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I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Tabaco. Precios. Resolución de 10 de mayo de 2024, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.


... 95 TOSCANO Antica Riserva (El envase de 2). 4,60 Classico (El envase de 5). 6,20 Extravecchio (El envase de 5). 6,70 Garibaldi (El envase de 5). 6,50 C ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Sábado 11 de mayo de 2024 B) Sec. I. Pág. 53952 CIGARROS Y CIGARRITOS PVP – Euros/envase ANTICO Toscano (El envase de 5). 9,30 ROLL’S Roll’s Red Exclusive (El envase de 17). 2,85 Roll’s White Exclusive (El envase de 17). 2,85 TOSCANELLO Bianco (El envase de 5). 4,60 Castano (El envase de 5). 4,60 Giallo (El envase de 5). 4,60 Nero (El envase de 5). 4,60 Rosso (El envase de 5). 4,60 Toscanello (El envase de 5). 4,60 Toscanello Rosso Oro (El envase de 5). 4,80 TOSCANINO Toscanino (el envase de 10). 2,95 Toscanino Giallo (el envase de 10). 2,95 Toscanino Rosso (el envase de 10). 2,95 TOSCANO Antica Riserva (El envase de 2). 4,60 Classico (El envase de 5). 6,20 Extravecchio (El envase de 5). 6,70 Garibaldi (El envase de 5). 6,50 C) PICADURAS DE LIAR PVP – Euros/unidad Ducados Rubio Extra (30 g). 5,80 Golden Virginia Amber (40 g). 9,95 D) PICADURAS DE PIPA PVP – Euros/unidad Dozaj Amnesia (50 g). 3,80 Dozaj Black Blast (50 g). 4,30 cve: BOE-A-2024-9475 Verificable en https://www.boe.es Núm. 115
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I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Tabaco. Precios. Resolución de 10 de mayo de 2024, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.


... 10). 3,80 EL CRIOLLITO DBL Magnum 6 × 60 (24). 3,65 Half Corona Mazo (20). 2,35 B) PICADURAS DE PIPA Dozaj Amnesia (50 g). 2,40 Dozaj Black Blast (50 ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 115 Sábado 11 de mayo de 2024 Sec. I. Pág. 53954 PVP – Euros/unidad Sebero Sunlight (200 g). 17,50 Sebero Sunlight (50 g). 4,50 Sebero Wonder (200 g). 17,50 Sebero Wonder (50 g). 4,50 Segundo. Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en expendedurías de tabaco y timbre de Ceuta y Melilla serán los siguientes: A) CIGARROS Y CIGARRITOS PVP – Euros/unidad A. FLORES Gran Reserva Half Corona-Capa Corojo latas (25). 3,25 Gran Reserva Half Corona-Capa Sungrown latas (25). 3,25 CONSTANTINO GONZALEZ Constantino Gonzalez Corto 4 × 50 (Mazo de 10). 2,75 Constantino Gonzalez Lancero 7 × 42 M (10). 3,90 Constantino Gonzalez Robusto 5 × 52 (Mazo de 10). 3,25 Constantino Gonzalez Toro Extra 6 × 54 (Mazo de 10). 3,80 EL CRIOLLITO DBL Magnum 6 × 60 (24). 3,65 Half Corona Mazo (20). 2,35 B) PICADURAS DE PIPA Dozaj Amnesia (50 g). 2,40 Dozaj Black Blast (50 g). 3,10 Dozaj Krasava (50 g). 2,40 Revoshi Blck G (50 g). 2,45 Revoshi Eskimo C (50 g). 2,45 Revoshi Eskimo L (50 g). 2,45 Revoshi G Jager (200 g). 9,60 Revoshi G Jager (25 g). 1,40 cve: BOE-A-2024-9475 Verificable en https://www.boe.es PVP – Euros/unidad
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III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Comunitat Valenciana. Convenio. Resolución de 30 de abril de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Comunitat Valenciana, con objeto de su adhesión a la Oficina Nacional de Evaluación para la evacuación de informes.


