Filtros

Texto de búsqueda
Usar modificadores avanzados (más ayuda)
Fecha
Boletines
Ayuntamientos + info
Ordenar por

Agrupar resultados

Resultados para: %20

página 4 de 17 con resultados

Como usuario registrado, crea una alerta y te avisaremos cada día que %20 aparezca en un boletín oficial.
Resultados en páginas
28
Boletín Oficial del Estado

V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Anuncio de la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir de información pública del procedimiento de modificación de características y novación de la de la concesión de aguas públicas con expediente 4334/2019.


... Dominio Público Hidráulico (R.D. 849/1986), a fin de que, en el plazo de 20 DÍAS HÁBILES contado a partir de la publicación de este anuncio en el BOE, los que ...

Contenido de la página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 115 Sábado 11 de mayo de 2024 Sec. V-B. Pág. 25285 V. Anuncios B. Otros anuncios oficiales MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO 17139 Anuncio de la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir de información pública del procedimiento de modificación de características y novación de la de la concesión de aguas públicas con expediente 4334/2019. Se tramita en este organismo la modificación de características y novación de una concesión de aprovechamiento de aguas públicas con las siguientes características: Peticionarios: Francisco Montero López Uso: Agropecuarios – regadíos (almendro 8,31 ha) Volumen anual (m3/año): 20.783,88 Captación: 1.T.M. Marchena (Sevilla), de aguas subterráneas M.A.S. ES050MSBT000056900 "Osuna - La Lantejuela", con coordenadas UTM (ETRS 89) X: 287.993 Y: 4.140.231 Objeto de la modificación. Cambio de cultivo a almendros y con el volumen ahorrado, aumento de superficie. Además, la corrección de las coordenadas de la captación. Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 144 y ss. 140 y ss. del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (R.D. 849/1986), a fin de que, en el plazo de 20 DÍAS HÁBILES contado a partir de la publicación de este anuncio en el BOE, los que tengan la condición de interesados (art. 4 de la Ley 39/ 2015) puedan examinar el expediente y documentos técnicos. La documentación técnica del expediente se halla de manifiesto en las Oficinas de este Organismo, sitas en la Plaza de España, Sector II (41071 Sevilla), o bien telemáticamente. Para acceder a ella deberá solicitarlo expresamente a través registro del organismo o mediante correo electrónico a la dirección: servicio.concesiones@chguadalquivir.es, una vez hayan obtenido la condición de interesados. Sevilla, 2 de mayo de 2024.- Jefe de Sección del Área de Gestión del Dominio Público Hidráulico, Enrique Calderón Luna. ID: A240020593-1 https://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X cve: BOE-B-2024-17139 Verificable en https://www.boe.es Dentro del mismo plazo podrán presentar reclamaciones, ante esta Confederación Hidrográfica del Guadalquivir o ante el registro de cualquier órgano administrativo y demás lugares previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
29
Boletín Oficial del Estado

V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Extracto de la Orden de 9 de mayo de 2024, por la que se convoca para el año 2024 la concesión de ayudas a sindicatos de trabajadores medioambientales


... con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/ 2003, de 17 ... P.D. Orden TED/533/2021, de 20 de mayo sobre delegación de competencias, modificada ...

Contenido de la página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 115 Sábado 11 de mayo de 2024 Sec. V-B. Pág. 25296 V. Anuncios B. Otros anuncios oficiales MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO 17148 Extracto de la Orden de 9 de mayo de 2024, por la que se convoca para e l año 2024 la conce sión de ayudas a sindicatos de trabajadore s me dioambie ntale s BDNS(Identif.):760224 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/ 2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/ 760224) Primero.- Convocatoria Se convoca para el ejercicio 2024, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones dirigidas a sindicatos de trabajadores del sector medio ambiental. Dichas subvenciones se destinarán únicamente a las actuaciones realizadas en el período comprendido entre el primero de enero del año de su convocatoria y el plazo establecido para la justificación de las mismas. Segundo.- Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de las ayudas los sindicatos de trabajadores más representativos en el ámbito estatal del sector medioambiental, previstos en el artículo 2.2. de la orden de bases reguladora de dichas ayudas. Tercero.- Solicitudes y Plazo de presentación Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este extracto en el "Boletín Oficial del Estado", en el Registro Electrónico del Departamento, a través de su sede electrónica (https://sede.miteco.gob.es/portal/site/se) según los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cuarto.- Financiación de las ayudas La financiación de las subvenciones previstas en esta orden se efectuará con cargo al concepto presupuestario 23.12.4510.484, cuya cuantía total máxima será de veintitrés mil trescientos veinte euros (23.320,00 €). Quinto.- Criterio de adjudicación. Madrid , 9 de mayo de 2024.- La Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico P.D. Orden TED/533/2021, de 20 de mayo sobre delegación de competencias, modificada por Orden TED/346/2022 y Orden TED/386/2023. El Subsecretario para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Miguel González Suela. ID: A240021362-1 https://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X cve: BOE-B-2024-17148 Verificable en https://www.boe.es La distribución de los fondos y sus cuantías se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la orden de bases.
30
Boletín Oficial del Estado

