D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250419-14)
Convenio –  Convenio de colaboración de 26 de marzo de 2025, entre la Agencia Madrileña de Atención Social y la Fundación Orquesta y Coro de la Comunidad de Madrid para la organización de conciertos de música y talleres de percusión en varios centros adscritos a la Agencia Madrileña de Atención Social
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 19 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 92

las obligaciones relativas al tratamiento de datos de carácter personal, aun después de
finalizar su relación con el encargado, entendiéndose circunscritas estas obligaciones tanto al
ámbito interno de la entidad como al ámbito externo de la misma. Por tanto, el encargado
realizará cuantas advertencias y suscribirá cuantos documentos sean necesarios con dichas
personas, con el fin de asegurar el cumplimiento de estas obligaciones, así como del
cumplimiento de las medidas de seguridad correspondientes, incluidas las que consten en los
documentos de seguridad de las dependencias de la Comunidad de Madrid en las que, en su
caso, hubieran de desarrollar su trabajo.
A estos efectos, el encargado se compromete a llevar un listado del personal/personas
autorizadas para tratar los datos personales, que estará en todo momento a disposición del
responsable.
La Comunidad de Madrid se reserva el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas
en caso de que, bajo su criterio, se produzca un incumplimiento de dichos compromisos.
El encargado mantendrá a disposición del responsable la documentación acreditativa del
cumplimiento de las obligaciones anteriormente señaladas.
Séptima. Obligaciones del encargado del tratamiento
El encargado del tratamiento asume, junto al resto de las contenidas en el presente acuerdo,
las siguientes obligaciones:

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Acceder, utilizar y destinar los datos personales objeto de tratamiento, o los que recoja
para su inclusión, sólo para la finalidad objeto de este encargo. En ningún caso podrá
utilizar los datos para fines propios.
Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones del responsable del tratamiento
conforme al contenido de este convenio y a, en su caso, las instrucciones que le pueda
especificar en concreto. Si el encargado considera que alguna de las instrucciones
recibidas infringe el RGPD, la LOPDGDD o cualquier otra disposición en materia de
protección de datos de la Unión Europea o de los Estados miembros, informará
inmediatamente al responsable.
Facilitar, en el momento de la recogida de los datos, la información relativa a los
tratamientos de datos que se van a realizar. La redacción y el formato en que se facilitará
la información se debe consensuar con el responsable antes del inicio de la recogida de
los datos.

BOCM-20250419-14

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