... , y facultada para la suscripción del presente convenio, por acuerdo del Consell, de fecha 20 de marzo de 2024. Primero. El artículo 332 de la Ley 9/2017, de ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 115 Sábado 11 de mayo de 2024 Sec. III. Pág. 54007 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE HACIENDA 9516 Resolución de 30 de abril de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Comunitat Valenciana, con objeto de su adhesión a la Oficina Nacional de Evaluación para la evacuación de informes. El Ministerio de Hacienda y la Comunitat Valenciana han suscrito con fecha 26 de abril de 2024 el Convenio de adhesión de dicha Comunidad Autónoma a la Oficina Nacional de Evaluación (ONE) para la evacuación de los informes preceptivos regulados en el artículo 333.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y para general conocimiento, se procede a su publicación como anexo a esta resolución. Madrid, 30 de abril de 2024.–La Subsecretaria de Hacienda, Lidia Sánchez Milán. ANEXO Convenio entre el Ministerio de Hacienda y la Comunitat Valenciana con objeto de su adhesión a la ONE para la evacuación de los informes preceptivos regulados en el artículo 333.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público En Madrid, a 26 de abril de 2024. REUNIDOS De una parte, doña Lidia Sánchez Milán, Subsecretaria de Hacienda, nombrada por Real Decreto 357/2024, de 2 de abril, y en virtud de las competencias que le atribuye el artículo séptimo.4 de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de competencias. Y, de otra, doña Ruth María Merino Peña, Consellera de Hacienda, Economía y Administración Pública, en virtud del nombramiento efectuado por Decreto 11/2023, de 19 de julio, del President de la Generalitat, actuando en nombre y representación de la Generalitat, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28, letras c), g) y ll), de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.3 del Decreto 176/2014, de 10 de octubre, del Consell, por el que se regulan los convenios que suscriba la Generalitat y su registro, y facultada para la suscripción del presente convenio, por acuerdo del Consell, de fecha 20 de marzo de 2024. Primero. El artículo 332 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, crea la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (en adelante, OIReScon) como órgano colegiado adscrito al Ministerio de Hacienda, a través de la Subsecretaría del Departamento, a efectos puramente organizativos y presupuestarios. cve: BOE-A-2024-9516 Verificable en https://www.boe.es EXPONEN
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III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Subvenciones. Resolución de 17 de abril de 2024, de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se dictan instrucciones en relación a la elaboración de convocatorias para la concesión de subvenciones a las corporaciones locales destinadas a la contratación de personas desempleadas en obras y servicios de interés general y social en el marco del Programa de Fomento del Empleo Agrario.