V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. Anuncio de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz, por el que se somete a información pública la solicitud de Declaración en Concreto de Utilidad Pública del proyecto denominado "Modus Trebujena", de 12MW de potencia de instalada y 12 MW de potencia de evacuación (AT-14216/20), en el término municipal de Jerez de la Frontera (Cádiz).


... 5 62 Rústico Agrario Jerez de la Frontera Puerta Quirós Rosa 100,07 120,08 499,38 25 53020A00509036 5 9036 Rústico Agrario Jerez de la Frontera ...

Contenido de la página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 115 Sábado 11 de mayo de 2024 Sec. V-B. Pág. 25302 Nº Referencia catastral Polígono Parcela Clase Uso Término Municipal Propietario Longitud (m) Permanente por zanja, servidumbre y arquetas (m²) Sup. ocupación temporal (m²) 1 53020A00500017 5 17 Rústico Agrario Jerez de la Frontera Inversiones Agrícolas La Torre S.L. 665,71 798,86 3.304,51 2 53020A00500024 5 24 Rústico Agrario Jerez de la Frontera Prado De Las Dueñas S.A. 2.168,42 2.602,10 10.846,80 3 53020A00509016 5 9016 Rústico Agrario Jerez de la Frontera Ayuntamiento De Jerez De La Frontera 76,88 92,26 384,29 4 53020A00500045 5 45 Rústico Agrario Jerez de la Frontera Cuatro Hazas S.L. 800,45 960,54 3.993,42 5 53020A00500182 5 182 Rústico Agrario Jerez de la Frontera Espartinilla S.L. 533,15 641,38 2.689,81 6 53020A00509018 5 9018 Rústico Agrario Jerez de la Frontera Junta De Andalucía 41,10 71,70 200,50 7 53020A00500046 5 46 Rústico Agrario Jerez de la Frontera Agrícola Romanito S.L. 2.521,68 3.032,42 12.543,81 8 53020A00500051 5 51 Rústico Agrario Jerez de la Frontera Finca Matamoros S.L. 512,90 615,49 2.569,09 9 53020A00500158 5 158 Rústico Agrario Jerez de la Frontera Finca Matamoros S.L. 174,14 208,97 870,59 10 53020A00509026 5 9026 Rústico Agrario Jerez de la Frontera Ayuntamiento De Jerez De La Frontera 5,78 6,94 29,28 11 53020A00500052 5 52 Rústico Agrario Jerez de la Frontera Finca Matamoros S.L. 235,26 282,32 1.173,27 12 53020A00509024 5 9024 Rústico Agrario Jerez de la Frontera Ayuntamiento De Jerez De La Frontera 7,23 8,67 36,37 13 53020A00500053 5 53 Rústico Agrario Jerez de la Frontera Lopez De Carrizosa Siewek Alfonso Lopez De Carrizosa Siewek Patricia 698,20 837,80 3.491,00 14 53020A00509031 5 9031 Rústico Agrario Jerez de la Frontera Ayuntamiento De Jerez De La Frontera 5,27 6,33 26,60 15 53020A00500054 5 54 Rústico Agrario Jerez de la Frontera Lopez De Carrizosa Siewek Alfonso Lopez De Carrizosa Siewek Patricia 77,77 88,52 360,00 16 53020A00500058 5 58 Rústico Agrario Jerez de la Frontera Instituto Andaluz De Investigacion Y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria Y De La Producción Ecológica 35,90 42,76 215,93 17 53020A00500166 5 166 Rústico Agrario Jerez de la Frontera Lopez De Carrizosa Siewek Alfonso Lopez De Carrizosa Siewek Patricia 64,52 77,75 219,16 18 