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Boletín Oficial Comunidad Madrid

C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO Convenio colectivo –  Resolución de 22 de abril de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Mediterránea de Camiones, S. L. (código número 28100891012015)


... la toxicidad y la marcada peligrosidad, superior al riesgo de la industria, el 20 % pasará a ser el 25 % si concurriesen dos circunstancias de las señaladas, y ...

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BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID B.O.C.M. Núm. 112 SÁBADO 11 DE MAYO DE 2024 Pág. 45 abonando a los trabajadores durante el año 2026, lo cual se hará en el momento en que dicho IPC real para el cierre del año 2025 sea oficial y definitivamente publicado por el INE. Otros conceptos: los importes pactados para el plus transporte, salidas, dietas, trabajo en carretera, complemento de atención al cliente y horas extraordinarias se actualizarán también el 1 de enero de cada año, conforme a los porcentajes pactados en el presente artículo. ARTÍCULO 25. COMPENSACIÓN Y ABSORCIÓN Las condiciones económicas pactadas en este Convenio Colectivo son compensables y absorbibles en su totalidad, pactando los firmantes que, excepcional y exclusivamente durante el periodo de vigencia del presente convenio colectivo, dichas condiciones económicas no serán compensadas ni absorbidas según se indica en el siguiente cuadro: AÑO COMPENSACIÓN Y ABSORCIÓN A APLICAR 2022 00% 2023 00% 2024 25% 2025 50% Las condiciones del Convenio forman un conjunto indivisible y, a efectos de su aplicación, serán consideradas globalmente. ARTÍCULO 26. GARANTÍA PERSONAL Se respetarán las situaciones que, con carácter global, excedan de las pactadas en el presente Convenio Colectivo, manteniéndose estrictamente “ad personam”, todo ello sin perjuicio de la potestad que la Empresa se reserva para la compensación y absorción que corresponda hacer en función de lo pactado en el artículo anterior. ARTÍCULO 27. SALARIO BASE Es la parte de la retribución mensual del trabajador fijado por la unidad de tiempo, consistente cada una de ellas en una decimacuarta parte del importe indicado en las Tablas Salariales del Anexo I referida en cómputos anuales. ARTÍCULO 28. SALARIO CATEGORÍA Es la parte de la retribución mensual del trabajador fijado por la unidad de tiempo, consistente cada una de ellas en una decimacuarta parte del importe indicado en las Tablas Salariales del Anexo I referida en cómputos anuales. ARTÍCULO 29. ANTIGÜEDAD Los trabajadores afectados por el presente Convenio Colectivo percibirán un plus de antigüedad, cuya cuantía dependerá de la categoría y del tiempo de servicio prestado en la Empresa. La cuantía para percibir por el trabajador se calculará aplicando el porcentaje señalado en la tabla de antigüedad que aparece en el Anexo II para su antigüedad en la Compañía, a la decimocuarta parte del salario base que para cada Grupo y Nivel profesional se recoge en la tabla salarial del Anexo I. ARTÍCULO 30. COMPLEMENTO DE JEFE DE EQUIPO Los trabajadores, sea cual fuere su clasificación profesional, que realicen las funciones propias del jefe de equipo, percibirán, exclusivamente durante el periodo en que realicen dichas funciones, un plus mensual consistente en el 20 % del salario base, prorrateado en catorce partes, de la columna de salario base anual que aparece en las tablas salariales del Anexo I. La cuantía de estos complementos será el 20 % del salario base (prorrateada en 14 partes) de la primera columna de las tablas salariales del Anexo I de este Convenio, más la antigüedad. La cuantía de la bonificación se reducirá a la mitad si se realiza el trabajo excepcionalmente penoso, tóxico o peligroso durante un periodo superior a 45 minutos por jornada, sin exceder a media jornada. En aquellos supuestos en los que muy singularmente, concurriesen de modo manifiesto la excepcional penosidad, la toxicidad y la marcada peligrosidad, superior al riesgo de la industria, el 20 % pasará a ser el 25 % si concurriesen dos circunstancias de las señaladas, y el 30 % si concurriesen las tres circunstancias. BOCM-20240511-2 ARTÍCULO 31. COMPLEMENTO POR TOXICIDAD, PELIGROSIDAD Y PENOSIDAD
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D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS - O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID Convenio –  Convenio de 22 de abril de 2024, para el suministro e instalación de marquesinas y postes en las paradas de los servicios públicos regulares de transporte de viajeros dependientes del Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, en el municipio de Ribatejada


... RIBATEJADAǦCONCEPCIÓN Concepción 1 2 18/02/20 11 09794 122002 CTRA.M113ǦURB. ... ǦCasar de Talamanca 22800 3 28/11/20 22 12419 122003 CTRA.M113ǦURB.EL ...