... (en adelante, el Programa) se encuentra regulado por el Real Decreto 939/1997, de 20 de junio, por el que se regula la afectación al programa de fomento de ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 115 Sábado 11 de mayo de 2024 Sec. III. Pág. 54031 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL Resolución de 17 de abril de 2024, de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se dictan instrucciones en relación a la elaboración de convocatorias para la concesión de subvenciones a las corporaciones locales destinadas a la contratación de personas desempleadas en obras y servicios de interés general y social en el marco del Programa de Fomento del Empleo Agrario. El Programa de Fomento del Empleo Agrario (en adelante, el Programa) se encuentra regulado por el Real Decreto 939/1997, de 20 de junio, por el que se regula la afectación al programa de fomento de empleo agrario de créditos para inversiones de las Administraciones Públicas en las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura y en las zonas rurales deprimidas, como norma particular de este Programa propio del Servicio Público de Empleo Estatal. Asimismo, los artículos 41 a 46 y la disposición adicional sexta del Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo determinan los aspectos esenciales de tales programas, referidos a su objeto y contenidos mínimos, personas destinatarias finales, financiación y requisitos específicos y prioridades, en su caso, así como las cuantías de referencia de las subvenciones públicas dirigidas a su financiación cuando se utilice esta forma de gestión. También resulta aplicable a este Programa la Orden TES/1077/2023, de 28 de septiembre, por la que se establecen, en el ámbito competencial del Servicio Público de Empleo Estatal, las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de programas de políticas activas de empleo previstos en el Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo. Las actuaciones subvencionables al amparo de la citada orden son las que figuran en su anexo, y se agrupan por sus respectivos ejes y programas de políticas activas de empleo. En particular, y conforme a los ejes en que se articula el Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno, según lo establecido en el artículo 13.3 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, dentro del eje 3 «oportunidades de empleo», es objeto de subvención el Programa P05 de Inserción laboral a través de obras o servicios de interés general y social. Además de lo anterior, la disposición adicional quinta de la mencionada orden, establece determinadas condiciones relativas al procedimiento a seguir para la concesión de subvenciones a las corporaciones locales en zonas agrarias deprimidas del Programa de Fomento del Empleo Agrario del Servicio Público de Empleo Estatal, distinguiendo entre modalidades de proyectos. El Programa de Fomento del Empleo Agrario tiene por objeto el fomento de la colocación de las personas destinatarias mediante su contratación para la realización de obras o servicios de interés general y social. En concreto, el citado Programa está conformado por dos modalidades de proyectos: los Proyectos de Garantía de Rentas y los Proyectos Generadores de Empleo Estable. La concesión de subvenciones para la financiación de proyectos consistentes en actuaciones tanto de obras como de servicios de interés general y social y de garantía de rentas se realizará, excepcionalmente, mediante el procedimiento de concesión directa establecido en la letra i) del artículo 2.1 del Real Decreto 357/2006, de 24 de marzo, por el que se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en los ámbitos del empleo y de la formación profesional ocupacional, conforme a lo cve: BOE-A-2024-9521 Verificable en https://www.boe.es 9521
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III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Subvenciones. Resolución de 17 de abril de 2024, de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se dictan instrucciones en relación a la elaboración de convocatorias para la concesión de subvenciones a las corporaciones locales destinadas a la contratación de personas desempleadas en obras y servicios de interés general y social en el marco del Programa de Fomento del Empleo Agrario.


... a los requisitos de las obras y servicios establecidos en el Real Decreto 939/1997, de 20 de junio, por el que se regula la afectación al programa de fomento de ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Sábado 11 de mayo de 2024 Sec. III. Pág. 54036 días hábiles subsane la falta o acompañe los documentos requeridos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida su solicitud, en los términos establecidos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cuarta. Instrucción y procedimiento de concesión. 1. Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes establecido en la convocatoria, la correspondiente Subdirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal, como órgano instructor, realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para el conocimiento y comprobación de los datos y el cumplimiento del resto de requisitos exigidos en la convocatoria. Junto a los requisitos de las obras y servicios establecidos en el Real Decreto 939/1997, de 20 de junio, por el que se regula la afectación al programa de fomento de empleo agrario de créditos para inversiones de las Administraciones Públicas en las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura y en las zonas rurales deprimidas, se aplicarán los requisitos contemplados en el artículo 43 del Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, sin que sea de aplicación la previsión de las letras d) y e) en lo referente exclusivamente a que «por razones excepcionales debidamente motivadas, se inicien dentro del primer trimestre del ejercicio siguiente al de la convocatoria». 2. La Subdirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal correspondiente pedirá a los respectivos Consejos Comarcales la emisión de un informe sobre el cumplimiento de requisitos de los proyectos. 3. La Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal, tras el oportuno estudio, propondrá a la Comisión Provincial o Regional de Seguimiento, que actuará como órgano colegiado, la afectación de crédito a los proyectos que considere adecuados al Programa de Fomento del Empleo Agrario, teniendo además en cuenta los informes emitidos por los Consejos Comarcales, que no serán vinculantes. 4. La resolución de concesión se dictará por la persona titular de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal, por delegación de la persona titular de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal. La resolución administrativa será motivada y contendrá como mínimo los siguientes elementos: a) Relación de la/s obra/s o servicio/s aprobado/s. b) Denominación del proyecto. c) Tiempo de realización, así como fecha estimada de inicio y duración del proyecto. d) Cuantía de la subvención a otorgar. e) Número de personas trabajadoras a contratar, cuyos costes salariales y de cotización vayan a ser subvencionados. f) Grupos profesionales y niveles de las personas trabajadoras a contratar, así como la modalidad contractual que se utilice y duración de los contratos. g) Localización geográfica de la realización de la obra o servicio. 5. Se podrá instar a la entidad interesada para que reformule la solicitud en los términos establecidos en el artículo 27 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, cuando la cuantía de la subvención solicitada sea mayor que la propuesta de concesión. 6. La Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal resolverá y notificará la resolución de concesión de estas subvenciones en el plazo de seis meses a partir de la publicación de la convocatoria. En los procedimientos de concesión directa, el plazo para resolver y notificar la resolución de concesión de subvenciones será de seis meses contados desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en la sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal. cve: BOE-A-2024-9521 Verificable en https://www.boe.es Núm. 115
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III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Subvenciones. Resolución de 17 de abril de 2024, de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se dictan instrucciones en relación a la elaboración de convocatorias para la concesión de subvenciones a las corporaciones locales destinadas a la contratación de personas desempleadas en obras y servicios de interés general y social en el marco del Programa de Fomento del Empleo Agrario.