53020A00500167 5 167 Rústico Agrario Jerez de la Frontera Sanchez Tejero Juan Jose 72,33 86,80 361,68 19 53020A00500168 5 168 Rústico Agrario Jerez de la Frontera Sanchez Tejero Francisco 50,94 61,13 257,62 20 53020A00500059 5 59 Rústico Agrario Jerez de la Frontera Lopez De Carrizosa Siewek Alfonso Lopez De Carrizosa Siewek Patricia 1.194,76 1.438,52 5.967,82 21 53020A00509034 5 9034 Rústico Agrario Jerez de la Frontera Ayuntamiento De Jerez De La Frontera 5,01 6,02 25,06 22 53020A00500061 5 61 Rústico Agrario Jerez de la Frontera Lopez De Carrizosa Siewek Alfonso Lopez De Carrizosa Siewek Patricia 68,06 85,39 337,00 23 53020A00500063 5 63 Rústico Agrario Jerez de la Frontera Sanchez Román Ana Sanchez Román Jose María 99,29 119,16 497,04 24 53020A00500062 5 62 Rústico Agrario Jerez de la Frontera Puerta Quirós Rosa 100,07 120,08 499,38 25 53020A00509036 5 9036 Rústico Agrario Jerez de la Frontera Diputación De Cádiz 21,94 26,33 109,95 26 53020A10700012 107 12 Rústico Agrario Jerez de la Frontera Lopez De Carrizosa Siewek Alfonso Lopez De Carrizosa Siewek Patricia 605,67 730,40 3.022,79 27 53020A10709002 107 9002 Rústico Agrario Jerez de la Frontera Ayuntamiento De Jerez De La Frontera 5,67 6,71 28,92 28 53020A10709004 107 9004 Rústico Agrario Jerez de la Frontera Ayuntamiento De Jerez De La Frontera 381,76 484,05 1.866,76 29 5266501QA5656E CM DSROBATUN Suelo parcela 1B Rústico Agrario Jerez de la Frontera Lopez De Carrizosa Eayrs Maria Victoria Lopez De Carrizosa Eayrs Camilla 495,29 594,58 2.635,52 30 Ayto. Jerez Ayto. Jerez Ayto. Jerez Sist. Gral Viario Sist Gral Viario Jerez de la Frontera Ayuntamiento De Jerez De La Frontera 251,44 301,54 1.289,56 31 6065003QA5656F CR RONDA CIRCUNVAL ACION - Urbano Edif Singular Jerez de la Frontera E distribución Redes Digitales S.L.U. 9,98 11,83 49,81 Cádiz, 26 de abril de 2024.- Delegada Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y Política Industrial y Energía de Cádiz, Inmaculada Olivero Corral. cve: BOE-B-2024-17150 Verificable en https://www.boe.es ID: A240020553-1 https://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Regístrate o inicia sesión para sacarle más partido a Zahoribo gestionando tus alertas, etiquetas y marcadores favoritos.
31
Boletín Oficial del Estado

V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Resolución del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, por la que se declaran, en concreto de utilidad pública las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Soterramiento de los tramos de las LAMT, de 13,2 kV, L2-"Riegos", L4-"Talayuela", L6-STA. M.ª Lomas y L7-Vera Alta de entrada y salida de la STR 4862-Puente cuaterno, por compactación de esta, en el término municipal de Talayuela (Cáceres)". Expte.: AT-9484.


... instalar en D/C hasta sala de Celdas 2 de la STR `Puente Cuaterno`. Longitud: 0,120 km. - LSMT-L7 - (L-4862-07-"Vera Alta"): desde nuevo apoyo A3 a instalar en ...