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BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID B.O.C.M. Núm. 112 SÁBADO 11 DE MAYO DE 2024 Pág. 103 Novena Comisión de Seguimiento Para el adecuado seguimiento e interpretación del presente convenio, se creará una Comisión de Seguimiento, compuesta paritariamente por dos representantes del CRTM y dos del Ayuntamiento de Ribatejada, que se reunirá regularmente y a petición de cualquiera de las partes. Esta Comisión será la encargada de analizar, evaluar y elevar a los órganos correspondientes todas las propuestas relacionadas con la obra civil, la alimentación eléctrica, la instalación, el traslado y la sustitución de las marquesinas y postes, así como de cualquier otro elemento del equipamiento de las mismas o, en general, de las paradas de autobús. Serán funciones de la Comisión, además de los aspectos que desarrollen y concreten el convenio, acordar todas las acciones o medidas negociadoras que fueran necesarias tendentes a evitar el incumplimiento del convenio por las partes, establecer los procedimientos de solución de las prestaciones en curso en caso de extinción del mismo antes de su fecha de vencimiento. Décima Jurisdicción competente Las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse en la aplicación de este convenio serán resueltas por los Juzgados y Tribunales de Madrid. Y, en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente convenio. Madrid, a 22 de abril de 2024.—Por el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, el Presidente del Consejo de Administración, Jorge Rodrigo Domínguez.—Por el Ayuntamiento de Ribatejada, el Alcalde-Presidente, Agustín Peña Sánchez. ANEXO I RELACIÓN DE MARQUESINAS INSTALADAS POR EL CONSORCIO DE TRANSPORTES DE MADRID EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE RIBATEJADA Nº FECHA INSTALACIÓN CÓD. PARADA CÓD. MARQUESINA 1 23/05/20 17 09793 122001 RIBATEJADAǦCONCEPCIÓN Concepción 1 2 18/02/20 11 09794 122002 CTRA.M113ǦURB.PARAJE DEL ARZOBISPO RibatejadaǦCasar de Talamanca 22800 3 28/11/20 22 12419 122003 CTRA.M113ǦURB.EL PARAISO Ajalvir 13 DENOMINACIÓN PARADA DIRECCIÓN BOCM-20240511-8 (03/6.476/24) http://www.bocm.es BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID D. L.: M. 19.462-1983 ISSN 1989-4791
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II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. ADMINISTRACIÓN LOCAL. Personal funcionario. Resolución de 8 de mayo de 2024, del Ayuntamiento de El Pedernoso (Cuenca), de corrección de errores de la de 25 de abril de 2024, referente a la convocatoria para proveer puesto de trabajo por el sistema de concurso.


... ), se procede a su rectificación: En la página 51875, donde dice: «20 días hábiles», debe decir: «20 días naturales». Se abre un nuevo plazo de presentación de ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 115 Sábado 11 de mayo de 2024 Sec. II.B. Pág. 53967 II. AUTORIDADES Y PERSONAL B. Oposiciones y concursos ADMINISTRACIÓN LOCAL 9483 Resolución de 8 de mayo de 2024, del Ayuntamiento de El Pedernoso (Cuenca), de corrección de errores de la de 25 de abril de 2024, referente a la convocatoria para proveer puesto de trabajo por el sistema de concurso. Advertido error en la inserción de la Resolución de 25 de abril de 2024, del Ayuntamiento de El Pedernoso (Cuenca), referente a la convocatoria para proveer puesto de trabajo por el sistema de concurso, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 112, de 8 de mayo de 2024 (BOE-A-2024-9196), se procede a su rectificación: En la página 51875, donde dice: «20 días hábiles», debe decir: «20 días naturales». Se abre un nuevo plazo de presentación de instancias, exclusivamente para las plazas o puestos objeto de esta corrección, de veinte días naturales a partir del siguiente a la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado». cve: BOE-A-2024-9483 Verificable en https://www.boe.es El Pedernoso, 8 de mayo de 2024.–La Alcaldesa, Ana María Cantarero Fresneda. https://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
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II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. ADMINISTRACIÓN LOCAL. Personal funcionario. Resolución de 8 de mayo de 2024, del Ayuntamiento de El Pedernoso (Cuenca), de corrección de errores de la de 25 de abril de 2024, referente a la convocatoria para proveer puesto de trabajo por el sistema de concurso.