... de personas trabajadoras en la sección quinta del Real Decreto 939/1997, de 20 de junio. En la oferta genérica de la oficina de empleo de las corporaciones ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Sábado 11 de mayo de 2024 Sec. III. Pág. 54037 El importe de las ayudas o subvenciones concedidas no podrá ser, en ningún caso, de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas, o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste total de la contratación ni el coste de la actividad a desarrollar por la entidad beneficiaria, de conformidad con el artículo 5.4 de la Orden TES/1077/2023, de 28 de septiembre. Transcurridos los plazos señalados en el apartado anterior sin haberse notificado resolución expresa, la solicitud presentada podrá entenderse desestimada por silencio administrativo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. En todo caso, habrá de tenerse en cuenta lo que establezca la correspondiente orden ministerial por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio contable relativas al presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias. 7. Toda resolución de otorgamiento de subvención se ha de emitir dentro del plazo previsto legalmente para comprometer el gasto a los Presupuestos Generales del Estado correspondientes al año previsto en la convocatoria. 8. Contra las resoluciones cabrá interponer recurso de alzada ante la persona titular del Ministerio de Trabajo y Economía Social, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Quinta. Procedimiento para la selección y contratación de las personas trabajadoras desempleadas. 1. Con una antelación mínima de quince días al inicio de la obra o servicio, las corporaciones locales o, en su caso, las entidades adjudicatarias deberán solicitar al servicio público de empleo competente la identificación de las personas trabajadoras, mediante oferta genérica de la oficina de empleo, entre personas desempleadas no ocupadas, preferentemente eventuales, incluidas en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios de la Seguridad Social; se incluirá, siendo su preferencia posterior a las eventuales, a las personas con contrato indefinido fijodiscontinuo, inscritas como demandantes de servicios en las oficinas de empleo, durante los periodos de no actividad. La preselección de personas trabajadoras se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en el artículo 4.4 del Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, siguiéndose los criterios y procedimientos establecidos por el servicio público de empleo competente y no siendo de aplicación la normativa establecida para los procedimientos de selección de personal de las distintas administraciones públicas, aun cuando la entidad beneficiaria sea una entidad u organismo público. También será de aplicación lo dispuesto para la selección de personas trabajadoras en la sección quinta del Real Decreto 939/1997, de 20 de junio. En la oferta genérica de la oficina de empleo de las corporaciones locales para la selección de las personas que van a ser contratadas deberán solicitarse, a ser posible, dos personas candidatas por cada contrato, tanto para personas cualificadas como para no cualificadas, a fin de que la entidad beneficiaria de la subvención proceda a realizar la selección, garantizando el respeto al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre en relación con la participación de las mujeres en, al menos, el 50 por ciento. 2. Una vez hecha la selección, la entidad beneficiaria o la empresa adjudicataria contratará a las personas seleccionadas en la modalidad de contrato para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral, cuyo código de registro de contratación es el 405, cuándo la contratación se formalice a tiempo completo, y 505 cuándo se formalice a tiempo parcial. Los contratos se realizarán por escrito, cuando la modalidad así lo requiera, y deberán ser registrados electrónicamente por la entidad beneficiaria, debiendo quedar identificado el código asignado al expediente de concesión de subvención en la aplicación informática. cve: BOE-A-2024-9521 Verificable en https://www.boe.es Núm. 115
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III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. Orden TDF/435/2024, de 9 de mayo, por la que se modifica la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).