Contenido de la página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 115 Sábado 11 de mayo de 2024 Sec. V-B. Pág. 25309 De conformidad con lo establecido en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, una vez concluidos los trámites correspondientes, y analizadas las alegaciones y manifestaciones que se hubieran recibido durante la instrucción del procedimiento, así como los pronunciamientos, alegaciones, informes, condicionados y documentos preceptivos obrantes en el mismo emitidos por otras Administraciones Públicas, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general, el órgano sustantivo emitirá la resolución pertinente, en la que se solventarán las problemáticas o discrepancias surgidas con motivo de las alegaciones presentadas o discrepancias puestas de manifiesto en el procedimiento que no hubieran quedado solventadas con anterioridad al trámite de resolución. En el presente caso no han sido presentadas alegaciones, y la Empresa ha aceptado los condicionados de Administraciones Públicas y entidades afectadas. Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los trámites preceptivos en la legislación vigente, y considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho este Servicio R E S U E L V E: Conceder a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, reconocimiento en concreto de la utilidad pública de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Soterramiento de los tramos de las LAMT, de 13,2 kV, L2-"Riegos", L4-"Talayuela", L6-STA. M.ª Lomas y L7-Vera Alta de entrada y salida de la STR 4862-Puente cuaterno, por compactación de esta, en el término municipal de Talayuela (Cáceres)", cuyos datos esenciales son los indicados seguidamente: Cinco nuevas líneas subterráneas de media tensión - LSMT-L2 - (L-4862-02-"Riegos"): desde nuevo apoyo A1 hasta sala de Celdas 1 de la STR Puente Cuaterno. Longitud: 0,085 km. - LSMT-L4 - (L-4862-04-"Talayuela"): desde nuevo apoyo A2 hasta sala de Celdas 1 de la STR Puente Cuaterno. Longitud: 0,040 km. - LSMT-L6 - (L-4862-06-"Sta. M.ª Lomas"): desde nuevo apoyo A3 a instalar en D/C hasta sala de Celdas 2 de la STR `Puente Cuaterno`. Longitud: 0,120 km. - LSMT-L7 - (L-4862-07-"Vera Alta"): desde nuevo apoyo A3 a instalar en D/C hasta sala de Celdas 2 de la STR Puente Cuaterno. Longitud: 0,120 km. - LSMT-FV "Alto Tajo 2"- (Desvío de L-particular): desde empalmes con la LSMT particular existente de la FV "Alto Tajo 2" hasta sala de Celdas 1 de la STR `Puente Cuaterno`. Longitud: 0,040 km. - Tensión de servicio: 13,2 kV. - Longitud total: 0,405 Km. - Longitud de zanja total: 0,206 km. - Tipo de conductor: Alimentación general: HEPRZ1 (AS) 12/20 KV 3x(1x240) mm2, alimentación desvío L-particular: HEPRZ1 (AS) 12/20 KV 3x(1x400) mm2. cve: BOE-B-2024-17155 Verificable en https://www.boe.es - Tipo de línea: Subterránea en simple circuito.
32
Boletín Oficial Comunidad Madrid

C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO Convenio colectivo –  Resolución de 22 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Casino de Juego Gran Madrid, S. A. (Código número 28000452011983)


... /a, con las exigencias del art.20 del presente convenio. Requiere evaluación favorable ... , con las exigencias del art.20 del presente convenio. Requiere evaluación ...

