C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250415-18)
Convenio colectivo – Resolución de 21 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Asea Brown Boveri, S. A. (Centro en San Romualdo Madrid) (Código número 28015022012009)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 89
MARTES 15 DE ABRIL DE 2025
Pág. 221
anterior, transcurrido el cual sin que se haya remitido el citado informe se entenderá cumplido este
trámite.
Los pluses por asistencia a formación fuera de jornada existentes en convenios en la
actualidad no se modificarán.
Acción formativa según horario.
La formación a desarrollar en la Empresa se llevará a cabo de forma que no interfiera el proceso
productivo. Los horarios de los cursos se establecerán, según necesidades productivas, en tres
modalidades:
a) Dentro de la jornada de trabajo. Siempre que no afecten a un porcentaje relevante de
una Sección y sea posible impartirlos en ese momento en función de la carga de trabajo
existente, los cursos programados se impartirán dentro de las horas de trabajo, sin
detrimento alguno en las percepciones salariales que correspondan al trabajador/a.
b) Fuera de las horas de trabajo. Se desarrollarán fuera de las horas de trabajo los cursos
que, por cualquiera de las circunstancias antes descritas, o por cuestiones logísticas, no
puedan impartirse dentro de la jornada ordinaria de trabajo. En estos cursos la participación
será siempre voluntaria.
Si por razones de horario fuera necesario, las personas trabajadoras afectadas tendrán
derecho a la utilización de los servicios de comedor de forma gratuita. En el caso de no
disponer en el mismo centro de este servicio, se subvencionará la comida en función de las
circunstancias.
c) Horario compartido. Se podrán realizar cursos en horario compartido, con formación
dentro y fuera de las horas de trabajo. Las horas que se realicen fuera de jornada, tendrán
el mismo tratamiento que se indica en el punto b) anterior.
La Empresa subvencionará el coste de la matrícula hasta un máximo de 642,16 euros
anuales para costear los estudios universitarios en titulaciones de grado superior o medio, módulos
de grado o Formación Profesional, que cursen los trabajadores/as que hayan superado el período
de prueba establecido en su contrato y cuyas materias sean de aplicación a las actividades de la
Empresa. Para acceder a dicha subvención se requiere presentación de los documentos de
matrícula y pago de la misma y para posteriores subvenciones se necesitará además la acreditación
de haber superado dichas asignaturas. El coste total de la matrícula y de la compra de los libros
deberá ser igual o superior al importe de la subvención. Esta ayuda se incrementará de acuerdo con
el IPC del año anterior.
El trabajador/a dispondrá del tiempo necesario para realizar los exámenes, siendo este
tiempo por cuenta del propio interesado/a.
CAPÍTULO VIII
Prevención y Salud Laboral
ARTÍCULO 37 – PRINCIPIOS GENERALES
La acción preventiva en la defensa de la Salud de todos los trabajadores/as no es solamente
una acción encaminada a la prevención de todos los daños que para la Salud de los trabajadores/as
pueden representar las condiciones del medio ambiente laboral, sino que dichos objetivos serán la
meta a conseguir por la empresa con un alto nivel participativo de los trabajadores/as, aunando
esfuerzos conjuntos para conseguir una Salud Laboral eficaz y unas condiciones de trabajo más
adecuadas.
Todos los obstáculos o dificultades que puedan surgir en la consecución de las metas
deberán ser superadas de forma conjunta y eficaz haciéndose constar expresamente que la
Seguridad y Salud es un derecho fundamental que está por encima de cualquier otro proceso, ya
que sin salud difícilmente podremos ser productivos.
BOCM-20250415-18
Las partes abajo firmantes reconocen y quieren hacer constar que la Seguridad y Salud
Laboral es un objetivo prioritario y común para todos, haciendo posible la integración de la
Prevención de Riesgos Laborales en el proceso productivo y en todos los niveles jerárquicos de la
empresa, a través de la implantación y aplicación de un Plan de Prevención.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 89
MARTES 15 DE ABRIL DE 2025
Pág. 221
anterior, transcurrido el cual sin que se haya remitido el citado informe se entenderá cumplido este
trámite.
Los pluses por asistencia a formación fuera de jornada existentes en convenios en la
actualidad no se modificarán.
Acción formativa según horario.
La formación a desarrollar en la Empresa se llevará a cabo de forma que no interfiera el proceso
productivo. Los horarios de los cursos se establecerán, según necesidades productivas, en tres
modalidades:
a) Dentro de la jornada de trabajo. Siempre que no afecten a un porcentaje relevante de
una Sección y sea posible impartirlos en ese momento en función de la carga de trabajo
existente, los cursos programados se impartirán dentro de las horas de trabajo, sin
detrimento alguno en las percepciones salariales que correspondan al trabajador/a.
b) Fuera de las horas de trabajo. Se desarrollarán fuera de las horas de trabajo los cursos
que, por cualquiera de las circunstancias antes descritas, o por cuestiones logísticas, no
puedan impartirse dentro de la jornada ordinaria de trabajo. En estos cursos la participación
será siempre voluntaria.
Si por razones de horario fuera necesario, las personas trabajadoras afectadas tendrán
derecho a la utilización de los servicios de comedor de forma gratuita. En el caso de no
disponer en el mismo centro de este servicio, se subvencionará la comida en función de las
circunstancias.
c) Horario compartido. Se podrán realizar cursos en horario compartido, con formación
dentro y fuera de las horas de trabajo. Las horas que se realicen fuera de jornada, tendrán
el mismo tratamiento que se indica en el punto b) anterior.
La Empresa subvencionará el coste de la matrícula hasta un máximo de 642,16 euros
anuales para costear los estudios universitarios en titulaciones de grado superior o medio, módulos
de grado o Formación Profesional, que cursen los trabajadores/as que hayan superado el período
de prueba establecido en su contrato y cuyas materias sean de aplicación a las actividades de la
Empresa. Para acceder a dicha subvención se requiere presentación de los documentos de
matrícula y pago de la misma y para posteriores subvenciones se necesitará además la acreditación
de haber superado dichas asignaturas. El coste total de la matrícula y de la compra de los libros
deberá ser igual o superior al importe de la subvención. Esta ayuda se incrementará de acuerdo con
el IPC del año anterior.
El trabajador/a dispondrá del tiempo necesario para realizar los exámenes, siendo este
tiempo por cuenta del propio interesado/a.
CAPÍTULO VIII
Prevención y Salud Laboral
ARTÍCULO 37 – PRINCIPIOS GENERALES
La acción preventiva en la defensa de la Salud de todos los trabajadores/as no es solamente
una acción encaminada a la prevención de todos los daños que para la Salud de los trabajadores/as
pueden representar las condiciones del medio ambiente laboral, sino que dichos objetivos serán la
meta a conseguir por la empresa con un alto nivel participativo de los trabajadores/as, aunando
esfuerzos conjuntos para conseguir una Salud Laboral eficaz y unas condiciones de trabajo más
adecuadas.
Todos los obstáculos o dificultades que puedan surgir en la consecución de las metas
deberán ser superadas de forma conjunta y eficaz haciéndose constar expresamente que la
Seguridad y Salud es un derecho fundamental que está por encima de cualquier otro proceso, ya
que sin salud difícilmente podremos ser productivos.
BOCM-20250415-18
Las partes abajo firmantes reconocen y quieren hacer constar que la Seguridad y Salud
Laboral es un objetivo prioritario y común para todos, haciendo posible la integración de la
Prevención de Riesgos Laborales en el proceso productivo y en todos los niveles jerárquicos de la
empresa, a través de la implantación y aplicación de un Plan de Prevención.