Administración Pública y cuantos otros méritos se relacionen con el contenido del puesto que se solicita. Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00286209 Segunda. Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario que reúna los requisitos señalados para el desempeño del mismo en el anexo que se acompaña y aquellos otros, de carácter general, exigidos por la legislación vigente.
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I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Medidas urgentes. Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea.


... del Reglamento Sanitario Internacional sobre la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19), elaborado tras su decimoquinta reunión, concluyó que esta ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Jueves 29 de junio de 2023 Sec. I. Pág. 90587 Como complemento de lo anterior, el real decreto-ley prevé modificaciones puntuales del artículo 6 del meritado Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, de modo que se ajusten las cuantías que aparecían en el mismo. Así, se detraen 8 millones de la cantidad fijada entonces, de modo que las ayudas al sector agrario allí previstas ascienden a un total de 268.710.000 euros. Correlativamente, esos 8 millones se emplearán en una subvención directa a la Comunidad Autónoma de Extremadura para que la otorgue a los agricultores titulares de explotaciones de cereza de dicha Comunidad Autónoma afectados por las circunstancias climáticas extremas acaecidas en la campaña 2023, fijándose asimismo las correspondientes disposiciones en materia presupuestaria y de gestión para hacerlo posible. Por último, se contempla el establecimiento de una ayuda directa, para cubrir los costes adicionales que se produzcan en las explotaciones agrarias como consecuencia del incremento de los costes del gasóleo agrario. En efecto, el aumento del gasóleo agrícola y del gasóleo pesquero se ha situado durante los últimos meses en máximos desde 2008. Estos medios de producción son esenciales para asegurar un nivel de rendimientos acorde con los objetivos de seguridad alimentaria, por lo que, ante el mantenimiento de estas condiciones, deben adoptarse medidas similares a las contenidas en el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre. Por ello, se prevé una ayuda directa, para hacer frente a estos costes adicionales de las explotaciones agrarias durante el segundo semestre de 2023, haciendo uso de fórmulas de cómputo estandarizadas que aseguran una sencilla y eficaz gestión y atienden a la peculiaridad del empleo estacional de dicho combustible, íntimamente ligado a las características productivas primarias, fuertemente vinculadas a los ciclos productivos y de tareas, y salvo el régimen especial en el caso canario. Esta ayuda se concederá a los agricultores, aprovechando los mecanismos y procedimientos asociados a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos destinado en exclusiva al uso agrario. En el caso del sector pesquero, se prevé que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación conceda una ayuda en régimen de concesión directa, complementaria a la que se otorga al amparo de dicho real decreto, en función de la estimación del consumo gasóleo de la embarcación, conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 38/2003, de 27 de noviembre, General de Subvenciones, para cubrir los costes adicionales derivados del incremento de los costes del gasóleo de cada empresa pesquera. La estimación del consumo se efectúa a partir de los datos de consumo de gasóleo de la flota pesquera de la última Encuesta Económica de Pesca Marítima. En el título V del libro quinto, se recogen medidas de carácter sanitario, social y económico, que se dividen en tres capítulos. Respecto al capítulo I, cabe reseñar que el pasado 5 de mayo de 2023, el Director General de la Organización Mundial de la Salud, de acuerdo con el informe del Comité de Emergencia del Reglamento Sanitario Internacional sobre la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19), elaborado tras su decimoquinta reunión, concluyó que esta enfermedad ya no constituye una emergencia de salud pública de importancia internacional y que, por tanto, es el momento de plantear un sistema de manejo a largo plazo de la enfermedad integrado en el control de las infecciones respiratorias agudas. En consecuencia, en la reunión del Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud que tuvo lugar el pasado 23 de junio, el Ministerio de Sanidad consultó a las comunidades autónomas sobre la finalización de la situación de crisis sanitaria, de conformidad con lo previsto en el artículo 2.3 de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, con el fin de que el Gobierno proceda a declarar la finalización de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. Esta declaración supone que algunas medidas contempladas en la Ley 2/2021, de 29 de marzo, dejen de ser de aplicación, a pesar de que, durante la crisis sanitaria, se ha demostrado su utilidad y eficacia para la protección de la salud de las personas y la vigilancia de la salud pública. cve: BOE-A-2023-15135 Verificable en https://www.boe.es Núm. 154
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Boletín Oficial Junta de Andalucía

Autoridades y personal. . Resolución de 21 de junio de 2023, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de la categoría de Técnico/a de Gestión Documental, Biblioteca y Archivo, dependiente del Servicio Andaluz de Salud.


