San Sebastián de los Reyes (BOCM-20250801-70)
Urbanismo. Proyecto urbanización
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BOCM

VIERNES 1 DE AGOSTO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 182

4. Resolución de alegaciones presentadas en trámite de información pública. Si a
consecuencia de estas alegaciones fuera necesario introducir modificaciones en el proyecto de urbanización, se notificará individualmente a todos los propietarios afectados, así
como a los que hubieran intervenido en el procedimiento de modificación.
5. Aprobación definitiva por el órgano competente.
6. Publicación del acuerdo de aprobación del proyecto de urbanización en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y notificación a los propietarios de terrenos
comprendidos en el ámbito de actuación. La notificación se hará a través de la Junta de
Compensación, entidad corporativa de derecho público de naturaleza urbanística, colaboradora del Ayuntamiento [artículo 108.2 a) de la LSCM] por encomienda de gestión de esta
Administración de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que habilita para que estas entidades hagan
actividades de carácter material en nombre de la Administración, y en la medida que cuentan con medios idóneos para su desempeño en cuanto integra al 100 por 100 de los propietarios. La notificación deberá hacerse con suficientes garantías de recepción por los interesados, que deberá quedar acreditada, dando cuenta a la Administración de las notificaciones
infructuosas para que se practiquen en su caso por el Ayuntamiento por los procedimientos
habilitados a tal fin en la legislación de procedimiento administrativo común.
Tercero. Órgano competente para la aprobación.—De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de la Régimen Local, según redacción dada por la Ley 57/2003, de Medidas para la Modernización del Gobierno
Local, corresponde a la Junta de Gobierno Local la aprobación definitiva de los proyectos
de urbanización.
CONCLUSIÓN
El proyecto de urbanización refundido presentado a aprobación definitiva incluye toda la
documentación obligatoria prevista en la legislación aplicable, y contempla todas las obras que
preceptivamente deben formar parte del proceso urbanizador; se incorporan los presupuestos
necesarios para el cumplimiento de los deberes legales del proceso urbanizador; cuenta con informes favorables de los Servicios Municipales y se han recabado y obtenido los informes sectoriales preceptivos de otras Administraciones y entidades privadas que participan en el proceso de urbanización, favorables a la actuación con los condicionantes que se han establecido en
los diferentes informes; y se ajusta al planeamiento vigente en el Municipio, por lo que el proyecto refundido del Sector 1 presentado con fecha 6 de noviembre de 2023 y número de registro de entrada 38235, y con la misma fecha y registro de entrada 38237, del Sector 2, documentos estos sobre los que habrá de versar la aprobación definitiva, puede someterse a la
aprobación definitiva por la Junta de Gobierno local.
Y, en consecuencia, se eleva la siguiente,
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Aprobar definitivamente el proyecto de urbanización refundido presentado por la Junta de
Compensación el 6 de noviembre de 2023. A la aprobación se anexan los informes técnicos
sectoriales relacionados ut supra para su debido cumplimiento en ejecución de las obras.
Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el acuerdo de aprobación definitiva; con encomienda de gestión a las Juntas de Compensación para su notificación
individualizada a los propietarios de terreno en los sectores 1 y 2 del Área de Reparto 2.
Establecer un plazo de ejecución de obras de 24 meses, a contar desde la firma del acta
de replanteo, y de garantía de 2 años a contar desde su recepción definitiva.
En el plazo de tres meses desde la recepción definitiva deberá procederse por la Junta
de Compensación a la cesión al Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes de las obras
de urbanización y las redes de infraestructuras, equipamientos y servicios en los términos
legalmente previstos.
Visto informe de la Asesoría Jurídica, emitido el 9 de junio de 2025 e incorporado al
expediente, examinada la propuesta, elevada a este órgano por la Concejalía delegada de Desarrollo Urbano, Contratación y Compras, Medio ambiente y Sostenibilidad y Patrimonio,
previa deliberación y por unanimidad, de conformidad con lo previsto en el artículo 127.1.d)
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la Junta de Gobierno Local acuerda aprobar la propuesta en sus propios términos y, consecuentemente.

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID