C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250524-1)
Convenio colectivo – Resolución de 10 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Municipal de Transportes de Fuenlabrada (Código número 28001412011985)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 62
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 24 DE MAYO DE 2025
x
B.O.C.M. Núm. 123
Desplazamientos y trabajos fuera del municipio: En caso de que la EMTF realice
operaciones fuera del territorio de Fuenlabrada o participe en colaboraciones con otras
entidades municipales o regionales, el plan sigue siendo de aplicación para garantizar
que los derechos de las personas LGTBI sean respetados en todo momento,
independientemente del lugar donde se presten los servicios.
3. Ámbito Temporal
El ámbito temporal define la duración y vigencia del plan, así como los periodos de evaluación
y seguimiento de su implementación:
x
Duración del plan: El plan tendrá una vigencia inicial de cuatro años desde la fecha de
su aprobación, con la posibilidad de ser revisado y renovado en función de los resultados
obtenidos y las necesidades emergentes del entorno laboral y social.
x
Revisiones periódicas: Durante su periodo de vigencia, se realizarán revisiones
anuales para evaluar el progreso de las medidas implementadas, ajustar las acciones
que se consideren necesarias y garantizar que el plan esté alineado con los cambios
normativos y las buenas prácticas en materia de igualdad y no discriminación.
x
Evaluación final y renovación: Al finalizar el periodo de vigencia, se llevará a cabo una
evaluación integral del plan para medir su efectividad. Esta evaluación servirá como
base para la elaboración de un nuevo plan o la actualización del existente, asegurando
la mejora continua de las políticas de igualdad LGTBI en la EMT de Fuenlabrada.
6.- Diagnóstico: claves y conclusiones. –
El diagnóstico es una parte fundamental del Plan de Igualdad y No Discriminación de las
Personas LGTBI en la Empresa Municipal de Transportes de Fuenlabrada, ya que permite
comprender la situación actual de la empresa en términos de diversidad e inclusión. A partir de
este análisis, se identificarán las áreas de mejora y se establecerán las bases para la
implementación de las medidas correctivas.
DIAGNÓSTICO
A partir de la encuesta realizada a las personas trabajadoras de la EMTF, se establecen las
siguientes conclusiones:
1. Análisis de la Situación Actual de la Empresa
Composición del personal: No tenemos información suficiente, en términos de
diversidad de orientación sexual e identidad de género, con lo que no sabemos
exactamente cuál es la representatividad exacta de este colectivo.
Acceso a oportunidades: A tenor de las respuestas de la encuesta y de las políticas de
RRHH de la EMTF, no parece que existan ningún tipo de barreras o desigualdades en
cuanto a la contratación, promoción interna, formación y desarrollo profesional de las
personas LGTBI.
BOCM-20250524-1
Políticas y protocolos existentes: No existen políticas específicas con relación al
colectivo LGTBI, pero si existen políticas y protocolo de igualdad de género, y de no
discriminación por razón de sexo, raza o religión en el convenio colectivo.
Pág. 62
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 24 DE MAYO DE 2025
x
B.O.C.M. Núm. 123
Desplazamientos y trabajos fuera del municipio: En caso de que la EMTF realice
operaciones fuera del territorio de Fuenlabrada o participe en colaboraciones con otras
entidades municipales o regionales, el plan sigue siendo de aplicación para garantizar
que los derechos de las personas LGTBI sean respetados en todo momento,
independientemente del lugar donde se presten los servicios.
3. Ámbito Temporal
El ámbito temporal define la duración y vigencia del plan, así como los periodos de evaluación
y seguimiento de su implementación:
x
Duración del plan: El plan tendrá una vigencia inicial de cuatro años desde la fecha de
su aprobación, con la posibilidad de ser revisado y renovado en función de los resultados
obtenidos y las necesidades emergentes del entorno laboral y social.
x
Revisiones periódicas: Durante su periodo de vigencia, se realizarán revisiones
anuales para evaluar el progreso de las medidas implementadas, ajustar las acciones
que se consideren necesarias y garantizar que el plan esté alineado con los cambios
normativos y las buenas prácticas en materia de igualdad y no discriminación.
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Evaluación final y renovación: Al finalizar el periodo de vigencia, se llevará a cabo una
evaluación integral del plan para medir su efectividad. Esta evaluación servirá como
base para la elaboración de un nuevo plan o la actualización del existente, asegurando
la mejora continua de las políticas de igualdad LGTBI en la EMT de Fuenlabrada.
6.- Diagnóstico: claves y conclusiones. –
El diagnóstico es una parte fundamental del Plan de Igualdad y No Discriminación de las
Personas LGTBI en la Empresa Municipal de Transportes de Fuenlabrada, ya que permite
comprender la situación actual de la empresa en términos de diversidad e inclusión. A partir de
este análisis, se identificarán las áreas de mejora y se establecerán las bases para la
implementación de las medidas correctivas.
DIAGNÓSTICO
A partir de la encuesta realizada a las personas trabajadoras de la EMTF, se establecen las
siguientes conclusiones:
1. Análisis de la Situación Actual de la Empresa
Composición del personal: No tenemos información suficiente, en términos de
diversidad de orientación sexual e identidad de género, con lo que no sabemos
exactamente cuál es la representatividad exacta de este colectivo.
Acceso a oportunidades: A tenor de las respuestas de la encuesta y de las políticas de
RRHH de la EMTF, no parece que existan ningún tipo de barreras o desigualdades en
cuanto a la contratación, promoción interna, formación y desarrollo profesional de las
personas LGTBI.
BOCM-20250524-1
Políticas y protocolos existentes: No existen políticas específicas con relación al
colectivo LGTBI, pero si existen políticas y protocolo de igualdad de género, y de no
discriminación por razón de sexo, raza o religión en el convenio colectivo.