... carácter extraordinario y urgente diversas medidas ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19) (BOJA extraordinario núm. 46, de 29 de julio), esta ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 120 - Lunes, 26 de junio de 2023 página 10833/1 2. Autoridades y personal 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO Resolución de 21 de junio de 2023, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de la categoría de Técnico/a de Gestión Documental, Biblioteca y Archivo, dependiente del Servicio Andaluz de Salud. Con carácter previo a la cobertura de las plazas vacantes mediante los procesos selectivos de concurso y concurso oposición por el sistema de acceso libre para cubrir plazas básicas vacantes de categorías y especialidades en desarrollo de la Oferta de Empleo Público de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, aprobadas mediante el Decreto 296/2021, de 28 de diciembre (BOJA núm. 250, de 30 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, convocadas por resoluciones de 22 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, de 14 de julio), modificado por el Decreto 176/2006, de 10 de octubre (BOJA núm. 209, de 27 de octubre), por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y por la disposición final segunda del DecretoLey 20/2020, de 28 de julio, por el que se establecen con carácter extraordinario y urgente diversas medidas ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19) (BOJA extraordinario núm. 46, de 29 de julio), esta Dirección General, en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 156/2022, de 9 de agosto (BOJA núm. 28, de 11 de agosto), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, RESU ELV E Primero. Convocar concurso de traslado para la provisión de las plazas básicas vacantes que se relacionan en el Anexo III distribuidas por centros de destino, así como de aquellas plazas que proceda acumular tras la aplicación del sistema de resultas previsto en el artículo 5.2 del Decreto 136/2001, de 12 de junio, correspondientes a la categoría de Técnico/a de Gestión Documental, Biblioteca y Archivo. Las categorías equivalentes y de referencia, según lo dispuesto en el Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo (BOE núm. 83, de 7 de abril), por el que se regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud y el procedimiento de su actualización se especifican en el Anexo IV. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de acuerdo con el art. 8.2.a) de la Ley 29/98 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00285858 Segundo. Aprobar las bases y el baremo de méritos que regirán la convocatoria, contenidos respectivamente en los Anexos I y II.
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Boletín Oficial Comunidad Madrid

B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO Retribución funcionarios docentes –  Orden de 22 de junio de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se modifica la Orden de 18 de febrero de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen criterios objetivos para la asignación de productividad a los funcionarios de Cuerpos Docentes no Universitarios, por la participación en programas de enseñanza bilingüe, de innovación educativa y que impliquen especial dedicación al centro


... abarcarán hasta la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus COVID-19”. El pasado 5 de mayo de 2023 la Organización Mundial ...

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BOCM B.O.C.M. Núm. 149 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID SÁBADO 24 DE JUNIO DE 2023 Pág. 3 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Economía, Hacienda y Empleo ORDEN de 22 de junio de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se modifica la Orden de 18 de febrero de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen criterios objetivos para la asignación de productividad a los funcionarios de Cuerpos Docentes no Universitarios, por la participación en programas de enseñanza bilingüe, de innovación educativa y que impliquen especial dedicación al centro. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en su artículo 104.2 que las Administraciones educativas prestarán una atención prioritaria a la mejora de las condiciones en que el profesorado realiza su trabajo y al estímulo de una creciente consideración y reconocimiento social de la función docente. En este sentido, el artículo 105.2, apartados a), b) y c) de la misma Ley, determina que las Administraciones educativas favorecerán el reconocimiento de la labor del profesorado, atendiendo a su labor tutorial a su especial dedicación al centro y a la implantación de planes que supongan innovación educativa, por medio de los incentivos económicos y profesionales correspondientes; así como el reconocimiento del trabajo de los profesores que impartan clases de su materia en una lengua extranjera en los centros bilingües. La Comunidad de Madrid ha dado concreción a las mencionadas previsiones mediante el establecimiento de los criterios objetivos que dan lugar a la percepción de un complemento de productividad por el profesorado participante en diversos planes y programas educativos puestos en marcha por la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, en la Orden de 18 de febrero de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen criterios objetivos para la asignación de productividad a los funcionarios de cuerpos docentes no universitarios por la participación en programas de enseñanza bilingüe, de innovación educativa y que impliquen especial dedicación al centro. Por otra parte, el día 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud calificó oficialmente como de pandemia global el brote de infecciones provocadas por el nuevo coronavirus SARS-CoV-2, que pasó a denominarse COVID-19. Con objeto de garantizar el mantenimiento de las actividades formativas y el proceso de aprendizaje del alumnado, así como garantizar de forma simultánea la seguridad y el bienestar del alumnado y del personal de los centros, mediante Resolución conjunta, de 9 de julio de 2020, de las Viceconsejerías de Política Educativa y de Organización Educativa se creó, como medida general organizativa, la figura del Coordinador COVID-19. La Orden de 18 de febrero de 2022 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo por la que se establecen criterios objetivos para la asignación de productividad a los funcionarios de cuerpos docentes no universitarios por la participación en programas de enseñanza bilingüe, de innovación educativa y que impliquen especial dedicación al centro, contempla en el apartado tercero del Anexo, epígrafe J), el abono de productividad del Coordinador COVID-19 (Programa COVID-19), expresando en su punto 4 que: “La vigencia de esta productividad será de carácter temporal. Sus efectos abarcarán hasta la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus COVID-19”. El pasado 5 de mayo de 2023 la Organización Mundial de la Salud decretó el fin del estado de emergencia, establecido el 30 de enero de 2020, por la pandemia de COVID-19. Por otro lado, mediante las Órdenes 1618/2022, de 9 de junio, y 904/2023, de 16 de marzo, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, se autorizan, respectivamente, a 46 y 33 colegios públicos de Educación Infantil y Primaria, a impartir el primer ciclo de educación infantil a partir del curso 2022-2023, la primera de ellas, y a partir del curso 2023-2024, la segunda, todo ello en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Por otro lado, y a propuesta de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, se dictó la Orden de 5 de julio de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, relativa a la creación de un componente singular del complemento específico para los maestros responsables del primer ciclo de Educación Infantil. BOCM-20230624-1 1
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