... ), se procede a su rectificación: En la página 51874, donde dice: «20 días hábiles», debe decir: «20 días naturales». Se abre un nuevo plazo de presentación de ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 115 Sábado 11 de mayo de 2024 Sec. II.B. Pág. 53968 II. AUTORIDADES Y PERSONAL B. Oposiciones y concursos ADMINISTRACIÓN LOCAL 9484 Resolución de 8 de mayo de 2024, del Ayuntamiento de El Pedernoso (Cuenca), de corrección de errores de la de 25 de abril de 2024, referente a la convocatoria para proveer puesto de trabajo por el sistema de concurso. Advertido error en la inserción de la Resolución de 25 de abril de 2024, del Ayuntamiento de El Pedernoso (Cuenca), referente a la convocatoria para proveer puesto de trabajo por el sistema de concurso, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 112, de 8 de mayo de 2024 (BOE-A-2024-9195), se procede a su rectificación: En la página 51874, donde dice: «20 días hábiles», debe decir: «20 días naturales». Se abre un nuevo plazo de presentación de instancias, exclusivamente para las plazas o puestos objeto de esta corrección, de veinte días naturales a partir del siguiente a la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado». cve: BOE-A-2024-9484 Verificable en https://www.boe.es El Pedernoso, 8 de mayo de 2024.–La Alcaldesa, Ana María Cantarero Fresneda. https://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
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III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. Orden TDF/435/2024, de 9 de mayo, por la que se modifica la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).


... Duración: las capacitaciones tendrán una duración total de 20 h a lo largo de dos meses por ... : – Primera: 80 %. – Segunda: 20 %. Esta solución, que se presta en ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 115 Sábado 11 de mayo de 2024 Sec. III. Pág. 54088 – Integración con diversas plataformas: la solución deberá disponer de APIs o Web Services para su integración con otras herramientas. – Actualizable: la solución deberá ser actualizable con nuevas versiones. – Escalable: la solución deberá poder adaptarse a los posibles crecimientos o cambios en la estructura empresarial de la pyme. – Capacitación en fundamentos de IA generativa para la gestión de procesos: capacitaciones para preparar a los empleados en torno a las funcionalidades descritas arriba, que contarán con: • Fundamentos básicos: aproximación a la normativa vigente y riesgos éticos y de seguridad derivados. • Capacitaciones específicas en: automatización y optimización de flujos de trabajo (contabilidad y finanzas, facturación, proyectos, inventario, compras y pagos, recursos humanos, logística y otros), gestión financiera, interpretación de datos y aprendizaje continuo. • Duración: las capacitaciones tendrán una duración total de 20 h a lo largo de dos meses por cada uno de los usuarios definidos por segmento. • Instructor humano: tanto en modalidad presencial como online, las capacitaciones las impartirá un instructor humano a disposición de los usuarios. • Diploma de finalización: se otorgará un certificado de capacidades adquiridas en IA al concluir la capacitación.» Treinta y uno. Se añade la categoría de solución de digitalización XVII. Puesto de trabajo seguro, del anexo IV, Categorías de soluciones de digitalización, con la siguiente redacción: «XVII. Puesto de trabajo seguro Objetivo: Proporcionar a las microempresas y pequeñas empresas y trabajadores autónomos herramientas de seguridad, movilidad y colaboración en su puesto de trabajo con el fin de potenciar su productividad. Importe de la ayuda: Segmento III 0 < 3 empleados 1.000 € (máximo 1 dispositivo) Porcentaje de ejecución asociados a las fases: – Primera: 80 %. – Segunda: 20 %. Esta solución, que se presta en modo servicio, incluye un dispositivo hardware que debe incluir integrado en el producto (y en el precio), una licencia que cumpla con los requisitos establecidos para la categoría X. Ciberseguridad, además de un encriptado/cifrado en reposo, que asegure la privacidad de los datos y documentos almacenados en el dispositivo. Los dispositivos subvencionables en esta categoría de solución de digitalización podrán ser: ordenadores portátiles u ordenadores de sobremesa cve: BOE-A-2024-9523 Verificable en https://www.boe.es Funcionalidades y servicios:
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III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. Orden TDF/436/2024, de 10 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a pequeñas y medianas empresas para la contratación de Servicios de Asesoramiento para la Transformación Digital en el marco de la Agenda España Digital 2026, el Plan de Digitalización de PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España –Financiado por la Unión Europea– Next Generation EU (Programa Agentes del Cambio–Kit Consulting).


