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BOCM B.O.C.M. Núm. 149 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID SÁBADO 24 DE JUNIO DE 2023 Pág. 3 I. COMUNIDAD DE MADRID B) Autoridades y Personal Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
ORDEN de 22 de junio de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se modifica la
Orden de 18 de febrero de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen criterios objetivos para la asignación de productividad a los funcionarios de Cuerpos Docentes no Universitarios, por la participación en programas de enseñanza bilingüe, de innovación educativa y que impliquen especial dedicación al centro. La
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en su artículo 104.2 que las Administraciones educativas prestarán una atención prioritaria a la mejora de las condiciones en que el profesorado realiza su trabajo y al estímulo de una creciente consideración y reconocimiento social de la función docente. En este sentido, el artículo 105.2, apartados a), b) y c) de la misma Ley, determina que las Administraciones educativas favorecerán el reconocimiento de la labor del profesorado, atendiendo a su labor tutorial a su especial dedicación al centro y a la implantación de planes que supongan innovación educativa, por medio de los incentivos económicos y profesionales correspondientes; así como el reconocimiento del trabajo de los profesores que impartan clases de su materia en una lengua extranjera en los centros bilingües. La Comunidad de Madrid ha dado concreción a las mencionadas previsiones mediante el establecimiento de los criterios objetivos que dan lugar a la percepción de un complemento de productividad por el profesorado participante en diversos planes y programas educativos puestos en marcha por la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, en la
Orden de 18 de febrero de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen criterios objetivos para la asignación de productividad a los funcionarios de cuerpos docentes no universitarios por la participación en programas de enseñanza bilingüe, de innovación educativa y que impliquen especial dedicación al centro. Por otra parte, el día 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud calificó oficialmente como de pandemia global el brote de infecciones provocadas por el nuevo
coronavirus SARS-CoV-2, que pasó a denominarse COVID-19. Con objeto de garantizar el mantenimiento de las actividades formativas y el proceso de aprendizaje del alumnado, así como garantizar de forma simultánea la seguridad y el bienestar del alumnado y del personal de los centros, mediante Resolución conjunta, de 9 de julio de 2020, de las Viceconsejerías de Política Educativa y de Organización Educativa se creó, como medida general organizativa, la figura del Coordinador COVID-19. La
Orden de 18 de febrero de 2022 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo por la que se establecen criterios objetivos para la asignación de productividad a los funcionarios de cuerpos docentes no universitarios por la participación en programas de enseñanza bilingüe, de innovación educativa y que impliquen especial dedicación al centro, contempla en el apartado tercero del Anexo, epígrafe J), el abono de productividad del Coordinador COVID-19 (Programa COVID-19), expresando en su punto 4 que: “La vigencia de esta productividad será de carácter temporal. Sus efectos abarcarán hasta la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el
coronavirus COVID-19”. El pasado 5 de mayo de 2023 la Organización Mundial de la Salud decretó el fin del estado de emergencia, establecido el 30 de enero de 2020, por la pandemia de COVID-19. Por otro lado, mediante las Órdenes 1618/2022, de 9 de junio, y 904/2023, de 16 de marzo, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, se autorizan, respectivamente, a 46 y 33 colegios públicos de Educación Infantil y Primaria, a impartir el primer ciclo de educación infantil a partir del curso 2022-2023, la primera de ellas, y a partir del curso 2023-2024, la segunda, todo ello en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Por otro lado, y a propuesta de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, se dictó la
Orden de 5 de julio de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, relativa a la creación de un componente singular del complemento específico para los maestros responsables del primer ciclo de Educación Infantil. BOCM-20230624-1 1
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