Contenido de la página
BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 14 SÁBADO 11 DE MAYO DE 2024 II. B.O.C.M. Núm. 112 x Para la categoría de Croupier de 2ª, y su adquisición, será necesario estar en posesión y conocimiento práctico de un Juego adicional de los de la categoría de Croupier de 3ª. Su promoción se llevará a efecto mediante el acuerdo adoptado por la Comisión Paritaria de la empresa y Comité y en función de las necesidades del servicio. x Las promociones o ascensos a la categoría de Croupier de 1ª, se llevarán a efecto a través de una Comisión Paritaria de la empresa y Comité, en función de las necesidades del servicio. x La promoción o ascenso a la categoría de Jefe/a de Mesa de 2ª será decisión de la empresa, teniendo en cuenta las necesidades del servicio. Personal de Juego: Área Polivalente Se consideran categorías polivalentes: Jefe/a de área Técnico/a especialista Técnico/a 1ª Técnico/a 2ª Técnico/a 3ª Los requisitos de ascensos para estas categorías serán, además de la existencia de vacante: x Los/las Asistentes de Sala tendrán formación y conocimientos en Black Jack o Ruleta Americana, i-Table y, atención al cliente. Además, deberán tener rotación en el área de caja y máquinas. x Técnico/a 2ª: 3 años en la categoría anterior. 1 juego adicional a Técnico/a 3ª, con formación teórica y práctica y habiendo sido declarado apto/a, con las exigencias del art.20 del presente convenio. Requiere evaluación favorable. x Técnico/a 1ª: 3 años en la categoría anterior. 1 juego adicional a Técnico/a 2ª, con formación teórica y práctica y habiendo sido declarado apto/a, con las exigencias del art.20 del presente convenio. Requiere evaluación favorable. x Técnico/a especialista: 3 años en categoría anterior. Capacidad para desarrollar funciones de Crupier, Inspector/a y Jefe/a de Mesa. Formación superada en liderazgo, atención al cliente y regulación. Este puesto es de libre designación por parte de la empresa. x Jefe/a de Área: 3 años en categoría anterior. Capacidad para desarrollar funciones de Inspector/a, Jefe/a de Mesa y, puntualmente, Jefe/a de Sala. Formación superada en liderazgo avanzado y herramientas del líder, con prácticas de 6 meses en un año. Valorable idiomas. Este puesto es de libre designación por parte de la empresa. Las personas con categoría de asistentes de sala y croupier que quieran optar a la carrera de técnico deberán acreditar conocimientos en Caja y Máquinas. Si por motivos ajenos a los trabajadores no se pudiera impartir la formación, no será exigible la misma. Asimismo, las personas con categoría de croupier que quieran promocionar a alguna categoría de técnico tendrán que acreditar estar en posesión del juego de póker de círculo. Personal de Hostelería Los requisitos de ascensos para las categorías serán: x Ayudante de Camarero/a: 3 años en categoría anterior. Trabajo en jornada completa en rota de 223 días. Disponer de una evaluación favorable, superar comisión de evaluación y existencia de vacante. x Camarero/a: 5 años en categoría anterior. Formación en cursos de vinos, coctelería, preparación de platos a la vista, gestión punto de venta. Disponer de una evaluación favorable, superar comisión de evaluación, trabajo en jornada completa en rota de 223 días y existencia de vacante. x Jefe/a de Rango: 5 años en categoría anterior. Formación en curso de gestión de restaurantes. Disponer de una evaluación favorable, superar comisión de evaluación y existencia de vacante. BOCM-20240511-1 III.
33
Boletín Oficial Comunidad Madrid

C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO Convenio colectivo –  Resolución de 22 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Mediterránea de Camiones, S. L. (código número 28100891012015)


... recepción. Turno 3. Lunes a viernes. De 11:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 20:00 horas Taller: admón. y garantías. Turno 1. Lunes a viernes. De 9:00 a 13:00 horas ...

Contenido de la página
BOCM Pág. 40 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID SÁBADO 11 DE MAYO DE 2024 B.O.C.M. Núm. 112 Transcurrido el periodo de prueba sin que se haya producido el desistimiento, el contrato producirá plenos efectos, computándose el tiempo de los servicios prestados en la antigüedad del trabajador en la Empresa. La situación de incapacidad temporal que afecte al trabajador durante el periodo de prueba interrumpe el cómputo de este. ARTÍCULO 9. REVISIÓN DE LA CLASIFICACIÓN PROFESIONAL Se podrá revisar, al menos una vez cada dos años, la clasificación profesional de cada uno de los trabajadores afectos por el presente Convenio. Excepcionalmente, a propuesta de los mandos o del Comité de Empresa, se revisará la categoría profesional de los trabajadores que aquellos indiquen. ARTÍCULO 10. PUESTOS DE NUEVA CREACIÓN Y VACANTES Los puestos de nueva creación y vacantes serán cubiertos, caso que sea necesario, por la Empresa y a criterio de la Dirección con el personal de esta, recurriendo a la contratación exterior, caso que no haya personal idóneo dentro de la Empresa. Se comunicará al Comité de Empresa, en todos los casos, tanto los puestos de nueva creación como la cobertura de vacantes. CAPÍTULO TERCERO ORGANIZACIÓN Y MEDIDA DEL TRABAJO ARTÍCULO 11. PRODUCTIVIDAD De acuerdo con los principios que inspiran las normas de desarrollo económico y siendo de absoluta necesidad para hacer viable el presente Convenio, la Empresa, Dirección y Trabajadores, se comprometen a lograr un nivel satisfactorio de productividad que redunde en beneficio de todos, adoptándose para ello las medidas necesarias de organización, formación, selección y adaptación del personal a los puestos más adecuados, en cualquiera de los centros de producción de la misma, así como una medida objetiva del trabajo. CAPÍTULO CUARTO JORNADA, VACACIONES Y PERMISOS ARTÍCULO 12. JORNADA ANUAL La jornada de trabajo para cada uno de los cuatro años de vigencia del convenio será de 1760 horas de trabajo efectivo en el computo anual. Cada uno de esos años, cada trabajador dispondrá de un máximo de 10 horas para asuntos de libre disposición, por lo que su jornada individual de trabajo efectivo será de 1750 horas, siendo la fecha de disfrute acordada entre la empresa y la persona trabajadora, garantizándose la actividad ordinaria de la empresa y preferiblemente, en víspera de festivos y/o vacaciones. ARTÍCULO 13. CALENDARIO Y HORARIO x x x x x x x x Taller: mecánica. Turno 1. Lunes a viernes. De 8:00 a 16:00 horas (*) Taller: mecánica. Turno 2. Lunes a viernes. De 9:00 a 13:00 horas y de 14:00 a 18:00 horas Taller: mecánica. Turno 3. Lunes a viernes. De 11:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 20:00 horas Taller: recepción. Turno 1. Lunes a viernes. De 7:30 a 15:30 horas Taller: recepción. Turno 2. Lunes a viernes. De 9:00 a 13:00 horas y de 14:00 a 18:00 horas Taller: recepción. Turno 3. Lunes a viernes. De 11:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 20:00 horas Taller: admón. y garantías. Turno 1. Lunes a viernes. De 9:00 a 13:00 horas y de 14:00 a 18:00 horas Taller: admón. y garantías. Turno 2. Lunes a viernes. De 10:00 a 14:00 horas y de 15:00 a 19:00 horas BOCM-20240511-2 El tiempo de trabajo efectivo se computará de modo que, tanto al comienzo como al final de la jornada diaria, el trabajador se encuentre en su puesto de trabajo y dedicado a él. La jornada ordinaria será alguna de las que se recogen en el siguiente cuadro:
34
Boletín Oficial Comunidad Madrid

D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS - O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID Convenio –  Convenio de 19 de abril de 2024, para el suministro e instalación de marquesinas y postes en las paradas de los servicios públicos regulares de transporte de viajeros dependientes del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid en el municipio de Arroyomolinos


... PZA.GALAYOSǦCONSULTORIO LOCAL Galayos 2 6 20/01/2012 12641 015019 MADRIDǦCASTILLA Y ... EUROPEAǦAVILÉS Unión Europea 36 20 11/05/2023 16629 015021 CTRA ...