... la subvención concedida aplicable, de conformidad con los criterios establecidos en el artículo 20. 4. La diferencia entre el coste del servicio contratado y el ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Sábado 11 de mayo de 2024 Sec. III. Pág. 54116 5. No serán subvencionables las soluciones de digitalización adquiridas por el beneficiario, ni los costes asociados a la parametrización básica de herramientas o soluciones de digitalización que se hubieren adquirido. 6. No serán subvencionables los costes derivados de la formación a usuarios en relación a la parametrización de soluciones de digitalización. 7. Adicionalmente, no se consideran subvencionables las siguientes tipologías de gastos: a) Los impuestos sobre las rentas de personas físicas o sociedades, así como otros tributos y tasas, de tipo nacional, autonómico o local. b) Los intereses de las deudas. c) Los intereses de mora, los recargos y las sanciones administrativas y penales. d) Los gastos derivados de procedimientos judiciales. e) Gastos financieros. f) Gastos de infraestructura y obra civil. g) Terrenos. h) Hardwares. i) Servicios de telecomunicación y conectividad a Internet. Artículo 20. Financiación e intensidad máxima de ayuda. El importe de ayuda final aplicable a cada servicio de asesoramiento será el menor de los siguientes importes: a) Ayuda máxima de la Categoría de Servicio de Asesoramiento a la que corresponde el servicio de asesoramiento. b) Coste del servicio de asesoramiento contratado. Artículo 21. Adopción de servicios de asesoramiento para ejercer el derecho de cobro de la subvención concedida. 1. Una vez concedida la subvención, y para poder ejercer el derecho de cobro de la subvención concedida («Bono de Asesoramiento Digital»), que no será efectivo hasta la correcta justificación de la misma, el beneficiario deberá seleccionar y contratar el servicio de asesoramiento que desee adoptar de entre los disponibles en el Catálogo de Servicios de Asesoramiento. Una vez contratado, el beneficiario deberá formalizar, con el Asesor Digital Adherido, un Acuerdo de Prestación de Servicio de Asesoramiento, en los términos que establece el artículo 30. 2. El beneficiario podrá formalizar Acuerdos de Prestación de Servicios de Asesoramiento con un servicio de asesoramiento por cada Categoría dentro del Catálogo de Servicios de Asesoramiento del Programa. Para formalizar el Acuerdo de Prestación de Servicios de Asesoramiento será necesario declarar la existencia de firma previa de contrato que regule la relación privada entre el beneficiario y el Asesor Digital Adherido. 3. Cada Acuerdo de Prestación de Servicios de Asesoramiento determinará el importe de la subvención concedida aplicable, de conformidad con los criterios establecidos en el artículo 20. 4. La diferencia entre el coste del servicio contratado y el importe de la subvención concedida asociado al Acuerdo de Prestación de Servicios de Asesoramiento formalizado deberá ser abonado por el beneficiario al Asesor Digital Adherido. 5. El plazo máximo para la firma del primer Acuerdo de Prestación de Servicio de Asesoramiento por ambas partes será de tres (3) meses, a contar desde la notificación de la resolución de la concesión de la ayuda o, en su caso, de la modificación de la resolución de concesión, salvo que la convocatoria establezca un plazo inferior. 6. A la formalización del segundo Acuerdo de Prestación de Servicio de Asesoramiento y siguientes no le será de aplicación la restricción temporal del punto anterior. cve: BOE-A-2024-9524 Verificable en https://www.boe.es Núm. 115
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V. Anuncios. - A. Contratación del Sector Público. MINISTERIO DE CULTURA. Anuncio de licitación de: Dirección del Museo Nacional del Prado. Objeto: Servicio de mantenimiento de la plataforma de microinformática del Museo Nacional del Prado. Expediente: 24AA0108.


