C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (BOCM-20250710-38)
Estructura Equipo de Gobierno –  Resolución de 2 de julio de 2025, de la Rectora de la Universidad Autónoma de Madrid, de establecimiento de la estructura del Equipo de Gobierno de la Universidad Autónoma de Madrid, de delegación de competencias y otras cuestiones de índole organizativa
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 166

JUEVES 10 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 163

luciones y actos que se dicten mediante suplencia, y especificándose el titular del órgano en
cuya suplencia se adoptan y quien efectivamente está ejerciendo esta suplencia.
Vigesimoprimero
Sustitución temporal de otros órganos unipersonales
1. A los efectos de suplir a un/una Vicerrector/a en caso de ausencia, enfermedad,
cese, inexistencia, abstención o recusación, en defecto de resolución expresa de la Rectora,
asumirá interinamente sus funciones el/la Vicerrector/a que corresponda según el orden incluido en el apartado primero de la presente resolución.
2. A los efectos de suplir a la persona titular de la Secretaría General en caso de ausencia, enfermedad, cese, abstención o recusación, asumirá interinamente sus funciones el
Vicesecretario o la Vicesecretaria General.
3. A los efectos de suplir a la persona titular de la Gerencia en caso de ausencia, enfermedad, cese, abstención o recusación, asumirá interinamente sus funciones el o la Vicegerente General.
4. En tales supuestos, la suplencia no implicará alteración de la competencia, haciéndose constar expresamente esta circunstancia en las resoluciones y actos que se dicten mediante suplencia, y especificándose el titular del órgano en cuya suplencia se adoptan y
quien efectivamente está ejerciendo esta suplencia.
Vigesimosegundo
Revocación y avocación
1. Las delegaciones de competencias efectuadas por la presente Resolución se entienden sin perjuicio de que la Rectora pueda revocarlas en cualquier momento o avocar para sí
el conocimiento y resolución de cuantos asuntos comprendidos en las mismas considere
oportunos, en los términos establecidos en los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
2. Asimismo, las personas titulares de los Vicerrectorados, Secretaría General y Gerencia, en el ámbito de las competencias que por esta Resolución se les delegan, podrán someter a
la Rectora los asuntos que por su trascendencia o peculiaridades consideren convenientes.
Vigesimotercero
Referencia en los actos dictados por delegación
1. Todos los actos que se dicten en ejercicio de las delegaciones conferidas en esta
Resolución harán constar expresamente que se dictan por delegación, mediante la consignación en el pie de firma de la resolución de la expresión “P. D. de la Rectora” junto a la
fecha de aprobación de esta Resolución y de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
2. El órgano delegado dará cuenta al delegante de los actos y resoluciones adoptados
a los oportunos efectos.
Vigesimocuarto
Competencias indelegables
En ningún caso podrán delegarse las competencias que se posean, a su vez, por delegación contenida en la presente Resolución.
Vigesimoquinto
La presente resolución deja sin efecto la Resolución de 2 de julio de 2021, de la Rectora de la Universidad Autónoma de Madrid, por la que se delega el ejercicio de determinadas
competencias, así como las de este mismo órgano de 21 de diciembre de 2023 y de 22 de febrero de 2024, además de cualquier otra resolución referida a delegación de competencias
que haya sido aprobada y publicada por este mismo órgano.

BOCM-20250710-38

Disposición derogatoria