Contenido de la página
BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID B.O.C.M. Núm. 112 SÁBADO 11 DE MAYO DE 2024 Pág. 91 ANEXO I RELACIÓN DE MARQUESINAS INSTALADAS POR EL CONSORCIO DE TRANSPORTES DE MADRID EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE ARROYOMOLINOS Nº FECHA INSTALACIÓN CÓD. PARADA CÓD. MARQUESINA 1 04/05/2023 08171 015020 CTRA.FUENLABRADAǦSERRANILLOS Griñón 9 2 30/10/2009 10504 015022 CTRA.FUENLABRADAǦURB.LA RINCONADA MǦ413 (ArroyomolinosǦ Fuenlabrada) 9800 3 07/10/2016 11250 015002 CTRA.FUENLABRADAǦSERRANILLOS MǦ413 (ArroyomolinosǦ Fuenlabrada) 10300 4 28/10/2009 11255 015003 AV.LAS FLORESǦURB.LOS MONTEROS Flores 1 5 06/03/1996 11260 015004 PZA.GALAYOSǦCONSULTORIO LOCAL Galayos 2 6 20/01/2012 12641 015019 MADRIDǦCASTILLA Y LEÓN CastillaǦLeón 5 7 17/05/2023 12649 015009 AV. CASTAÑERASǦRÍO TAJO Castañeras 9 8 11/05/2023 12884 015008 AV. CASTAÑERASǦCOLEGIO Castañeras 3 9 25/08/2017 15324 015011 C.C. MADRID XANADÚǦCINES Puerto de Navacerrada S/N 10 19/07/2019 15325 015012 C.C. MADRID XANADÚǦCINES Puerto de Navacerrada S/N 11 24/01/2020 15326 015013 C.C. MADRID XANADÚǦCENTRO DE OCIO Puerto de Navacerrada 3 12 05/01/2018 15327 015014 C.C. MADRID XANADÚǦCENTRO DE OCIO Puerto de Navacerrada S/N 13 22/01/2020 15328 015015 C.C. MADRID XANADÚǦCENTRO COMERCIAL Puerto de Navacerrada S/N 14 05/06/2018 15329 015016 C.C. MADRID XANADÚǦCENTRO COMERCIAL Puerto de Navacerrada S/N 15 17/10/2019 15403 015010 PUERTO DE SOMOSIERRAǦCTRA.M413 Puerto de Somosierra S/N 16 05/05/2023 15519 015017 PLAZA MAYORǦCENTRO CULTURAL MǦ413 ArroyomolinosǦ Fuenlabrada 4 17 10/10/2016 16214 015023 AV. UNIÓN EUROPEAǦTORREVIEJA Unión Europea 29 18 17/05/2013 16216 015033 AV. UNIÓN EUROPEAǦEL FERROL Unión Europea 26 19 06/05/2020 16218 015034 AV. UNIÓN EUROPEAǦAVILÉS Unión Europea 36 20 11/05/2023 16629 015021 CTRA.FUENLABRADAǦARROYO DE MORALEJA MǦ413 (ArroyomolinosǦ Fuenlabrada) 10200 21 31/07/2017 17533 015037 CASTILLA Y LEÓNǦAV. CASTAÑERAS CastillaǦLeón 14 22 07/03/2013 17537 015027 AV. FRANCIAǦSUIZA Francia 114 23 12/04/2013 17538 015032 AV. FRANCIAǦSUIZA Francia 114 24 29/05/2017 17539 015024 AV. UNIÓN EUROPEAǦLÍNEA DE LA CONCEPCIÓN Unión Europea 43 25 12/06/2013 17545 015035 AV. UNIÓN EUROPEAǦRIO TAJO Unión Europea 6 26 11/04/2013 17547 015031 MARBELLAǦPARQUE Marbella 21 27 04/01/2013 17548 015025 ALGECIRASǦALMERÍA Algeciras 1 28 11/01/2013 17549 015026 MARBELLAǦCARTAGENA Marbella 9 29 08/03/2013 17550 015028 MARBELLAǦPARQUE Marbella 38 30 10/04/2013 18568 015030 AV. MEDITERRÁNEOǦVALENCIA Valencia 231 31 07/04/2022 18571 015039 ALICANTEǦTARRAGONA Alicante 51 32 08/03/2013 18573 015029 ALICANTEǦBARCELONA Alicante 15 33 01/08/2017 19294 015038 AV. UNIÓN EUROPEAǦSANTANDER Unión Europea 26 34 11/05/2017 19309 015036 AV. ATLÁNTICOǦGUARDIA Coruña 6 35 08/04/2022 20282 015040 ALICANTEǦCULLERA Alicante 18 DENOMINACIÓN PARADA DIRECCIÓN BOCM-20240511-5 (03/6.486/24) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791
35
Boletín Oficial del Estado

I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Moldavia, hecho en Madrid el 21 de julio de 2022.


... en la fecha de producirse el accidente o de contraerse la enfermedad. Artículo 20. Consideración de secuelas por anteriores accidentes de trabajo o enfermedades ...