... .es/wps/portal/guiasAyuda). 20.1) Dirección: Dirección del ... B-2024-17042 Verificable en https://www.boe.es 20. Lugar de envío de las ofertas o de ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 115 Sábado 11 de mayo de 2024 Sec. V-A. Pág. 25171 11.4) Situación económica y financiera: Cifra anual de negocio (la solvencia económica y financiera se acreditará mediante: El volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles concluidos, por importe igual o superior al valor anual medio del contrato (160.952,75 €). El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil). 11.5) Situación técnica y profesional: Trabajos realizados (la solvencia técnica o profesional se acreditará mediante: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos.Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Соmо mínimo el importe ejecutado en uno de los años de la relación anterior deberá ser igual о superior al 70% del valor anual medio del contrato (112.666,93 €)). 12. Tipo de procedimiento: Abierto. 17. Condiciones de ejecución del contrato: Consideraciones de tipo ambiental (el contenido de esta condición especial de ejecución se encuentra reseñado en el punto 26 del Cuadro Resumen del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares). 18. Criterios de adjudicación: 18.1) Oferta económica (Ponderación: 73%). 18.2) Oferta técnica (Ponderación: 27%). 19. Plazo para la recepción de ofertas o solicitudes de participación: Hasta las 23:59 horas del 31 de mayo de 2024 (se recomienda descargar la herramienta de presentación de ofertas con tiempo suficiente y no esperar a presentar la oferta al último momento, para poder solventar, en su caso, cualquier problema técnico que pudiera surgir. Herramienta: Guía de los Servicios de Licitación Electrónica para Empresas que podrán encontrar en el siguiente enlace: https:// contrataciondelestado.es/wps/portal/guiasAyuda). 20.1) Dirección: Dirección del Museo Nacional del Prado mediante la Plataforma de Contratación del Sector Público. Ruíz de Alarcón 23. 28014 Madrid, España. 21. Apertura de ofertas: 21.2) Fecha, hora y lugar de apertura de las plicas: cve: BOE-B-2024-17042 Verificable en https://www.boe.es 20. Lugar de envío de las ofertas o de las solicitudes de participación:
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V. Anuncios. - A. Contratación del Sector Público. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Anuncio de licitación de: TGSS-Dirección provincial de Albacete. Objeto: Servicio de limpieza de las oficinas y locales dependientes de la Dirección Provincial TGSS de Albacete. Expediente: 02-TGSS-2025-VC-02.


... de ofertas o solicitudes de participación: Hasta las 14:00 horas del 26 de mayo de 2024. 20. Lugar de envío de las ofertas o de las solicitudes de participación ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 115 Sábado 11 de mayo de 2024 Sec. V-A. Pág. 25182 euros e inferior a 300.000 euros). 11.4) Situación económica y financiera: Cifra anual de negocio (ver Cláusula 8.3BVolumen anual de negocios en el ámbito a que se refiera elcontrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles enfunción de las fechas de constitución o inicio de actividades del empresario yde presentación de las ofertas). 11.5) Situación técnica y profesional: Trabajos realizados (ver Cláusula 8.3CRelación de los principales servicios efectuados en los últimos tres años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, en la que se indique: el importe, la fecha y el destinatario público o privado de los mismos). 12. Tipo de procedimiento: Abierto. 18. Criterios de adjudicación: 18.1) Bolsa de horas gratuitas (Ponderación: 6%). 18.2) Elaboración de informes (Ponderación: 4%). 18.3) Medidas para los empleados y empleadas (Ponderación: 2%). 18.4) Precio ofertado por el licitador (Ponderación: 81%). 18.5) Respuesta temprana en situaciones puntuales (Ponderación: 4%). 18.6) Retirada de papel a puntos de reciclaje (Ponderación: 2%). 18.7) Sustitución de escobilleras (Ponderación: 1%). 19. Plazo para la recepción de ofertas o solicitudes de participación: Hasta las 14:00 horas del 26 de mayo de 2024. 20. Lugar de envío de las ofertas o de las solicitudes de participación: 20.1) Dirección: TGSS-Dirección provincial de Albacete. Avenida España, 27. 02002 Albacete, España. 21. Apertura de ofertas: 21.2) Fecha, hora y lugar de apertura de las plicas: 21.2.1) Apertura sobre administrativa: 27 de mayo de 2024 a las 09:30 (Apertura documentación administrativa) . Sala de Formación. Avda de España 27-2ª Planta - 02002 Albacete, España. 21.2.2) Apertura sobre oferta económica: 3 de junio de 2024 a las 09:30 (Apertura Sobre 2 Oferta Económica sobre aspectos susceptibles de valoración automática) . Sala Formación. Avenida de España, 27 2ª Planta - 02002 Albacete, España. 21.3) Personas autorizadas a asistir a dicha apertura: 22. Lengua o lenguas en las que deberán redactarse las ofertas o las solicitudes de participación: Español. 23. Información sobre flujos de trabajo electrónicos: 23.1) Se aceptará la presentación electrónica de ofertas o de solicitudes de participación. 23.3) Se aceptará facturación electrónica. cve: BOE-B-2024-17047 Verificable en https://www.boe.es 21.3.1) Apertura sobre administrativa: Privado. 21.3.2) Apertura sobre oferta económica: Privado.
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V. Anuncios. - A. Contratación del Sector Público. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Anuncio de licitación de: TGSS-Dirección provincial de Salamanca. Objeto: Servicio de limpieza del edificio sede conjunta de las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social y del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Salamanca y de los Centros de Béjar y Ciudad Rodrigo. Expediente: 2024/370002.