... , las Bases Reguladoras fueron modificadas por la Orden ETD/739/2023, de 20 de junio, donde operan varios cambios en su articulado, motivados por la ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 115 Sábado 11 de mayo de 2024 Sec. III. Pág. 54051 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA 9523 Orden TDF/435/2024, de 9 de mayo, por la que se modifica la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital). La digitalización de las pequeñas y medianas empresas, de las microempresas, y de las personas en situación de autoempleo constituye una de las palancas principales de modernización de la economía española y de crecimiento potencial a medio plazo, al permitir mejorar la productividad de todos los factores productivos, aumentar el tamaño de las mismas, internacionalizarse y desplegar el trabajo en red tanto dentro de una misma rama de actividad como entre los distintos sectores económicos. En línea con la «Agenda España Digital 2026», el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia recoge el programa del Kit Digital como una de las piezas centrales para la digitalización de las pequeñas y medianas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo en todo el territorio español. La Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España –Financiado por la Unión Europea– Next Generation EU (Programa Kit Digital), (en adelante, las Bases Reguladoras), fue modificada por la Orden ETD/734/2022, de 26 de julio, para operar cambios en las soluciones de digitalización definidas inicialmente en el Catálogo de Soluciones de Digitalización en las categorías de sitio web y presencia básica en internet, gestión de procesos y factura electrónica, así como para realizar una actualización del Catálogo de Soluciones de Digitalización con la inclusión de las categorías de presencia avanzada en internet y Marketplace. Asimismo, se mejoró la de determinados aspectos que garantizasen la correcta ejecución de las ayudas y la consecución de los objetivos definidos en el Programa, como la introducción del concepto de mejora funcional. Posteriormente, las Bases Reguladoras fueron modificadas por la Orden ETD/739/2023, de 20 de junio, donde operan varios cambios en su articulado, motivados por la inclusión de nuevos beneficiarios del bono digital (comunidades de bienes), así como la obligación de implementar medidas contra el conflicto de interés, incluyendo como anexo V la Declaración de Ausencia de Conflicto de Interés (DACI) que deberán cumplimentar los beneficiarios de estas ayudas, siguiendo las recomendaciones del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude, según lo dispuesto en el anexo III y anexo IV.A de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Actualmente, es necesaria una nueva modificación en su articulado, motivados por la inclusión de las medianas empresas como nuevos beneficiarios de estas subvenciones públicas (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de estas bases y de las cve: BOE-A-2024-9523 Verificable en https://www.boe.es I
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III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. Orden TDF/435/2024, de 9 de mayo, por la que se modifica la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).


... 3.000 € (incluye 3 usuarios) 6.000 € (incluye 10 usuarios) 15.000 € (incluye 20 usuarios) 18.000 € (incluye 25 usuarios) Gestión de la facturación y factura ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 115 Sábado 11 de mayo de 2024 Sec. III. Pág. 54058 Asimismo, los importes máximos de ayuda por categoría de soluciones de digitalización y segmento, para beneficiarios de cualquier sector de actividad, son los siguientes: Ayudas por segmento para las Categorías de Soluciones de Digitalización Segmento III 0 < X1
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III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. Orden TDF/435/2024, de 9 de mayo, por la que se modifica la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).


... en IA asociada) Gestión de procesos con IA asociada. 12 – – – 16.000 € (incluye 20 usuarios y mínimo capacitación a 3 de ellos en IA asociada) 19.000 ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 115 Categoría de Soluciones de Digitalización Sábado 11 de mayo de 2024 Meses de prestación del servicio Sec. III. Pág. 54059 Ayudas por segmento para las Categorías de Soluciones de Digitalización Segmento III 0 < X1
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