Contenido de la página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 115 Sábado 11 de mayo de 2024 Sec. I. Pág. 53946 TÍTULO IV Disposiciones relativas a las prestaciones derivadas de accidente de trabajo y enfermedad profesional Artículo 19. Determinación del derecho a las prestaciones. El derecho a las prestaciones derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional será determinado de acuerdo con la legislación de la Parte Contratante a la que el trabajador se hallase sujeto en la fecha de producirse el accidente o de contraerse la enfermedad. Artículo 20. Consideración de secuelas por anteriores accidentes de trabajo o enfermedades profesionales. Para valorar la disminución de la capacidad derivada de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional, se tendrán en cuenta las secuelas de anteriores accidentes de trabajo o enfermedades profesionales que pudiera haber sufrido el trabajador, aunque éstos se hubieran producido estando sujeto a la legislación de la otra Parte Contratante. Artículo 21. Agravación de las secuelas de un accidente de trabajo. Si el trabajador víctima de un accidente de trabajo, sufre una agravación de las secuelas del accidente estando sujeto a la legislación de la otra Parte Contratante, las prestaciones que puedan corresponderle por esta agravación serán a cargo de la Institución Competente de la Parte Contratante en la que el trabajador se hallaba asegurado en el momento de producirse el accidente de trabajo. Artículo 22. Prestaciones por Enfermedad profesional por exposición a un mismo riesgo en ambas Partes Contratantes. 1. Las prestaciones por enfermedad profesional se regularán de acuerdo con la legislación de la Parte Contratante que fuera aplicable al trabajador durante el tiempo que estuvo ejerciendo la actividad sujeta a riesgo de enfermedad profesional, aun cuando ésta se haya diagnosticado por primera vez estando sujeto el trabajador a la legislación de la otra Parte Contratante. 2. Cuando el trabajador haya realizado sucesiva o alternativamente dicha actividad, estando sujeto a la legislación de una y otra Parte Contratante, sus derechos serán determinados de acuerdo con la legislación de la Parte Contratante a la que esté o haya estado sujeto en último lugar por razón de dicha actividad. Si no alcanzara derecho a la prestación en esa Parte Contratante, sería de aplicación lo dispuesto en la legislación de la otra Parte Contratante. Agravación de la enfermedad profesional. 1. En caso de que una enfermedad profesional haya causado la concesión de prestaciones por una de las Partes Contratantes, ésta responderá de cualquier agravación de la enfermedad que pueda tener lugar aun cuando se halle sujeto a la legislación de la otra Parte Contratante, siempre que el trabajador no haya realizado una actividad con el mismo riesgo, estando sujeto a la legislación de esta última Parte Contratante. 2. Si, después de haber sido reconocida una pensión de incapacidad permanente por enfermedad profesional por la Institución de una Parte Contratante, el interesado ejerce una actividad laboral susceptible de agravar la enfermedad profesional que padece, estando sujeto a la legislación de la otra Parte Contratante, la Institución Competente de la primera Parte Contratante continuará abonando la pensión que tenía reconocida sin tener en cuenta la agravación y con arreglo a lo dispuesto en su cve: BOE-A-2024-9474 Verificable en https://www.boe.es Artículo 23.
36
Boletín Oficial del Estado

I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Tabaco. Precios. Resolución de 10 de mayo de 2024, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.


... /4 × 52 (25). 8,90 Perla del Mar Shade Short Robusto 3 3/4 × 56 (28). 8,20 Perla del Mar Shade Toro 6 1/4 × 54 (25). 10,00 TORRES DE QUART Torres de Quart ...

Contenido de la página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 115 Sábado 11 de mayo de 2024 Sec. I. Pág. 53951 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE HACIENDA 9475 Resolución de 10 de mayo de 2024, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio. En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, se publican los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores. Primero. Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en expendedurías de tabaco y timbre de la Península e Illes Balears, serán los siguientes: A) CIGARROS Y CIGARRITOS PVP – Euros/unidad DOS JOTAS Dos Jotas Churchill (10). 8,90 Dos Jotas Robusto (10). 8,50 Dos Jotas Toro (10). 8,90 EL CAVALLER El Cavaller Marineros (10). 0,85 El Cavaller Marineros (25). 0,85 EL REY DEL MUNDO. El Rey del Mundo Imperio LCDH (50). 100,00 PARTAGAS Partagas Lusitanias (10). 29,70 Partagas Tropicales (50). 220,00 Perla del Mar Shade Robusto 4 3/4 × 52 (25). 8,90 Perla del Mar Shade Short Robusto 3 3/4 × 56 (28). 8,20 Perla del Mar Shade Toro 6 1/4 × 54 (25). 10,00 TORRES DE QUART Torres de Quart Camperos (10). 0,85 Torres de Quart Camperos 120 (10). 0,85 cve: BOE-A-2024-9475 Verificable en https://www.boe.es PERLA DEL MAR
¿No encuentras lo que buscas? Consulta nuestro manual de uso para mejorar y optimizar tus resultados