... ofertas o solicitudes de participación: Hasta las 15:00 horas del 14 de junio de 2024. 20. Lugar de envío de las ofertas o de las solicitudes de participación ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 115 Sábado 11 de mayo de 2024 Sec. V-A. Pág. 25185 11.3.2) No prohibición para contratar. 11.3.3) No estar incurso en incompatibilidades. 11.3.4) Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social. 11.3.5) Cumplimiento con las obligaciones tributarias. 11.4) Situación económica y financiera: Cifra anual de negocio (cláusula 8.3 B) del PCAP). 11.5) Situación técnica y profesional: 11.5.1) Trabajos realizados (cláusula 8.3 C) del PCAP). 11.5.2) Plantilla media anual (cláusula 8.3.C) del PCAP). 11.5.3) Otros (adscripción de medios. Cláusula 8.3 D) del PCAP). 12. Tipo de procedimiento: Abierto. 17. Condiciones de ejecución del contrato: 17.1) Consideraciones de tipo ambiental (recogida selectiva de residuos y uso de materiales reciclados). 17.2) Consideraciones tipo social (cumplimiento normativa laboral aplicable y comprobación de pagos a subcontratistas y suministradores). 18. Criterios de adjudicación: 18.1) Bolsa horaria (Ponderación: 1%). 18.2) Gestión servicio de recogida, transporte, custodia, destrucción y reciclaje de la documentación en formato papel (Ponderación: 2%). 18.3) Limpieza cristales exteriores, carpintería metálica y galerias perimetrales edificio sede conjunta (Ponderación: 7%). 18.4) Precio (Ponderación: 90%). 19. Plazo para la recepción de ofertas o solicitudes de participación: Hasta las 15:00 horas del 14 de junio de 2024. 20. Lugar de envío de las ofertas o de las solicitudes de participación: 20.1) Dirección: TGSS-Dirección provincial de Salamanca. Paseo de Canalejas, 129. 37001 Salamanca, España. 21. Apertura de ofertas: 21.2) Fecha, hora y lugar de apertura de las plicas: 21.2.1) Apertura sobre oferta económica: 24 de junio de 2024 a las 10:00. Sala de Juntas . Pº Canalejas, 129 - 37001 Salamanca, España. 21.3) Personas autorizadas a asistir a dicha apertura: 21.3.1) Apertura sobre oferta económica: Privado. 23. Información sobre flujos de trabajo electrónicos: 23.1) Se aceptará la presentación electrónica de ofertas o de solicitudes de participación. 23.3) Se aceptará facturación electrónica. 25. Procedimientos de recurso: cve: BOE-B-2024-17048 Verificable en https://www.boe.es 22. Lengua o lenguas en las que deberán redactarse las ofertas o las solicitudes de participación: Español.
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